El Tribunal Supremo suspende el acuerdo del Consejo de Ministros que favorecía a Pérez de los Cobos de cara al TEDH
El Gobierno quiere asegurar que su candidato, Francisco Pérez de los Cobos, sea el próximo magistrado español del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal Supremo suspende el acuerdo del Consejo de Ministros que favorecía a Pérez de los Cobos de cara al TEDH

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08/3/2017 22:07
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Actualizado: 06/4/2021 11:53
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En una jornada tan señalada como hoy, en que se celebra el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, el Tribunal Supremo ha dado un fuerte varapalo al Gobierno al suspender de forma cautelar el Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 20 de enero en el que se establecían las pautas para elaborar una terna para elegir al próximo magistrado español en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Pautas que favorecían claramente al actual presidente del Tribunal Constitucional (TC), Francisco Pérez de los Cobos, de 55 años, principal candidato del Gobierno, al establecer como condición ineludible «no superar la edad de 61 años en la fecha límite para la presentación de candidaturas».

Estableciendo dicha condición dejaban fuera otros candidatos, como su antecesora en el cargo del Constitucional, María Emilia Casas, de 66 años.

Pérez de los Cobos dejará el TC en los próximos días, una vez que el Senado ha elegido, precisamente hoy también, a la persona que le sucederá en el máximo tribunal de garantías.

El Gobierno popular buscaba asegurar así al máximo que su candidato, el sucesor de Luis López Guerra -cuyo mandato expiró el 31 de enero pasado-, fuera la «joya de la corona» de la terna de candidatos, cuyos curriculums tienen que ser estudiados por el Panel Consultivo de Expertos del Consejo de Europa, al que le corresponde elaborar un informe que será votado por la Asamblea Europea.

Recurso de JpD

Jueces para la Democracia (JpD) contestó presentando un recurso especial de protección de derechos fundamentales contra dicho acuerdo por entender que con tal decisión el Gobierno estaba discriminando doblemente: por edad y por razón de género, esta de forma indirecta. 

De acuerdo con JpD, eso suponía una vulneración de la Constitución Española y de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Y solicitaba la suspensión cautelar.

Le correspondió a la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal dirimir el contencioso, y se nombró a la magistrada Celsa Pico como ponente.

La decisión no fue pacífica y desembocó en un empate técnico de 3 contra 3. Pico, y sus compañeros Pablo María Lucas Murillo de la Cueva y Pilar Teso, votaron a favor de la suspensión cautelar del acuerdo.

Por otra parte, el presidente de la Sección, Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, Rafael Toledano Cantero y José Luis Requero Ibáñez, votaron en contra, lo que abocó a la formación de la llamada Sala de Discordia, que, según la ley, tenía que estar formada por esos 6 magistrados, más otros 3 magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, por haber sido impar el número conformado por los primeros.

Uno de estos magistrados tenía que ser el presidente de la Sala Tercera, Luis María Díez-Picazo. Junto a él, José Manuel Sieira, expresidente de esa misma Sala, y César Tolosa.

Con la nueva composición, la votación se volcó a favor de suspender de forma cautelar el mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros. Los tres, Díez-Picazo, Sieira y Tolosa, se posesionaron en la misma postura que Pico, Lucas y Teso, quedando la votación 6 a 3.

La mencionada suspensión tendrá una duración de entre 3 y 4 meses y se ha tomado ante el peligro de pérdida del objeto de recurso si se llevaba a cabo la convocatoria para cubrir la plaza de magistrado del TEDH en representación de España.

Ahora JpD tiene que formalizar el recurso

«Estamos encantados de la decisión del Tribunal Supremo», explica Mar Serna, miembro del Secretariado de JpD y magistrada de lo Social. «En los próximos días formalizaremos el recurso ordinario contencioso-administrativo».

De acuerdo con la magistrada de JpD, «no nos parece razonable limitar la edad a 61 años en base a un supuesto concreto, máxime cuando uno de los candidatos del Gobierno del Partido Popular a magistrado del Tribunal Constitucional, es Alfredo Montoya Melgar, que lleva 7 años jubilado y tiene casi 80 años». 

«El Convenio Europeo de Derechos Humanos hace referencia a que no se deban superar los 70 años y hace referencia a un periodo máximo de mandato de 9 años», añade.

«Es un derecho fundamental no sufrir discriminación por razón de la edad tiene que ir por una norma de rango legal. No puede ir por una acuerdo, eso por un lado», cuenta Serna.

«En segundo, por discriminación indirecta. Aparentemente, pueden decir decir  aquí no hay discriminación indirecta. Pero no es cierto. Es una norma aparentemente neutral que discrimina de esa forma a las mujeres porque los efectos que producen son negativos», agrega.

«En conclusión, la  decisión del Supremo supone una magnífica noticia, sobre todo en un día tan importante como hoy», remacha.

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