Las 4 asociaciones de jueces se ven hoy con PSOE, PP, Ciudadanos y Podemos para apremiarles con el fin de que aborden la reforma de la Justicia

Enfado e irritación entre las asociaciones de jueces ante la explicación del CGPJ por no haber subido a su web las dos sentencias del Supremo

9 / 02 / 2018 06:20

Actualizado el 09 / 02 / 2018 12:08

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no subió a su web las dos sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que han sentado jurisprudencia, prohibiendo al Servicio de Inspección del órgano de gobierno organizar los señalamiento de los órganos judiciales, porque -se justifica- ya las habían puesto a disposición de los periodistas y, por lo tanto, no lo creyeron necesario.

El enfado y la irritación ante la explicación de la directora de Comunicación del CGPJ, Cristina Ónega, ha sido la tónica general entre la mayoría de las asociaciones judiciales.

Sus máximos responsables no consideran que esa haya sido una respuesta válida ni en la forma ni en el fondo, a la misiva que ellos le habían enviado previamente preguntando sobre el asunto.

De acuerdo con el portavoz de la Francisco de Vitoria, Raimundo Prado, «la respuesta que hemos recibido tiene un tono de soberbia sorprendente y se va por las ramas. Si la directora de Comunicación del Consejo General del Poder Judicial considera que es más importante la publicación de una sentencia que afecta a 70.000 funcionarios del País Vasco que dos sentencias del calado que tienen estas, que afectan a toda la carrera judicial, es un síntoma preocupante de que tiene un problema de percepción grave, muy grave, de lo que debe ser su trabajo».

«Porque ella es la directora de Comunicación del órgano de gobierno de los jueces. No puede escudarse, para justificarse por no haber subido ambas sentencias a la web, en que los periodistas ya habían tenido acceso a ellas y que habían sido ya difundidas. Esa no es la cuestión. La cuestión es que tenían que haber sido publicadas en la web del Consejo. Y si no lo ha hecho es porque, es evidente, que suponían un severo revés para el Servicio de Inspección del CGPJ. No había interés en que se conociera la noticia y se difundiera su contenido. Sólo cuando nosotros hemos protestado, ella las ha subido. Esa es la verdad», añade.

La presidenta de la Gestora de Foro Judicial Independiente, Concepción Rodríguez, opina, por su parte, que «el tono escrito de que ha hecho uso para justificarse no es el más adecuado para el puesto que desempeña. No nos ha gustado ni la forma como se ha expresado ni el fondo de la respuesta. El interés de la carrera judicial debe primar en su trabajo diario. Por eso es la directora de Comunicación del Consejo. En esto, lamentamos decirlo, ha fallado estrepitosamente. Esto de transparencia tiene el nombre».

Manuel Almenar, el presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura, tras conocer la contestación de Ónega hizo esta reflexión: «El Consejo tiene su única razón de ser en la defensa de la independencia de los jueces. Las dos sentencias fundamentan su decisión precisamente en determinar el alcance de la función jurisdiccional y, por lo tanto, de la independencia judicial».

«Difícilmente se entiende que, en este caso, haya dado prioridad, como reconoce que ha hecho, a cualquier otra noticia, del tipo que sea. Esto, evidentemente, no tiene que ver nada con la transparencia de la que muchas veces hace gala el Consejo», concluye.

El portavoz de Jueces y Juezas para la Democracia, Ignacio González Vega, por su parte, opinó que «es llamativo que las asociaciones tengamos que dirigirnos por escrito al CGPJ para que se publiquen dos sentencias tan importantes como estas para la carrera judicial. El Consejo debería haberlo hecho de forma automática».

DOS VARAPALOS PARA EL CGPJ

Las dos sentencias, de las que han sido autores los mismos miembros de la Sección Sexta de la Sala Tercera del Supremo –Luis María Díez-Picazo (presidente de la Sala), Jorge Rodríguez Zapata, José Manuel Sieira, Nicolás Maurandi, y Pedro Yagüe- dicen lo mismo: El servicio de inspección del CGPJ no tiene competencia para ordenar los señalamientos de un órgano judicial. Estos son una competencia exclusivamente jurisdiccional, sin que ese servicio pueda dar instrucción ni orden alguna sobre tal competencia, exclusiva del juez.

