La Audiencia Provincial obliga a la juez Rosell a seguir instruyendo la causa contra Miguel Ángel Ramírez
La magistrada Victoria Rosell tendrá que seguir relacionándose con la fiscal de Delitos Económicos, Evangelina Ríos, por orden de la Audiencia Provincial de Las Palmas. Confilegal.

La Audiencia Provincial obliga a la juez Rosell a seguir instruyendo la causa contra Miguel Ángel Ramírez

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22/3/2017 05:59
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Actualizado: 30/7/2020 10:16
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La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas no ha aceptado la abstención planteada por la magistrada  -y exdiputada de Podemos- Victoria Rosell para seguir instruyendo el caso contra el empresario Miguel Ángel Ramírez si seguía en el mismo la fiscal de Delitos Económicos, Evangelina Ríos, a la que acusó de «perdida de imparcialidad».

«La Sala Resuelve: no aceptar la abstención de la Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria, ilustrísima señora María Victoria Rosell Aguilar para el conocimiento de las diligencias previas 644/14. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno», dice el auto, fechado el pasado 7 de marzo, al que ha tenido acceso Confilegal.

El tribunal de la Sección Sexta, formado por los magistrados Emilio Moya Valdés (presidente, a su vez de la Audiencia Provincial), Carlos Vielba Escobar (ponente) y Oscarina I. Naranjo García, entiende que Rosell invoque, como causas de abstención, el «tener pleito pendiente» y «enemistad manifiesta».

Dos cosas que no pueden «entrar a discutir -dicen- por pertenecer a la intimidad de la persona, la enemistad que se manifiesta, pero tampoco cabe discutir que la representante del Ministerio Fiscal con la que se afirma mantener la misma no es parte del procedimiento, sino que lo es el Ministerio Fiscal, que recordemos es único, de esta suerte no cabría apreciar una enemistad con la Institución, y del mismo modo tampoco cabe entender, por idénticos motivos, la existencia de un pleito pendiente con el Ministerio Fiscal”.

«Y en segundo lugar manifestar que no es voluntad de esta Sala, ni desde luego tenemos competencia o capacidad, el indicar al Ministerio Fiscal como ha de proceder en una situación como la que afecta al Juzgado de Instrucción Nº8 de esta capital, que puede afectar a su buen funcionamiento, y en suma a los derechos de los justiciables, si bien es manifiesto que el Estatuto Órganico del Ministerio Fiscal prevé mecanismos que bien pudieran solventar esta situación», añade el tribunal.

La magistrada solicitó a la Audiencia Provincial, en un escrito fechado el 7 de febrero, que se revocara la designación de Ríos en su Juzgado, y que se nombrara a otro fiscal, en su lugar. 

De no ser así, pedía que se estimara su abstención en la instrucción que se sigue en su Juzgado contra el empresario Miguel Ángel Ramírez y Héctor de Armas Torrent, administradores de la empresa Seguridad Integral Canaria, por 6 delitos contra la Hacienda Pública y 4 contra la Seguridad Social.

Rosell acusaba a Ríos de haber promovido dos denuncias disciplinarias consecutivas contra ella ante el Consejo General del Poder Judicial, que fueron archivadas y de haber tomado parte activa en el interrogatorio a Ramírez, el 23 de marzo de 2016, que llevó a cabo su sustituto en el Juzgado de Instrucción, Salvador Alba, “que no versó sobre el objeto de la causa sino sobre quien suscribe y de nuevo los contratos atribuidos a D. Carlos Sosa“.

Actuaciones que se encuentran en investigación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en las que se encuentra imputado el magistrado por varios delitos supuestamente cometidos en la tramitación de esa investigación.

Para Rosell existe una “acreditada enemistad de la señora Fiscala hacia quien suscribe, a quien, además, niega el saludo diario delante de terceros en sede judicial”, y apeló al artículo 219.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que contempla como causa de abstención tener “enemistad manifiesta con cualquiera de las partes”.

