¿Es legal la difusión de los mensajes entre Comín y Puigdemont? No, y aquí se explica porqué

En tela de juicio la delegación del voto de Puigdemont y de Comín

6 / 04 / 2018 20:01

Actualizado el 06 / 04 / 2018 20:19

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La libertad provisional de Carles Puigdemont en Alemania -previo el pago de una fianza- y de Toni Comín, en Bélgica -sin fianza alguna-, pone en tela de juicio la delegación del voto que pretenden hacer para el posible próximo pleno de investidura que se realice en el parlamento autonómico catalán.

De acuerdo con fuentes jurídicas consultadas por Confilegal, «todavía sigue plenamente vigente el auto del Tribunal Constitucional de 27 de enero de 2018. En su punto 1.c. dice con toda claridad que ‘Los miembros de la Cámara sobre los que pese una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión no podrán delegar el voto en otros parlamentarios'».

«Tanto Puigdemont como Comín, ambos elegidos parlamentarios autonómicos en las elecciones del pasado mes de diciembre, siguen en búsqueda y captura. No están bajo control judicial español. Y tampoco están en prisión preventiva. Por lo tanto, no se puede aplicar la misma medida que a los encarcelados en España porque estos se presentaron voluntariamente ante la Justicia y los dos mencionados siguen fugados y tienen la libertad de regresar voluntariamente», explican la mismas fuentes.

El auto referido, suscrito por el Pleno del Tribunal Constitucional, declara «radicalmente nulo y sin valor y efecto alguno cualquier acto, resolución, acuerdo o vía de hecho que contravenga las medidas cautelares adoptadas en la presente resolución».

Los doce magistrados del máximo tribunal de garantías advierten a Roger Torrent, presidente del Parlamento y a los miembro de la Mesa, Josep Costa i Rosselló; José María Espejo-Saavedra Conesa; Eusebi Campdepadrós i Pucurull; David Pérez lbáñez; Joan García González y Alba Vergés i Bosch, de su deber «de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir las medidas cautelares adoptadas».

Y les aperciben «de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento».

El auto tuvo el objetivo primigenio de impedir la investidura de Puigdemont como candidato a presidente del gobierno de la Generalitat de Cataluña.

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