La APM exige a la ministra de Justicia que defienda a Llarena ante los tribunales de Bélgica
PP y Ciudadanos han pedido la comparecencia de la ministra de Justicia, Dolores Delgado, en el Congreso. Carlos Berbell/ Confilegal.

La APM exige a la ministra de Justicia que defienda a Llarena ante los tribunales de Bélgica

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24/8/2018 14:05
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Actualizado: 24/8/2018 20:00
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La Asociación Profesional de la Magistratura (APM) ha exigido a la ministra de Justicia, Dolores Delgado, que rectifique su decisión de que no se represente legalmente al magistrado Pablo Llarena ante la Primera Sala del Juzgado de Primera Instancia Francófono de Bruselas el próximo 4 de septiembre, donde ha correspondido una demanda presentada por 5 separatistas catalanes contra él por supuestamente haber vulnerado las reglas que rigen su presunción de inocencia.

«Se debe actuar sin reservas porque se trata de defender no sólo a Llarena, sino la soberanía española», ha afirmado Celso Rodríguez Padrón, portavoz de la APM. «No estamos de acuerdo con la lectura que la ministra ha hecho de este asunto. El Estado no puede dejar al pie de los caballos a un juez que cumple con su deber«.

Padrón describió recientemente esta demanda como prueba más del «filibusterismo legal» y del «uso torticero del Estado de Derecho» de que han venido haciendo gala los fugados desde su huida de España.

En esa misma línea -abandonar a Llarena al pie de los caballos- se han expresado fuentes del Consejo General del Poder Judicial, cuya Comisión Permanente dijo amparo el pasado 16 de agosto al instructor del caso «procés» en el Tribunal Supremo y requirió al Gobierno para que articulara la consiguiente defensa legal en Bruselas.

«Dicha decisión es muy grave. Porque supone un ‘aviso para navegantes. Máxime cuando el informe de la abogada del Estado apoyaba la defensa de Llarena», afirmaron.

Había, incluso, un bufete en Bruselas ya seleccionado -y contactado- para llevar a cabo esta representación, como ya avanzó este diario.

JUSTIFICACIÓN

La justificación de la ministra para no intervenir, se resume en dos líneas dentro de una nota de prensa hecha pública ayer: «La demanda presentada en Bruselas incluye también referencias a expresiones o manifestaciones privadas realizadas por el juez Llarena ante las que el Gobierno no puede actuar, puesto que supondría defender a un particular por afirmaciones de carácter privado ajeno a su función».

De acuerdo con dicha demanda, a la que ha tenido acceso CONFILEGAL, las «expresiones o manifestaciones privadas» que estarían impidiendo la intervención del Gobierno en la defensa del magistrado fueron realizadas el 22 de febrero de 2018 en Oviedo, tras la celebración de una mesa redonda sobre los delitos económicos y la responsabilidad penal de las empresas organizada por Autosa BMW.

Y fue en el curso de un «canutazo», con periodistas.

«Un delito político son aquellos comportamientos que normalmente no estarían sancionados por el ordenamiento jurídico-penal y que sin embargo, por una consideración política, estos comportamientos son perseguidos. No es el caso que estamos llevando ahora en el Tribunal Supremo, se trata de comportamientos que aparecen recogidos en nuestro Código Penal y que, con independencia de cuál haya podido ser la motivación que les haya llevado a las personas a cometerlos, si es que eso ha sido así, pues tienen que ser investigados. Restringir la libertad de una persona sin que se haya declarado todavía culpable, en la eventualidad de que esto se produzca, y exclusivamente durante el tiempo en que se lleva una investigación, tiene que restringirse lo máximo posible. Por esto la decisión es tratar de terminar la investigación cuanto antes y regularizar la situación de los investigados en su propio interés y en el interés de toda la opinión pública y de toda la ciudadanía española tambien cuanto antes», declaró Llarena.

LOS DOS INFORMES DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO DIFIEREN DE SU MINISTRA

La ministra de Justicia ha dispuesto de dos informes positivos, y de peso jurídico, hacia la representación del magistrado del Supremo.

Uno, primero, de la Subdirección General de los Servicios Contenciosos de la Abogacía del Estado, cuya máxima responsable es Consuelo Rey, que dice: «Esas declaraciones las realizaba en su calidad de instructor de la causa especial; y que, al igual que los otros hechos invocados, se vinculan directamente con su condición de persona que representa uno de los órganos del poder judicial español. Por lo tanto, no puede afirmarse que tales declaraciones públicas sean ajenas al legítimo desempeño de su función como Magistrado del Tribunal Supremo«.

