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Fiscales e instrucción: la eterna canción

Fiscales e instrucción: la eterna canción
Susana Gisbert es fiscal en la Sección de Violencia sobre la Mujer y portavoz de la Fiscalía Provincial de Valencia. @gisb_sus.
09/12/2016 05:57
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Actualizado: 09/12/2016 09:11
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Fiscales e instrucción. Un tema del que se está hablando mucho de un tiempo a esta parte. Todo el mundo da su opinión, con más o menos fundamento, y con más o menos argumentos a favor o en contra.

Pero el tema no es nuevo.

Cuando daba mis primeros pasos en esta carrera, hace más de veinte años, ya se barajaba la posibilidad, incluso con proyectos y estudios en diferentes grados de desarrollo.

Es más, desde que era opositora, nos venían amenazando con el cambio en el sistema, con el pánico que supone para quien está opositando, que ve cualquier modificación legislativa como un verdadero drama, y más si es de este calado.

Quizás por ello no hayamos tomado en serio estas advertencias como aquellos pastores a los que, a costa de tanto gritar en falso que venía el lobo, no lo creyeron cuando el lobo efectivamente llegó.

Y ahora parece que la cosa sí que va en serio.

De hecho, ya nos obsequiaron con un adelanto, la famosa reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que reducía el plazo de instrucción y dejaba en manos de los fiscales la vigilancia de su cumplimiento.

Una reforma que, sin embargo, no nos daba herramientas para cumplir con ella, ni materiales ni legislativas.

Porque, de un lado, su propia Disposición Adicional establecía que no supondría dotación de medios y, de otra, tampoco se acompañaba tan elevada pretensión de un procedimiento que permitiera llevar a cabo ese control, más allá del voluntarismo y la buena intención de los operadores jurídicos. Una reforma, de otro lado, que, aunque fue muy contestada en sus inicios, hemos acabado asimilando y asumiendo con resignación, como suele ocurrir.

Una cuestión que no es nueva

Y así nos va. Nadie se acuerda ahora de las promesas electorales de revisar el precepto ni mucho menos de las de dotar de medios.

Como decía, la cuestión de atribuir a los fiscales la instrucción no es nueva, ni mucho menos. Ni tampoco debería ser tan cuestionada como lo está siendo, si tenemos en cuenta que ése es el sistema que se sigue en la inmensa mayoría de países de nuestro entorno.

Pero hay más: si examinamos la Constitución, veremos que el modelo que presenta se acerca más al del fiscal instructor de lo que muchos quieren hacernos pensar. Según el artículo 117.3, los jueces tienen por misión “juzgar y hacer ejecutar lo juzgado”.

Nada de instruir o investigar.

Y si a ello añadimos lo que establece el artículo 124 respecto al Ministerio Fiscal, encargado de la defensa de la legalidad y del interés público, y que la Ley Orgánica del Poder Judicial nos incardina, con autonomía, en el Poder Judicial, nadie debería rasgarse las vestiduras ante la perspectiva de que seamos los fiscales quienes instruyamos.

De hecho, hasta resulta pintoresco que por parte de determinados sectores se hable de que los jueces “nos den la instrucción”, como si se tratara de un bien sacrosanto que les pertenece y nos hicieran una concesión graciosa.

¿Por qué la desconfianza?

¿Por qué entonces esa desconfianza sempiterna hacia los fiscales? Pues, sencillamente, porque se está partiendo de un modelo antiguo y desfasado. El actual sistema se asienta sobre la base de un procedimiento creado en el siglo XIX con la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, aunque con muchos parches, sigue siendo la vía sobre la que circula el tren del proceso.

Un tren de alta velocidad circulando en los raíles de un viejo ferrocarril de cercanías, y donde las sucesivas reformas se van añadiendo como vagones que no acaban de encajar con la obsoleta locomotora a vapor.

En ese recorrido, no se puede olvidar que el Ministerio Fiscal se rige por un Estatuto Orgánico de 1981, que pide a gritos una reforma y, lo que es más grave, con un Reglamento del año 1969, con continuas referencias al régimen anterior que, aunque han devenido inaplicables por inconstitucionales, ahí siguen.

Y, evidentemente, si no reforman la herramienta legislativa, difícilmente se pueda configurar la función del fiscal en el proceso de una manera adecuada.

