No existe un derecho del preso a elegir su lugar de cumplimiento de condena, según el Constitucional

No existe un derecho del preso a elegir su lugar de cumplimiento de condena, según el Constitucional

14 / 03 / 2017 14:29

Actualizado el 16 / 11 / 2017 13:23

En esta noticia se habla de:

El Pleno del Tribunal Constitucional ha concluido que el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) no reconoce el derecho de ningún preso a elegir su lugar de detención y que, por lo tanto, la separación de su familia es una consecuencia inevitable de su prisión. Con ello, ha inadmitido el recurso de amparo presentado por el etarra Sabin Mendizábal Plazaola.

El recurrente fue condenado a cuatro años y medio de cárcel, en noviembre de 2009, por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por colocar un artefacto explosivo en la sede del PP en la localidad vizcaína de Ermua. Fue el 21 de mayo de 2003.

En la sentencia se puede leer que Mendizabal Plazaola manipuló el artefacto con unos guantes de látex que dejó en un bolsillo lateral de la mochila. Guantes que no ardieron. Poco después la Ertzaintza extrajo un perfil genético que coincidía con el suyo.

A raíz de la sentencia, Mendizábal Plazaola se dio a la fuga. En julio de 2012, la Policía incluyó su rostro en la lista de terroristas más buscados, junto a José Ignacio de Juana Chaos y José Antonio Urrutikoetxea, Josu Ternera, ambos fugados de la Justicia, y otros huidos.

Finalmente, en enero de 2015 el etarra fue detenido por la Policía Judicial francesa, en colaboración con la Comisaría General de Información de la Policía Nacional, en el departamento francés de Saint Palais, Pirineos Atlánticos, y entregado a España.

Recurso contra Instituciones Penitenciaras

Mendizábal Plazaola planteó su recurso de amparo ante el Constitucional contra dos resoluciones judiciales que confirmaban la decisión la decisión de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias de trasladarle desde el centro penitenciario de Soto del Real, en Madrid, a otro en Valladolid, a 400 km de distancia de la localidad guipuzcoana en la que reside su familia.

El recurrente alegó que se había vulnerado su derecho fundamental a la intimidad familiar, reconocido en el artículo 18.1 de la Constitución, en conexión con el derecho a la vida familiar, que recoge el artículo  8.1 del CEDH y, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), máximo intérprete del Convenio.

El Pleno, compuesto entonces por el ya expresidente del Constituiconal, Francisco Pérez de los Cobos, la ya exvicepresidenta, Adela Asúa Batarrita, Encarnación Roca Trías, Andrés Ollero Tassara, Fernando Valdés Dal-Ré, Juan José González Rivas, Santiago Martínez-Vares García, Juan Antonio Xiol Ríos, Pedro José González-Trevijano Sánchez, Ricardo Enríquez Sancho y Antonio Narváez Rodríguez, ha establecido que la Constitución no reconoce «un derecho a la vida familiar», equivalente al reconocido en el Convenio.

Lo que la Constitución protege es «la intimidad misma, no las acciones privadas e íntimas de los hombres». No existe, por lo tanto, la vulneración denunciada, por lo que han inadmitido el recurso.

El Pleno también señala que el TEDH ha limitado el alcance del artículo 8.1 del Convenio en el sentido de que “no reconoce el derecho del preso a elegir su lugar de detención, que la separación familiar es una consecuencia inevitable de su prisión y que las autoridades gubernativas tienen un amplio margen de discrecionalidad en la asignación del destino con arreglo a la legislación interna”.

Y recuerda que las sentencias del TEDH citadas en el recurso se refieren a supuestos diferentes al analizado.

La decisión no ha sido unánime. El auto cuenta con un voto particular del magistrado Juan Antonio Xiol, al que se han adherido la vicepresidenta del Tribunal, Adela Asua, y el también magistrado Fernando Valdés Dal-Ré.

AUTO DEL CONSTITUCIONAL:

2016-03312AUTO Y VOTO PARTICULAR

Noticias relacionadas:

La AN solicita información a Venezuela sobre De Juana Chaos y otros 13 exmiembros de ETA

La Fiscalía de la Audiencia Nacional recurre el tercer grado concedido al etarra Juan Antonio Olarra Guridi

Bolaños desvincula al Ejecutivo de la semilibertad de ‘Anboto’ y recuerda al PP que «apoyó en privado» las negociaciones con ETA

La AN revoca la semilibertad de los etarras ‘Anboto’, y Juan Ramón Carasatorre y ordena su regreso a prisión

El fiscal de la AN, en contra de conceder la semilibertad a la exdirigente de ETA ‘Anboto’

La AN interrogará a la terrorista ‘Anboto’ por el atentado de Santa Pola después de dictaminarse su salida de prisión

Lo último en Tribunales

seguro obligatorio

El TJUE da vía libre a la compraventa de indemnizaciones de tráfico: los «cazacréditos» pueden reclamar, pero no son víctimas

clínica dental

El Supremo deja claro quién debe pagar si cierra una clínica dental y deja al cliente «tirado» con el tratamiento

construcción colegio extremadura administración

El Gobierno de Extremadura, condenado por su propia desidia en la construcción de un colegio: «nadie puede aprovecharse de sus propias torpezas»

José Luis Ábalos

¿Puede Ábalos cobrar la jubilación en la cárcel? El futuro económico del exministro en prisión analizado

JOsé Manuel Bandrés

El Supremo se rompe por la eutanasia: 8 magistrados, el 25 %, niegan que un padre pueda impedir la muerte asistida de su hijo