El TSJ de Madrid acuerda que no se repetirán las oposiciones militares que Defensa anuló por los tatuajes de dos aspirantes

El TSJ de Madrid acuerda que no se repetirán las oposiciones militares que Defensa anuló por los tatuajes de dos aspirantes

Para el ingreso en la especialidad de Psicología del Cuerpo Militar de Sanidad

10 / 08 / 2018 16:44

Actualizado el 10 / 08 / 2018 16:56

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La Sala de Vacaciones de la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid presidida por Francisco Javier Vieira y compuesta por los magistrados Ángeles Huet de Sande y Gustavo Lescure Ceñal, ha acordado hoy mantener íntegramente la medida cautelar adoptada con carácter de urgencia por dos autos del pasado 8 de agosto, por los que se suspendió la convocatoria realizada por el Ministerio de Defensa para repetir la celebración del proceso de selección de siete aspirantes a militar de carrera, en la especialidad médica de Psicología.

La decisión de la repetición de convocatoria de las pruebas por parte la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio había sido tomada después de que se readmitiera en el proceso de selección a dos mujeres candidatas que habían sido rechazadas inicialmente por lucir tatuajes.

La repetición, un gran esfuerzo difícilmente compensable

Tras «un detenido estudio y análisis del asunto», los magistrados establecen en los autos, correspondientes a dos procedimientos de dos recurrentes, que la no suspensión de la convocatoria «podría producir una grave lesión a la expectativa legítima de estimación de los recursos contenciosos interpuestos».

El Tribunal entiende que, si las dos recurrentes se vieran obligadas a someterse «nuevamente a esas pruebas que creían ya superadas, quedarían a expensas de su incierto resultado, obligando además a un gran esfuerzo, sacrificio y sufrimiento, difícilmente compensables».

Por el contrario –expone la Sala- la suspensión de los exámenes hasta la resolución definitiva del recurso no generará perjuicios de relevancia para la Administración, en este caso el Ministerio de Defensa, toda vez que el referido proceso de selección afecta a la incorporación de sólo siete alumnos al Cuerpo Militar de Sanidad.

Dos listas de candidatos aptos

La Sala abunda en este argumento añadiendo que «la eventual estimación de este recurso obligaría a adaptaciones más complicadas» a la institución convocante, dado que podría hallarse con dos listas de candidatos aptos, resultado de la duplicidad del proceso de selección; el ya realizado y el eventualmente resultante de la repetición del mismo.

Esta hipotética situación de duplicidad es la que evita el Tribunal al mantener la suspensión de la segunda convocatoria, evitando de hecho «una situación de difícil solución jurídica, con un alto sentido de frustración para los aspirantes afectados» y que causaría «un grave perjuicio al interés público».

Estas resoluciones, que pueden ser recurridas en reposición sobre la misma Sala en el plazo de cinco días hábiles, forman parte de las piezas de medidas cautelares correspondientes a los dos citados procedimientos, en cuyo fondo los magistrados que la componen aún no han entrado a trabajar a la espera de la tramitación de los mismos, y sobre los cuales acordarán las correspondientes resoluciones en el momento procesal oportuno.

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