6.000 € de multa a una mujer que denunció en falso a un joven de tocarle el culo y sus partes íntimas
Bar el Kiosko, en la Plaza del Castillo de Pamplona, donde tuvieron lugar los hechos enjuiciados. Kioskotapas.com.

6.000 € de multa a una mujer que denunció en falso a un joven de tocarle el culo y sus partes íntimas

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26/4/2017 13:06
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Actualizado: 27/3/2018 14:10
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Los hechos sucedieron la noche del 9 de julio de 2016, en plenos Sanfermines, en el bar Kiosko de la Plaza del Castillo de Pamplona. E.I.B.R, de 45 años, denunció al joven francés Geoffroy G., de «una supuesta agresión sexual», concretamente de haberle tocado el culo y los genitales, contra su voluntad. Como consecuencia, éste pasó dos días en los calabozos.

Los hechos probaron ser falsos, lo que llevó a Geoffroy G. a presentar una denuncia, a su vez, contra la mujer, que ha desembocado en un juicio que tuvo lugar el 4 de abril pasado y cuya sentencia se ha conocido ahora.

La magistrada del Juzgado de lo Penal 1 de Pamplona, María Alemán Ezcaray, presidió el juicio contra Elisa por un delito de denuncia falsa, contemplado en el artículo 22 y siguientes del Código Penal.

En el mismo se proyectó la grabación de lo sucedido -realizada por las cámaras de circuito cerrado del local- y se interrogó a la denunciada y a los testigos. A la vista de lo cual, terminó condenando a la mujer  a pagar 6.000 euros de multa (20 meses de multa con una cuota de 10 euros/día) y a indemnizar a Geoffroy G. con 9.651,50 euros, más los intereses contemplados en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según la sentencia a la que ha tenido acceso Confilegal.

El Ministerio Fiscal solicitó una multa sensiblemente superior, de 9.000 euros.

E.I.B.R presentó la denuncia ante la Policía Municipal de Pamplona hacia las 00.15 horas del 10 de julio, una hora y cuarto después de lo sucedido.

La mujer relató que, en torno a las 23 horas, mientras se encontraba en el bar Kiosko, un joven, al que describió físicamente, «le había frotado de forma libidinosa el culo, llegando a tocarle la zona genital».

La denuncia la puso después de la pelea que se produjo en el mismo local entre la pareja y los amigos de la mujer y los amigos de Geoffroy G., por un motivo no aclarado, ajeno a los supuestos tocamientos.

Elisa ratificó la denuncia el 11 de julio ante el magistrado del Juzgado de Instrucción 4 de Pamplona y confirmó que la persona que le había realizado los tocamientos era Geoffroy G.

El joven francés fue, en consecuencia, arrestado por la Policía de inmediato, en cuyos calabozos pasó dos días.

La noticia de estos acontecimientos se publicó en su ciudad de origen.

Geoffroy G., a su regreso, estuvo de baja médica entre el 12 y el 22 de julio de 2016, los días posteriores a su puesta en libertad. Produciendole una merma de 651,50 euros en la nómina por las horas de ausencia provocadas por su detención.

Los hechos fueron grabados

Durante las investigaciones preliminares que realizaron los agentes de la Policía Municipal en el bar Kiosko supieron que el establecimiento se había dotado de cámaras de seguridad.

Pidieron las imágenes de las grabaciones comprendidas entre las 23.14 y la 23.59 horas del 9 de julio.

«Del examen de las imágenes se aprecia que Geoffroy G. no había realizado tocamiento alguno a Elisa y que quien sí se los había realizado minutos antes había sido su propia pareja, extremo del que Elisa era consciente cuando interpuso la denuncia, dado que un amigo suyo se lo había indicado en el mismo momento de los hechos», dice la sentencia.

En consecuencia, la acusación de agresión sexual contra Geoffroy G. fue archivada el mismo 11 de julio y el joven puesto en libertad.

Elisa I.B.R, a su vez, fue acusada de un delito de denuncia falsa por el joven francés.

La magistrada afirma en su sentencia que las grabaciones del local El Kiosko «corroboran por completo la versión del Sr. Geoffroy y ponen de manifiesto hasta que punto Elisa faltó a la verdad en su denuncia y en la posterior ratificación de la misma, y fue consciente de ello, así como por el testimonio del procedimiento que se inició por la denuncia de la ahora acusada y las testificales que se practicaron en el acto del juicio».

La mujer argumentó en el juicio que se había equivocado al identificar al autor de los tocamientos.

Los 9.651,50 euros de indeminización concedidos por la magistrada corresponden a los perjuicios causados al denunciado, la pérdida de su fama ensu localidad y el tratamiento médico que necesitó.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Pamplona.

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