¿Doctrina Botín o Atutxa? Arranca el juicio del caso Nóos con la Infanta en el banquillo
La Infanta Cristina sentada en el banquillo de los acusados en el juicio Nóos (EP)

¿Doctrina Botín o Atutxa? Arranca el juicio del caso Nóos con la Infanta en el banquillo

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11/1/2016 06:45
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Actualizado: 01/2/2016 12:56
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Casi seis años después de iniciarse su instrucción comienza el juicio Nóos. Un proceso donde la infanta Cristina se sentará en el banquillo de los acusados junto a su marido, Iñaki Urdangarín y 16 personas más.

Todos ellos serán  juzgados por el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, compuesto todo por mujeres, después de que Juan Pedro Yllanes colgara la toga para presentarse como número uno de Podemos por Baleares. Su sustituta en la presidencia es Samantha Romero Adán, que será también la ponente del caso, Eleonor Moyá Roselló y Rocío Martín Hernández.

La Fiscalía Anticorrupción solicita 19 años y medio para Urdangarín y 16 y medio para su socio, Diego Torres, por liderar una trama empresarial con la que lograron acceder de forma “directa e inmediata” a los fondos manejados por las Administraciones y desviar así hasta 6,2 millones de euros. Los delitos de los que se les acusa son malversación, fraude, prevaricación, falsedad y blanqueo de capitales.

El fiscal del caso, Pedro Horrach, pide más de 100 años de cárcel para los integrantes de la trama, centrada en el Instituto Nóos, entre los que se encuentran la mujer de Torres, Ana María Tejeiro, el excontable del Instituto Nóos Marco Antonio Tejeiro, el exasesor jurídico Miguel Tejeiro, y el abogado que habría ayudado a urdir una red de evasión fiscal a nivel internacional, Salvador Trinxet.

Del ámbito balear, se sentarán en el banquillo el expresidente del Govern Jaume Matas, el exdirector general de Deportes, José Luis ‘Pepote’ Ballester, el exgerente de la Fundación Illesport Gonzalo Bernal, el exasesor jurídico del Instituto Balear de Turismo (Ibatur) Miquel Àngel Bonet, y el exgerente de esta entidad Juan Carlos Alía.

Por parte de la Comunidad Valenciana, también serán juzgados los exaltos cargos Alfonso Grau, exsecretario autonómico de Eventos de la Generalitat Valenciana Luis Lobón, el exdirector general de la Ciudad de las Artes y las Ciencias (Cacsa) Jorge Vela, la exdirectora de gestión Elisa Maldonado, y el también exdirector general José Manuel Aguilar. También se encuentra en la lista la exconsejera delegada de Madrid 16 Mercedes Coghen.

El fiscal Horrach no considera que la infanta haya cometido delito alguno. No así el sindicato Manos Limpias, cuya representación ostenta la letrada Virginia López Negrete, que solicita ocho años de cárcel por dos delitos de blanqueo de capitales.

Está previsto que el  juicio dure seis meses y que, durante ese tiempo, declaren un total de 363 testigos, entre quienes se encuentran el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, el exalcalde y expresidente de la Comunidad de Madrid Alberto Ruiz-Gallardón, su homólogo en la Generalitat Valenciana Francisco Camps, y exaltos cargos de Zarzuela como Carlos García Revenga y Alberto Aza.

DOCTRINA BOTÍN O DOCTRINA ATUTXA

Estos primeros días, en las cuestiones previas, se decidirá si la Infanta continua o no sentada en el banquillo de los acusados.

Los abogados de la infanta Cristina afrontan el inicio del juicio con el «convencimiento» de que la hermana del Rey será exculpada por la jurisprudencia que estableció el Tribunal Supremo en la llamada doctrina Botín. O lo que es lo mismo, que una acusación popular no tiene legitimidad suficiente para llevar a juicio a un imputado por delito fiscal si no lo hacen la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

Sin embargo, Manos Limpias, que ejerce la acusación popular en el caso Nóos, acusa a la infanta Cristina de colaborar con su marido, Iñaki Urdangarin, en sendos delitos fiscales en 2007 y 2008, y apela a la “doctrina Atutxa”. Este doctrina entiende que sólo se admite la acusación popular en los casos en los que la protección esté referida a delitos en los que no exista un perjudicado concreto, y al interés general, como ocurre, por ejemplo, en el de blanqueo de capitales (Arts. 298 y ss. del Código Penal).

Veremos qué decide el Tribunal

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