Ambas tienen una enorme importancia porque, además de representar un correctivo al CGPJ, al ser coincidentes, en su decisión y antecedentes, suponen lo que en el mundo anglosajón se denomina «leading case»,  por el que se sienta, en este caso, nueva  jurisprudencia que afecta de forma directa a toda la Carrera Judicial.

Su difusión y conocimiento, por parte de los 5.500 jueces, por lo tanto, reviste la máxima importancia.

La primera sentencia fue conocida el 1 de febrero -el jueves pasado- y la segunda, el 2, al día siguiente. 

Ni Manuel Almenar, presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura, ni Raimundo Prado, portavoz de la  Asociación Judicial Francisco de Vitoria, ni Ignacio González Vega, su homónimo en Jueces y Juezas para la Democracia, ni mucho menos Concepción Rodríguez, presidenta de la Gestora de Foro Judicial Independiente, entendían la inacción del Consejo.

Por ello, dirigieron una misiva a Ónega, en tono respetuoso, inquiriéndola por la razón por la que no habían sido subidas a la web para que toda la carrera judicial tuviera conocimiento de ellas. Una misiva de que Confilegal publicó ayer.

Y fue precisamente ayer cuando Ónega dio orden de subir ambas sentencias a la web del Consejo, en el espacio reservado al Tribunal Supremo. 6 días después de ver la luz.

Ambas fueron el resultado de dos demandas interpuestas contra el Servicio de Inspección del CGPJ por 3 magistrados de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid afectados y por la Francisco de Vitoria y Foro Judicial Independiente, por su injerencia en los señalamientos.

Algo que el Supremo ha dejado claro que tienen prohibido.

LA CONTESTACIÓN DE ÓNEGA

Ónega contestó ayer a los representantes de las asociaciones en una carta en la que se justificaba diciendo que el objetivo de las noticias que se publican en «la parte pública de la página web del Poder Judicial» es «dar a conocer al conjunto de la ciudadanía las decisiones adoptadas por los jueces y magistrados» que puedan ser de su interés.

«Los miembros de la carrera judicial», afirma, excusándose, «cuentan con otras herramientas de consulta».

Según Ónega, la decisión de no publicarlas se debió a que «elegir implica un componente subjetivo, pero debemos hacerlo porque no tenemos capacidad humana ni material para redactar una nota de prensa de cada decisión judicial. Tampoco espacio. En la página web no cabe todo».

«En el caso que nos ocupa -prosigue- el pasado 1 de febrero la Oficina de Comunicación del Tribunal Supremo seleccionó e hizo nota de prensa –con un criterio excelente, a mi juicio- de una sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que confirmaba una anterior del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anulando el Decreto autonómico que establecía una jornada de trabajo efectivo de 35 horas semanales para los funcionarios de dicha comunidad. Se trata de una decisión que afecta a un colectivo –el de los funcionarios del País Vasco- de cerca de 70.000 personas. Como se pudo comprobar en el resumen de prensa elaborado en la mañana del día siguiente, los medios de comunicación –que recogieron ampliamente la sentencia en sus ediciones- coincidieron en su importancia».

«Por otra parte, las sentencias que motivan su comunicación llegaron a la Oficina de Comunicación pasadas las 15:00 horas del jueves 1 de febrero, cuando ya no estaban presentes los periodistas que habitualmente trabajan en el alto tribunal –motivo por el que no se las pudieron entregar en mano- y sin tiempo material para elaborar una nota de prensa», añade.

«No obstante, esa misma tarde los recurrentes difundieron a los medios de comunicación las sentencias, como se puede comprobar en la siguiente información del diario Expansión, que cita como fuente a la asociación judicial Francisco de Vitoria», continúa excusándose.

Ónega reconoce que el viernes 2 de febrero «puso las resoluciones a disposición de los periodistas en la sala de prensa del Tribunal Supremo».

Pero no las subió a la web. Hasta ayer.

«Ese día, la Oficina de Comunicación difundió cuatro resoluciones judiciales que consideró de interés público: la confirmación de la absolución de un tuitero acusado de enaltecimiento del terrorismo, la decisión de volver un escrito al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont presentado al magistrado Pablo Llarena, la decisión de rechazar la puesta en libertad del exconseller catalán de Interior Joaquin Forn y la de rechazar el recurso contra el nombramiento de la presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga», termina justificándose.

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