La última palabra sobre las cláusulas suelo podrían tenerla los jueces españoles, sea cual sea el fallo del TJUE
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Gwenael Piaser. Flickr.

La última palabra sobre las cláusulas suelo podrían tenerla los jueces españoles, sea cual sea el fallo del TJUE

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12/8/2016 07:59
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Actualizado: 11/8/2016 22:44
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La esperada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la retroactividad total de las cláusulas suelo podría no suponer la última palabra, en el caso de que siga el sentido del dictamen del abogado general por Italia, Paolo Mengozzi, en su dictamen sobre el asunto, hecho público el pasado 13 de julio.

Le correspondería a los jueces españoles, caso por caso.

El propio Mengozzi lo reconoce en sus conclusiones: Si bien es cierto que la jurisprudencia del Tribunal Supremo complementa el ordenamiento jurídico español, ello no representa un obstáculo a la facultad que tiene todo órgano jurisdiccional ante el que se ejercite una acción solicitando la declaración del carácter abusivo de una cláusula ‘suelo’ de realizar su propio análisis de las circunstancias”.

Esto puede entenderse como que reconoce que la última palabra la tienen los jueces y magistrados españoles.

Analizando caso por caso, pueden determinar la retroactividad total con la devolución consiguiente de todo el importe abonado con anterioridad y de forma indebida.

Así se han pronunciado ya muchos tribunales españoles, entre ellos las Audiencias Provinciales de Jaén, de Madrid, de Álava, de Alicante, de Murcia, los Mercantiles 2 de Sevilla, 2 de Málaga, 1 de Santander, 5 de Barcelona y el 4 de Primera Instancia de Jaén.

El TJUE suele seguir la línea de los dictámenes de los abogados generales -que no son vinculantes- en un 67 por ciento de los casos, según un estudio realizado por la Universidad de Cambridge, Inglaterra.

En “Un análisis econométrico de la influencia del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, publicado en enero de 2016 por Carlos ArrebolaAna Julia Mauricio y Héctor Jiménez Portilla, se dice que en el 67 por ciento de los asuntos “es más probable que se anule un acto (o parte) si el abogado general aconseja al tribunal que lo desestime o que lo declare inadmisible”.

La cuestión prejudicial, planteada ante el TJUE por el magistrado del Juzgado de lo Mercantil 1 de Granada, Rafael Leonés Valverde -preguntando si la limitación de los efectos retroactivos de la nulidad de la cláusula suelo establecida por el Tribunal Supremo era compatible con el derecho comunitario-, prometía que la corte europea fallara a favor de la retroactividad total y no desde el 9 de mayo de 2013, como había establecido el Alto Tribunal español.

Y máxime cuando la Comisión Europea se había pronunciado en ese sentido.

Se suponía que el dictamen de Mengozzi sería el primer paso-. Por eso se exageraron erróneamente las cifras de seguimiento del TJUE a los dictámenes del abogado general, los cuales se calcularon entre un 80 y un 90 por ciento.

No es así.

El estudio de la Universidad de Cambridge viene a poner las cosas en su sitio.

En conclusión, el TJUE tendrá que pronunciarse después del verano y, según estas estadísticas, hay un 67 por ciento de probabilidades de que los magistrados sigan las conclusiones de Mengozzi. O un 33 por ciento de que opten por la retroactividad total de las cláusulas suelo, algunas de las cuales se remontan a 2005.

ENLACE AL INFORME (EN INGLÉS):

http://www.law.cam.ac.uk/press/news/2016/01/legal-studies-research-paper-series-vol-7-no-2

O DESCARGAR DIRECTAMENTE:

SSRN-id2714259

 

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