Una aseguradora condenada a pagar 207.226 euros por las secuelas en una operación de vesícula

Una aseguradora condenada a pagar 207.226 euros por las secuelas en una operación de vesícula

19 / 05 / 2017 04:58

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Un Juzgado de Barcelona ha condenado a la aseguradora del CatSalut a indemnizar con 207.226 euros a una paciente que quedó incapacitada debido a los fallos quirúrgicos en una intervención que se le practicó en el Hospital de Calella (Barcelona) para extirparle unas piedras en la vesícula.

En su sentencia, que ya es firme al no haber sido recurrida por la aseguradora del CatSalut, el titular del juzgado de primera instancia número 48 de Barcelona estima parcialmente la demanda presentada por la mujer, representada ante los tribunales por los servicios jurídicos de la asociación Defensor del Paciente.

La sentencia condena a la aseguradora a indemnizar con 207.226 euros a la paciente por las complicaciones derivadas de una intervención para extirparle unas piedras en la vesícula que, en opinión del juez, se llevó a cabo con una técnica quirúrgica y un seguimiento «defectuosos».

La mujer, de 38 años, fue operada el 2 de octubre de 2013 en el Hospital Sant Jaume de Calella, pero tuvo que ser reingresada tras la intervención porque la vía hepática le había quedado seccionada indebidamente en la operación.

Al no poderle canalizar la vía hepática en el Hospital Sant Jaume de Calella, la paciente fue desviada al Hospital Germans Trias i Pujol de Girona, donde fue intervenida de urgencias de nuevo, con la mujer ya en una situación de shock séptico, por lo que tuvo que ser operada en dos ocasiones más.

A consecuencia de los fallos en la primera operación, la mujer sufre una estenosis de la vía biliaria que le ha obligado a someterse a otras intervenciones quirúrgicas.

El juez reconoce que la paciente fue víctima de una negligencia «por defectuosa técnica quirúrgica de la cirujana y seguimiento defectuoso de la lesión padecida», debido a la falta de drenaje del líquido biliar que se encontraba en la cavidad abdominal de la paciente y que no se le retiró hasta ocho días después.

La sentencia obliga también a la compañía Zurich a pagar a la paciente, que ha quedado en situación de incapacidad permanente total, los intereses de demora generados desde la fecha de la primera operación

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