Es de ahí de donde vienen esa interpretación de los conceptos de “instrucciones” y “jerarquía” que tanto se usa para denostar nuestra labor. No deja de ser curiosa la generalización e interpretación de cualquier decisión del fiscal. Si algún miembro del Ministerio Público toma una decisión desacertada o que no gusta a alguien, rápidamente se producen dos fenómenos. Por un lado, suponer que se ha hecho recibiendo órdenes, como si viviéramos constantemente al lado del teléfono esperando que nos dijeran lo que hemos de hacer.

Y, por otro, atribuirlo a “la fiscalía” como ente, para a continuación cuestionar a toda la carrera. Confieso que siempre me ha hecho gracia que cuando alguien se reúne con un fiscal lo hace “con la fiscalía” como si estuviéramos en espíritu.

Pero jamás nadie se reúne con “la Abogacía” o “la Judicatura” si va a hablar con un juez o jueza o un Letrado o Letrada.

Cuerpo militarizado

También se interpreta la jerarquía como si de un cuerpo militarizado se tratara. Y hay que desacralizar ciertas cosas. Nadie se lleva las manos a la cabeza porque las resoluciones judiciales se recurran ante el órgano superior, por ejemplo, y ahí también hay un cierto modo de jerarquía.

Y pueden ordenar al juez de instancia que modifique su resolución sin que nadie cuestione por ello su independencia.

Por todo esto, habría que replantearnos el concepto de fiscal y desterrar de una vez todos esos clichés que siembran la desconfianza en el ciudadano. Tenemos exactamente la misma formación que los jueces –de hecho, la oposición es única- y juro que no nos implantan ningún chip de obediencia ciega en el momento de jurar el cargo.

Aunque algunos no lo crean.

Así que el problema no es realmente que nos atribuyan la instrucción sino cómo lo hagan.

Y eso sí que me asusta.

Porque sin medios materiales ni personales y sin las herramientas legislativas adecuadas, la cosa pinta difícil. Es impensable que con la legislación actual y los medios de hoy se pueda acometer semejante pretensión. Pensemos que nuestra plantilla es de menos de la mitad que la de jueces, y también muy inferior a la de los letrados de la Administración de Justicia.

Por no hablar de funcionarios, que no salimos ni a medio por fiscal cuando cada Juzgado cuenta con varios. Y si a eso añadimos los programas informáticos y demás, el panorama es desalentador.

¿Cómo convertir plazas de jueces en plazas de fiscales?

Pero todavía hay más.

Otro de los problemas es cómo se haría el trasvase de jueces instructores a fiscales instructores, siendo cada carrera un compartimento estanco sin vasos comunicantes ni pasarelas.

¿Cómo convertir plazas de jueces en plazas de fiscales?

¿Qué hace con los jueces de instrucción “sobrantes”?

Y es evidente la falta de previsión ya que, convocatoria tras convocatoria, se va ampliando la diferencia al crear más plazas de jueces que de fiscales cuando, de tener in mente esta reforma, debería haber empezado ya hace mucho la tendencia a la inversa.

En muchos países de nuestro entorno jurídico la carrera es única, y ello facilita enormemente el trasvase, pero tampoco es ése nuestro caso.

Y es difícil hacer una tarta de manzana cuando de lo que se dispone es de muchas peras y pocas manzanas.

Y no vale con un cambio de nombre. Se llame instrucción o investigación las cosas son lo que son.

Y ese matiz no puede dar más que quebraderos de cabeza.

¿Se puede investigar a alguien que no tiene la calidad de “investigado”? ¿No suena un tanto absurdo? ¿No es más claro distinguir entre instrucción e imputación, como se venía haciendo? Ahí queda la duda.

Así que, como decía, el problema no está en el qué, sino en el cómo.

Y deberíamos encender las alertas en este sentido en vez de disparar contra el pianista, el fiscal en este caso. Nada debería obstar a que se nos atribuyera la instrucción, pero habría que ver en qué condiciones. Y hacerlo antes de que sea tarde, y lleguen los lamentos y el rechinar de dientes al que tan acostumbrado tienen al pobre justiciable.

Pero, como siempre, igual me equivoco y está todo previsto. Ojala así fuera. Aunque, tal como están las cosas, no lo veo.

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