La Justicia investiga al concejal de Badalona que rompió un auto judicial y que fue a trabajar, con otros 5, el 12 de octubre

La apertura del Ayuntamiento de Badalona el 12 de octubre fue una «perfomance» y no es delito, según el juez

30 / 01 / 2017 21:30

Actualizado el 30 / 01 / 2017 21:31

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El titular del Juzgado de Instrucción 4 de Badalona (Barcelona), Josep María Noales i Tintoré, ha archivado la causa contra seis concejales del municipio acusados por un delito de desobediencia de funcionario público por haber abierto el edificio municipal durante el 12 de Octubre, día de la Hispanidad, festivo en toda España.

En el auto de archivo, el juez justifica la decisión porque los hechos no son constitutivos de delito de desobediencia: «Se limitaron a una mera ‘performance’. El derecho penal no castiga las ‘performance'», argumenta.

Durante dicha ‘performance’ (o escenificación) como la describe el juez, el tercer teniente de alcalde y edil de la coalición Guanyem Badalona en Comú (CUP y Podemos), José Antonio Téllez, que gobierna el Ayuntamiento, rompió ante las cámaras de televisión y de prensa una fotocopia de una orden judicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo por la que prohibía, como medida cautelar, que se abriera el Ayuntamiento ese 12 de octubre, como habían avisado.

A Téllez lo acompañaron el primer teniente de alcalde y edil de Badalona Habitable, Oriol Lladó,  la de Servicios Sociales, Agnes Rotger, la cuarta teniente de alcalde y concejal de Badalona Educadora, Eulària Sabater, la edil de Participación, Fàtima Taleb, y el de Espacios Públicos, Francesc Duran.

El juzgado abrió una investigación tras recibir la denuncia del PP para dilucidar si el Ayuntamiento cometió un delito de desobediencia

Durante esa mañana, los ediles citados atendieron a varios ciudadanos a las puertas del Ayuntamiento con el fin de dejar claro que la fiesta del 12 de Octubre no era una fiesta catalana sino «española» y extranjera.

El PP denunció los hechos y pidió como medida cautelar el cierre del Ayuntamiento; sin embargo, cuando los Mossos d’Esquadra acudieron el Consistorio ya estaba cerrado.

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

El juez Noales i Tintoré dice que, si al romper el papel, hubiesen ordenado la apertura y vecinos y funcionarios hubiesen entrado al Ayuntamiento, «se hubiese producido la verdadera desobediencia, pero el hecho es que no se produjo, y los hechos se limitaron a una mera performance».

El juez también considera que el edificio no estaba realmente abierto al público y que el hecho de que, por voluntad de algún edil, algún vecino los acompañase al interior del edificio un día festivo, eso no es una apertura real.

Sostiene que los ediles sí cumplieron la orden judicial de no abrir: Esteller envió un correo el día anterior comunicando a los trabajadores del Ayuntamiento que no abrirían y el mismo día 12 impidieron que los empleados públicos que había ido pudiesen entrar.

Eso sí, el juez acusa a Téllez de intentar judicializar la política con «una simple escenificación» para conseguir un eco mediático: era conocedor de que su situación comportaría la actuación de los tribunales pero siendo también consciente de que su actitud no era, en ningún caso, delictiva.

Ante los medios de comunicación el 12-O, Téllez dijo: «Tenemos una interlocutoria que impide que hoy ni tan solo los cargos electos podamos entrar dentro de las dependencias municipales».

El juez asegura que Téllez mentía, ya que «era plenamente consciente de que no era así» pues, en su declaración como investigado en sede judicial, achacó esas palabras que había pronunciado a que se había expresado mal.

«Por muy desagradable y mal educado que pueda parecer romper una resolución judicial, se ha de decir que en términos juridicopenales es una conducta irrelevante, amparada plenamente en la libertad de expresión», concluye el juez. CONFILEGAL/EP.

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