El Congreso debatirá y votará el jueves el polémico RDL que modifica el C.Civil

El Congreso debatirá y votará el jueves el polémico RDL que modifica el C.Civil

|
31/8/2018 06:15
|
Actualizado: 31/8/2018 00:22
|

El Real Decreto-Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género entra al Congreso el próximo jueves 6 de septiembre, un mes después de su entrada en vigor para cumplir el  trámite preceptivo de convalidación.

Sin embargo, no parece que vaya a ser, eso, un puro «trámite».

Se prevé que el debate político sobre este polémico texto no vaya a ser menos tenso que el que provocó tras su aprobación en el mundo judicial y en numerosas asociaciones de la sociedad civil que lo han tachado de inconstitucional por modificar el Código Civil por la vía del RDL sobre el alcance de la patria potestad y, en concreto, para que la atención y asistencia psicológica quede fuera del catálogo de actos que requieren una decisión común de los progenitores.

La convalidación

La fecha del debate para el próximo 6 de septiembre la avanzó ayer la vicepresidenta del Gobierno y ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Carmen Calvo, durante su comparecencia a petición propia en la Comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, rubricado por el Parlamento el año pasado.

Según recoge el Reglamento del Congreso, el debate y votación sobre la convalidación o derogación de un RDL se realizará en el Pleno de la Cámara o de la Diputación Permanente, antes de transcurridos los treinta días siguientes a su promulgación, de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2 de la Constitución.

La sesión se abrirá con la explicación por un miembro del Gobierno a la Cámara de las razones que han obligado a su promulgación y el debate se realizará conforme a lo establecido para los de totalidad.

Una vez concluido se procederá a la votación. Y si se convalida, el Presidente preguntará si algún Grupo Parlamentario desea que se tramite como proyecto de ley. En caso afirmativo, la solicitud será sometida a decisión de la Cámara. Si ésta se pronunciase a favor, se tramitará como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, sin que sean admisibles las enmiendas de totalidad de devolución.

Ahora bien, si el resultado de la votación de convalidación fuera negativo se produce el inmediato cese de los efectos del texto y su desaparición del ordenamiento, pero no la anulación de los efectos producidos durante su vigencia.

La crítica jurídica

La primera en dar la voz de alarma fue la profesora de Derecho Civil, Verónica del Carpio, que advirtió de que “es un error jurídico de alcance constitucional y sin precedentes en los 40 años de Constitución en perjuicio, además, de los propios objetivos que persigue”.

En su opinión, esta modificación no reúne ninguno de los dos requisitos del artículo 86 de la Constitución, ni el de extraordinaria y urgente necesidad ni el de ser materia susceptible de regularse por RDL. Y sobre todo en un tema que afecta a la salud de menores, “privando a uno de los progenitores de la capacidad de decisión sobre la prole y, además, sin que, incluso, sea precisa sentencia para ello”.

También decía suscitarle muchas dudas constitucionales la ampliación de los mecanismos de acreditación de las situaciones de violencia de género y establecer como válidos los informes de «los servicios sociales, de los servicios especializados o de los servicios de acogida».

Detrás llegó la frontal oposición de la Abogacía madrileña que, a través de un comunicado a sus 77.000 colegiados, manifestó que la ampliación de la acreditación tiene un doble alcance. Si bien refuerza la asistencia a aquellas víctimas que no han dado el paso de denunciar a su agresor -hasta un 76.5% en 2017 según recoge el Expositivo V, «limita la presunción de inocencia o las garantías de defensa de todos aquellos que resulten investigados, ya que podrán verse procesados por un delito de violencia de género, a partir de una “acreditación de una situación de violencia”, que no haya sido emitida por la autoridad judicial competente».

Las asociaciones de jueces y fiscales también expresaron su crítica jurídica sobre la reforma de la ley integral de la violencia de género aunque con planteamientos alejados unas de otras, en función de su sensibilidad «política».

Así, la primera en dejar claro la necesaria retirada del texto fue la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) argumentando tres razones fundamentales: es una materia que debería tramitarse a través de un proyecto legislativo, dudan de que pase el filtro del artículo 86 de la Constitución y modifica sin el consenso necesario una norma básica como el Código Civil.

Por su parte, Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) hizo público su acuerdo por ser «uno de los primeros pasos legislativos necesarios dado el tiempo trascurrido desde la aprobación del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, el 28 de septiembre de 2017 por el Congreso de los Diputado, y por el Pleno del Senado en sesión de 13 de septiembre de 2017, sin que se hayan puesto en marcha “prácticamente ninguna de las medidas tomadas para su efectividad”.

En la misma línea se pronunciaba la Unión Progresista de Fiscales (UPF) que considera necesario implementar “urgentemente” la totalidad de las medidas contenidas en el Pacto de Estado “en materia de sensibilización y prevención, pero también y sobremanera para la asistencia y protección de las mujeres víctimas de violencia de género”. Además, solicitan que se dote a los órganos judiciales y al Ministerio Fiscal de los medios suficientes para otorgar una respuesta penal ágil, contundente, y eficaz.

La crítica de la sociedad civil

En el ámbito de la sociedad civil, primero fue la Asociación de Familias Numerosas de Madrid que se movilizó presentado denuncias al presidente del Gobierno porque creen que este “decretazo usurpa las competencias del Parlamento regulando materias reservadas a éste, y que afectan a la presunción de inocencia y a la dignidad humana, y al derecho a la propia imagen”.

Le siguió más de una treintena de asociaciones de toda España a las que como nexo común les une trabajar en favor de la custodia compartida y que, de forma contundente, han pedido al Defensor del Pueblo que interponga un recursos de inconstitucionalidad contra un RDL que “pretende cambiar normas fundamentales y afecta a algo tan trascendental como es la patria potestad que rige la vida de los hijos españoles desde su nacimiento, derecho sin duda de nacimiento de estos menores”.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Política