En consecuencia, recomendaba que «para la defensa de la integridad e inmunidad de la jurisdicción española ante los Tribunales del Reino de Bélgica se estima necesario proceder a la contratación de un abogado local en Bélgica a fin de llevar a debido efecto la representación y defensa del Estado Español conforme a las normas que regulan el proceso belga a los efectos de invocar la inmunidad de jurisdicción».

Y en  un segundo, firmado por la «jefa suprema» del servicio, Consuelo Castro Rey, se puede leer: «se considera necesario proceder a la contratación de un abogado local en Bélgica a fin de llevar a debido efecto la representación y defensa en derechoante esos Tribunales del Excmo. Sr. Magistrado de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo de España don Pablo Llarena Conde. Se estima que concurre la situación de urgencia prevista en el artículo 31.5 del RSJE para que la designación se realice por el embajador de España en Bélgica a la mayor brevedad posible».

LOS FUGADOS DICEN HABERSE VISTOS ATACADOS EN SU HONOR

De acuerdo con fuentes jurídicas consultadas, «la decisión de la ministra de Justicia entraña un profundo desconocimiento de cómo funciona la justicia civil en Bélgica. Porque, para empezar, el juez del caso todavía no conoce el asunto. El ‘hussier’ de los demandantes (equivalente a nuestros procuradores) ha solicitado una fecha para exponer el caso. Y es ese día, el 4 de septiembre, cuando el juez decidirá si admite a tramite la demanda o no, tras escuchar a los abogados de los demandantes y del demandado. Y no se vuelve a discutir más. Renunciar a defender a Llarena, justificando el contenido de esas declaraciones es incomprensible, porque posibilita la viabilidad de la demanda«.

Los demandantes -los fugados Carles Puigdemont Casamajó, Antoni Comín Oliveres, María Meritxell Serret Aleu, Clara Ponsati Obiols y Lluis Puig Gordi– aseguran que «Las declaraciones del demandando han causado un daño seguro a las 5 partes demandantes, las cuales han visto atacados su reputación y su honor».

«El juez Llarena ha participado en la instauración de un clima perjudicial con una vulneración flagrante de las reglas que rigen la presunción de inocencia, por lo que Pablo Llarena debe reparar íntegramente el daño causado», añaden. Por ello, solicitan que se le condene a 1 euro de compensación.

Desde el punto de vista de los cinco huidos, Llarena, «en el marco de su acción judicial, ha adoptado comportamientos que reflejan su parcialidad y su partidismo; sin embargo, por otro lado, la campa mediática de menosprecio sistemático y violento contra las partes demandantes, por todos los órganos del Estado (gobierno, jefes de Estado, asociaciones de jueces y de fiscales) ha sido reforzada por la participación inmediata y dolosa, por el juez encargado de la investigación, a estas declaraciones, vulnerando claramente la presunción de inocencia».

LAS OPCIONES DE LLARENA

En España cualquier demanda de responsabilidad civil directa contra jueces y magistrados está cubierta por el Estado, tras la aprobación de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que recoge en su preámbulo que «Con ello se alinea la responsabilidad de los Jueces con la del resto de los empleados públicos y se da cumplimiento a las recomendaciones del Consejo de Europa en esta materia”.

Sin embargo, al producirse esta demanda en un país extranjero, como Bélgica, en el caso de que Llarena pudiera ser condenado, cabría la posibilidad real de que fuera él quien tuviera que responder con su propio patrimonio. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) pretendía evitar esto con el amparo concedido, a través de la articulación de la defensa del magistrado por parte del Ministerio de Justicia.

La demanda cuestiona toda la instrucción llevada a cabo, tachándola de parcial y de arbitraria, pretendiendo que un tribunal belga considere que se ha vulnerado la presunción de inocencia y otros derechos fundamentales de los demandantes. En este estado de la cuestión, se nos antoja difícil considerar que pueda existir una actuación que vulnere de forma más flagrante y burda la independencia de un magistrado español”, afirmó la Comisión Permanente del CGPJ en su acuerdo de amparo.

El máximo órgano entre Plenos del CGPJ considera que “cuando se cuestionan de tal modo los actos llevados a cabo por el magistrado, se cuestiona también la esencia misma de nuestro Estado de Derecho, atacándose la independencia judicial como pilar fundamental de un Estado democrático”.

¿Qué opciones le quedan a Llarena? Una, defenderse a sí mismo, contratando, con su dinero un abogado belga que le represente; dos, que la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), a la que pertenece y de la que fue presidente, tome cartas en el asunto, buscando una solución en esa línea; y tres, que el CGPJ explore otras vías que impidan la indefensión del magistrado el 4 de septiembre próximo.

Y una cuarta: que la ministra de Justicia, rectifique.

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