El Padre Román niega los abusos sexuales y enmarca sus actos dentro del "amor cristiano"

La Fiscalía retira la acusación por abusos sexuales contra el padre Román

21 / 03 / 2017 11:22

Actualizado el 21 / 03 / 2017 18:05

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La Fiscalía ha retirado su acusación contra el padre Román, para el que pedía inicialmente nueve años de cárcel por supuestos abusos a un menor desde 2004 a 2007, y ha pedido la libre la absolución por entender que el «cúmulo de contradicciones» en el testimonio del denunciante, la «inexistencia» de las marcas físicas que señaló en el sacerdote y, en general, «la ausencia de cualquier elemento de prueba objetiva y pericial», impiden acreditar la existencia de abusos sexuales.

Durante la última sesión del juicio del llamado caso Romanones, que se ha celebrado durante nueve jornadas en la Audiencia Provincial de Granada, el fiscal ha explicado durante sus conclusiones finales que, pese a que en un inició creyó en la supuesta víctima de abusos, no puede renunciar a su obligación de seguir las normas del derecho penal y «no puede consentir una condena sin pruebas».

El Ministerio Fiscal, que inicialmente atribuía al padre Román un delito de abuso sexual continuado agravado por el resultado de acceso carnal, se ha referido por una parte a las «contradicciones» en la versión del denunciante respecto a si ha existido o no una penetración anal, subrayando que sin ella «no hay caso» puesto que el resto de tocamientos sexuales que inicialmente se señalaron en esta causa habrían prescrito.

A ello suma que, tras las distintas testificales incluyendo la del denunciante, no es posible saber cuándo se produjeron los presuntos abusos, la edad en la que los habría sufrido la supuesta víctima, si hubo actos de penetración o cuándo empieza y finaliza la convivencia, en tanto que hay referencias de que el denunciante mantuvo contacto con el Padre Román y la comunidad a la que pertenecía hasta siete años después de los supuestos abusos.

También aprecia «contradicciones» el fiscal en la «aversión» que el denunciante afirma tener con los curas como consecuencia de las agresiones sexuales que sufrió, algo que a su juicio no encaja con que posteriormente se fuera al Opus Dei, donde la presencia de este colectivo religioso es notable.

En relación con esto último, sostiene que la demora en denunciar los supuestos abusos no puede justificarse en un posible trauma, en tanto que siguió manteniendo contacto con el padre Román, incluso cuando se encontraba fuera de España; ni tampoco puede decirse que denunció para evitar posibles daños en otras víctimas o testigos porque éstos han desmentido serlo durante el juicio.

Agrega que el examen forense practicado al padre Román no avala «ni por morfología, ni por color ni por posición» la marca que según el joven presentaba en el pene el sacerdote, poniendo en duda el Ministerio Fiscal que en un momento «tan crudo» como el que relata el denunciante tuviera «tiempo para fijarse» en un «moteado de hiperpigmentación» como el que muestra el sacerdote en sus zonas íntimas según los informes de los peritos y que es «casi imperceptible» con luz escasa.

La declaración de los testigos que han comparecido a lo largo del juicio tampoco acredita para la Fiscalía la existencia de abusos sexuales a tenor de las contradicciones encontradas y recordando que Miriam M., que según el denunciante fue víctima de abusos, y Maribel C., que habría mantenido relaciones sexuales con miembros de la comunidad religiosa, negaron ante el tribunal estos extremos.

Salvo con algunas modificaciones, la acusación particular, que ejerce el denunciante de los supuestos abusos, ha mantenido su acusación y pide para el padre Román 26 años de prisión.

También han mantenido su acusación la acción popular, ejercida por la Asociación Prodeni, que atribuye al acusado un delito continuado de agresión sexual, con intimidación, violencia y prevalimiento y con acceso carnal.

Pide para él la pena de 15 años de prisión, inhabilitación absoluta por 15 años, privación de residir en el lugar en que resida la víctima por 15 años y prohibición de aproximarse y comunicarse con ella durante 15 años, así como una indemnización de 75.000 euros por daño moral. La defensa solicita por su parte la libre absolución y ha reclamado la anulación del expediente canónigo.

Las partes han presentado sus informes tras nueve sesiones de vista oral en las que inicialmente se citó a cuarenta testigos y catorce peritos y que comenzaron con el único procesado, que negó los hechos y recalcó que tenía con el denunciante un «amor cristiano»

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