El TJUE tendrá que decidir sobre la vigencia o la muerte de la euroorden en Europa
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene su sede en Luxemburgo; el autor es doctor en derecho y fiscal de la Audiencia Nacional. TJUE

El TJUE tendrá que decidir sobre la vigencia o la muerte de la euroorden en Europa

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06/4/2018 19:10
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Actualizado: 24/6/2020 17:31
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) será, casi con toda probabilidad, el que tenga que decidir no sólo sobre la decisión tomada por el Tribunal Regional Superior (OLG) de Schleswig-Holstein, Alemania, sino también sobre la vigencia misma del sistema de euroorden si el magistrado instructor del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, finalmente, presenta -como así se espera- una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo.

En este sentido, Llarena contaría con el concurso de la Fiscalía General del Estado que ya ha anunciado hoy -en un comunicado- que «estudiará la eventual posibilidad de ejercitar las acciones pertinentes para la protección y defensa del orden jurídico europeo relativas a la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea».

Tanto el magistrado instructor como la Fiscalía entienden que, tras la decisión del tribunal alemán, la eficacia de la euroorden, que se basa en los principios de confianza y de reconocimiento mutuo de las decisiones judiciales de los 28 países que conforman la Unión Europea, se ha puesto en entredicho al haber entrado ese órgano judicial en el fondo del asunto en lo que al supuesto delito de rebelión se refiere.

«Para la ejecución de la euroorden sólo se exige que haya doble incriminación, es decir, que el tipo penal esté contemplado en los códigos de los respectivos países. Tratar de interpretar si hubo violencia y su intensidad supone una extralimitación que no le corresponde a ese tribunal alemán. Y es lo que ha hecho, realizando consideraciones valorativas ajenas a la euroorden que sólo le corresponden al magistrado instructor que es el que conoce del caso», según explicaron fuentes judiciales a Confilegal.

PROCEDIMIENTO RÁPIDO

El procedimiento al que recurriría el magistrado Llarena es un cauce rápido existente en el TJUE por el que en un plazo máximo de tres meses dicho órgano judicial tendría que pronunciarse obligatoriamente.

«Si decide que la interpretación española es la correcta y que el Tribunal Regional Superior (OLG) de Schleswig-Holstein se ha extralimitado al entrar sobre el fondo del asunto, y, por lo tanto, Puigdemont debe ser entregado a España por los dos delitos -rebelión y malversación- la euroorden seguirá siendo la herramienta más eficaz de la colaboración judicial en la Unión Europea», añadieron las mismas fuentes.

«Ahora bien, si el TJUE considera que la interpretación del tribunal alemán es la que debe aplicarse, y que es válido entrar sobre el fondo del asunto, entonces la euroorden tiene los días contados. Es su muerte», señalaron.

«Es un escenario inédito. Y esto afecta, de la misma manera, a Gran Bretaña y a Bélgica, donde están el resto de los reclamados por la justicia española. Porque la interpretación es la misma».

La cuestión prejudicial es un procedimiento al que recurren los jueces de los diferentes países de la unión en los casos en que la interpretación validez del Derecho de la UE se pone en cuestión.

Básicamente, es una consulta que se formula, en forma de auto, en el que el juez nacional expone el interrogante jurídico al que se ha enfrentado y al que el TJUE tiene que dar respuesta con una sentencia que interpretará el caso de acuerdo de forma uniforme para todos los estados miembros. Una sentencia que será vinculante para todos los tribunales en casos similares a los que tengan que enfrentarse.

 

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