La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial afirma que el Supremo se ha fracturado sobre la elección de altos cargos
Foto oficial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en 2013. Carlos Berbell.

La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial afirma que el Supremo se ha fracturado sobre la elección de altos cargos

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13/7/2017 04:58
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Actualizado: 31/3/2022 13:44
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El Observatorio de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial (PCIJ) afirma, en su informe sobre la sentencia que finalmente sancionó positivamente la elección de Miguel Pascual del Riquelme como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que el Supremo se ha «fracturado en una cuestion esencial para la carrera judicial» como es la promoción profesional y la designación de altos cargos de cúpula judicial.

«Se trata de determinar si los méritos mencionados en el reglamento de la carrera judicial, pueden ser valorados de forma libre por el Consejo hasta el punto de poder seleccionar en cada caso y a posteriori que mérito considera preferente para justificar su decisión. O si, por el contrario, el Consejo debe valorar en su conjunto los méritos de cada candidato y otorgar la plaza al candidato en quien concurran más merítos», dice el Observatorio en su informe.

La Plataforma es muy crítica con la sentencia de 27 de junio de 2017 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que resolvía el recurso interpuesto por segunda vez, por la magistrada Pilar Alonso, «candidata preterida», por una mayoría de 17 a 15 a favor de Pascual del Riquelme. 

«La interpretación realizada por la mayoría permite que exista un supuesto ‘de inmunidad de poder’ en el seno mismo del Poder judicial. El Consejo puede decidir el nombramiento, conforme a criterios que solo él conoce, en funcion de conveniencias y razones ajenas a las señaladas en la Constitución Española, sin sujeción a ninguna regla de juego salvo la de escuchar a los comparecientes durante diez minutos y revestir formalmente el nombramiento, lo que como hemos analizado en nuestros informes es algo muy sencillo: solo requiere de una plantilla en la que anotar los méritos del candidato finalmente nombrado», se puede leer en el informe, muy en línea con los tres votos discrepantes de la minoría. 

«La apretada mayoría , en la que ha sido decisivo el voto del presidente de la Sala (que en la anterior resolución se pronunció a favor de anular el nombramiento), permite mantener la esperanza en que los argumentos derivados de la legalidad, el sentido común, seguridad jurídica, y compromisos internacionales se abran paso definitivamente», agregan.

 

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