La magistrada aprovechó el mencionado escrito para “aclarar las incorrectas informaciones al efecto” que “ni esta magistrada por descontado, ya que no tiene actividad empresarial alguna, ni su pareja, ni directa ni indirectamente, han mantenido relación empresarial alguna, ni de sociedad ni de ningún otro tipo, con la empresa investigada, ‘Seguridad Integral Canaria’, ni con ninguno de sus administradores investigados, Don Miguel Ángel Ramírez y Don Hector de Armas”.

 

La magistrada Victoria Rosell y la fiscal Evangelina Ríos se acusan mutuamente de pérdida de apariencia de imparcialidad.

La fiscal Ríos también recusó a la magistrada «pérdida de imparcialidad»

Evangelina Ríos, la fiscal de Delitos Económicos, por su parte, recusó por lo mismo, por «pérdida de imparcialidad» a la magistrada Rosell ante la misma Audiencia Provincial. Una decisión que todavía está por conocerse.

Ríos alegó que Rosell tiene interés directo o indirecto en el pleito o causa, de acuerdo con el artículo 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, motivado por la “existencia de relaciones comerciales relevantes entre el investigado don Miguel Ángel Ramírez Alonso y la pareja sentimental de la Magistrada, don Carlos Sosa”, dice en su escrito. 

“Es un hecho público y notorio la existencia de un contrato fechado el 26 de octubre de 2015 y firmado por don Patricio Viñayo García en representación y como administrador único de la mercantil ‘Productora Audiovisual Unión Deportiva Las Palmas, S.L.’ y don Carlos Sosa Baez, como administrador único de ‘Clan de Medios de Comunicación y Marketing, SLU”, dice la fiscal en su escrito.

Según la fiscal de Delitos Económicos, la empresa de Sosa, cedió a Productora Audiovisual la licencia de radio a cambio de 250.000 euros, “de los que 100.000 euros se abonan según el contrato, en el momento de la firma de éste, y el resto en 100 mensualidades de 1.500 euros”.

Además, Clan de Medios concedía una opción de compra de la licencia a Productora Audiovisual “ejecutable en cualquier momento de la vigencia del contrato”.

Y añade, “son hechos públicos y notorios que el señor don Carlos Sosa Baez y la señora doña María Victoria Rosell Aguilar mantienen una relación sentimental estable de pareja y que el señor don Miguel Ángel Ramírez Alonso es el presidente de la entidad ‘Unión Deportiva Las Palmas, SAD’”.

“La sociedad ‘Productora Audiovisual Unión Deportiva Las Palmas, S.L.’ está inequívocamente vinculada a la entidad ‘Unión Deportiva Las Palmas, SAD”, agrega.

Y recuerda que Viñayo García es a su vez el director general de gestión de la entidad Unión Deportiva Las Palmas, SAD.

Sobre el archivo de las denuncias disciplinarias en el CGPJ a Rosell, la fiscal de Delitos Económicos recuerda que el archivo no estuvo motivado por la inexistencia de estas relaciones comerciales relevantes “sino ponderando otras consideraciones que entendemos que no son de aplicación en el momento actual”.

La fiscal Ríos también señala que otra causa de recusación es tener pleito pendiente con cualquiera de las partes y que ella está personada con estatus de víctima en las diligencias previas que se instruyen en el TSJC en las que están siendo investigados el magistrado Alba y el empresario Ramírez.

Finalmente, tras citar una larguísima jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, Ríos concluye en su escrito que “existe una duda más que razonable sobre la actuación de la señora Rosell” y solicita su recusación proponiendo que se una al incidente de recusación el contrato entre Clan de Medios de Comunicación y Marketing y Productora Audiovisual Unión Deportiva Las Palmas, así como el acuerdo del promotor de la Acción Disciplinaria, dos autos dictados por Rosell y un auto del TSJC por el que se confiere a la juez la condición de perjudicada.

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