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De la matanza de Atocha a la Reforma Laboral pasando por el Estatuto de los Trabajadores

De la matanza de Atocha a la Reforma Laboral pasando por el Estatuto de los Trabajadores
Monumento a los abogados de Atocha en la Plaza de Antón Martín de Madrid.
24/1/2017 05:58
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Actualizado: 23/1/2017 19:07
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El cuarenta aniversario de la matanza de los abogados laboralistas de la calle Atocha 58, que ahora se conmemora, es un dato histórico que nos puede indicar la evolución progresiva del papel de esta forma de ejercer la abogacía en nuestra sociedad.

Cuando este lunes descubrían en la sede del Colegio de Abogados de Madrid una placa conmemorativa la decana del ICAM, Sonia Gumpert acompañada de la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, muchos recuerdos históricos volvían a las mentes de la sociedad madrileña.

Una sociedad que vivió con indignación esos asesinatos que entregaron su vida por defender los derechos de los trabajadores.Fue la repulsa generalizada de esa masacre lo que generó que en abril de 1977 se legalizase el sindicato CCOO, en aquel momento comandado por uno de sus líderes históricos, Marcelino Camacho y el propio Partido Comunista en nuestro país

Hoy es impensable en ninguna empresa o despacho de abogados que no exista la práctica laboral. El legislador ha modificado de forma notable la normativa y como marco estrella encontramos la última reforma laboral del 2012 que introdujo diferentes medidas para flexibilizar las relaciones laborales.

Por desgracia, pese a que los datos señalan que el empleo ha crecido, éste es de ínfima calidad como lo demuestran los últimos datos del mes de diciembre del 2016, donde solo el 5 por ciento de los contratos creados eran a jornada completa e indefinidos. Una tarea pendiente del legislador es crear empleo estable y frenar el desempleo en nuestro país, ahora en cotas del 19 por cien pero aún uno de los más altos de la UE.

Si miramos la vista atrás, ser abogado laboralista siempre fue una actividad vocacional. Los primeros profesionales que se recuerdan estaban ligados a los sindicatos de CCOO y UGT. En una etapa en nuestro país donde faltaba la democracia, defender a los trabajadores era complicado porque el poder judicial estaba muy influenciado por el poder político. Por desgracia, los trabajadores escasos derechos tenían.

Es la aprobación del Estatuto de los Trabajadores, que Adolfo Suárez encarga a Juan Antonio Sagardoy y que entra en vigor en 1980, el primer intento de crear un compedio normativo que regule la actividad laboral en nuestro país. Este paraguas normativo sigue el espíritu de la Constitución de 1978 en articulo 35 se habla del derecho al trabajo y del propio Estatuto que luego sería regulado por ley.

A medida que fueron llegando las libertades a nuestro país, actividades como la negociación colectiva, esto es las relaciones entre patronal y sindicatos empezaron a basarse en el diálogo y no en las imposiciones. En 1977 nacía la CEOE, patronal empresarial , poco antes de nuestras primeras elecciones, después que Suárez admitiera, meses antes, la libertad sindical. Carlos Ferrer Salat fue su primer presidente aunque la figura de José Maria Cuevas (1984-2007), ha sido la más carismática hasta el momento.

En ese mismo año de 1977 nacería CEPYME, patronal de las pequeñas empresas. Está integrada por 105 organizaciones empresariales territoriales y sectoriales, y es miembro de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) desde 1980. Ahora los estatutos definen que el vicepresidente de CEOE sea el presidente de CEPYME. Esto hace que el bilbaíno Antonio Garamendi comande hoy esta entidad que defiende a las pymes.

Ley Orgánica del Poder Judicial de 1 de Julio de 1985

La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1 de Julio de 1985, dio forma y desarrolló las previsiones constitucionales creando los Juzgados de lo Social, las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia, de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo . Atrás quedaba la Magistratura de trabajo de los años treinta creada en el franquismo que se ocupaba de conflictos individuales en el marco del derecho del trabajo.

Los primeros, de ámbito provincial, salvo algunas excepciones, conocen en la instancia de las reclamaciones individuales y colectivas, con el alcance atribuido por el nuevo T.R. de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por R.D.L. 521/1990 de 27 de Abril y la propia L.O.P.J., los Tribunales Superiores conocen en esencia de los Recursos de Suplicación (se abolió el Tribunal Central de Trabajo) y de determinadas reclamaciones y conflictos de ámbito superior al provincial de la respectiva comunidad autónoma.

La Audiencia Nacional resuelve los procesos en materia sindical y colectiva cuyo ámbito sea superior al de una comunidad autónoma, y la Sala IV del Tribunal Supremo es competente para resolver, entre otros, los recursos de casación en unificación de doctrina y los interpuestos contra resoluciones de los Tribunales Superiores y la Audiencia Nacional cuando conocen en primera instancia.

Relaciones laborales complejas

La evolución de nuestra democracia ha hecho que las relaciones laborales se hayan complicado algo más de lo habitual. En esa relación empresario y representantes de los trabajadores por ambas partes hay un profesional del derecho experto en derecho laboral que asesora a ambas partes. Junto con los abogados de los trabajadores, surgieron con fuerza los de empresa. Muchos despachos a lo largo de estos años son asesores de empresas.

Al mismo tiempo junto al trabajo del legislador de actualizar las normas los fallos de los juzgados de lo social, Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunal Constitucional marcan doctrina en muchos asuntos clave. Junto a ello las sentencias del TJUE marcan también la pauta de la actividad de muchos de nuestros jueces.

La complejidad de las relaciones laborales, a la que hay que añadir el papel de legislador de buscar soluciones al desempleo y de los jueces, cuyos fallos son clave en el desarrollo de la actividad empresarial convierten ya a finales de los noventa a los abogados laboralistas en profesionales indispensables.

La práctica laboral se extiende como algo común en las principales firmas españolas y anglosajonas de la abogacía de los negocios. Aparecen las asociaciones profesionales como ASNALA o FORELAB que organizan más la actividad de estos juristas. Universidades y escuelas de negocio amplian sus programas y son los mismos prestigiosos abogados los que imparten las primeras clases.

Junto a ellos surgen las primeras boutiques laborales como el caso de Sagardoy Abogados, Abdon & Pedrajas y Molero o CECA MAGAN Abogados, en este caso, la firma luego evolucionaria hacia un despacho volcado a la abogacía de los negocios. A estas les seguirán otros despachos muy especializados.

De trabajar en la clandestinidad en los setenta, los abogados laboralistas se han convertido en pieza clave de la abogacía de los negocios en el siglo XXI. Siempre deberemos estar agradecidos a aquellos que en la época de nuestra transición lucharon por un nuevo país más democrático. Hoy más que nunca el espíritu de los Abogados de Atocha 58 está con nosotros.

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