El jurado considera a unos padres culpables de dejar morir a su hijo de hambre

El jurado considera a unos padres culpables de dejar morir a su hijo de hambre

22 / 03 / 2018 06:07

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:28

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El tribunal de jurado ha considerado culpables de homicidio imprudente, con el agravante de parentesco y la atenuante de dilaciones indebidas, a los padres del niño de tres años fallecido en el año 2013 en Gran Canaria por inanición e infecciones derivadas de su desnutrición y abandono.

Durante la lectura del veredicto emitido sobre las 20.30 horas de este miércoles, el portavoz del jurado del juicio que ha tenido lugar en la Audiencia Provincial de Las Palmas desde el pasado lunes informó de que el tribunal popular, que ha adoptado esta decisión con siete votos a favor y dos en contra, no considera procedente promover una petición de indulto ni dejar en suspenso la pena.

El Jurado ha entendido como probado que los padres del menor no llevaron nunca a su hijo al pediatra y que desde el momento de su nacimiento hasta su fallecimiento desatendieron «los más elementales cuidados a los que estaban obligados».

Así, el niño careció de asistencia sanitaria y de una adecuada alimentación «hasta el punto de provocar un estado continuado de desnutrición y deshidratación, unido a una extremada falta de higiene», según refleja el tribunal popular en su veredicto.

No obstante, el tribunal popular ha acordado por mayoría que los padres, pese a la desatención de los más elementales cuidados que tuvieron hacia su hijo, no pensaron que pudiera fallecer, ya que no querían matarlo, pues «no fueron conscientes de la gravedad de las heridas» que degeneraron en unas dificultades para la respiración del niño que acabó muriendo.

La Fiscalía había solicitado en un primer momento una condena de 15 años de cárcel por homicidio por omisión para Isidro Yeray S.R., de 35, y su esposa, Yurena S.A., de 32, pero tras escuchar que el veredicto del Jurado considera que la muerte del niño fue fruto de una imprudencia, el fiscal del caso, Cesar Casorrán, la ha rebajado hasta cuatro años de prisión, la máxima para el tipo penal con las circunstancias modificativas ya aplicadas.

Por su parte, los abogados defensores interesaron sendas condenas de dos años, y que ambas quedaran en suspensión al carecer los acusados –que están en libertad provisional y así continuaban al acabar el acto– de antecedentes penales.

Mientras, el magistrado presidente, Emilio Moya, emitirá en los próximos días la sentencia que dará forma jurídica al veredicto.

Ésta, por imperativo legal, no puede imponer a los acusados más de cuatro años de cárcel, que son los que ha solicitado la Fiscalía. (CONFILEGAL/EP)

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