El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo sobre el IAJD de hoy será a «cara de perro»
Luis María Díez-Picazo, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con el Salón de Plenos, donde se celebra el Pleno de esa Sala hoy.

El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo sobre el IAJD de hoy será a «cara de perro»

Luis María Díez-Picazo tendrá que escuchar las recriminaciones de sus compañeros por su metedura de pata
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05/11/2018 01:00
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Actualizado: 08/11/2018 11:32
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Los 31 magistrados que componen la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo están convocados hoy, a las 10 de la mañana, en el Salón de Plenos del Palacio de Justicia que próximamente acogerá el juicio contra los 18 políticos procesados por la causa del «procés» y donde se celebra cada mes de septiembre el acto solemne de apertura de Tribunales.

Va a ser un Pleno «a cara de perro» porque las aguas bajan turbias por haber sido convocado después de que la Sección Segunda, presidida por Nicolás Maurandi, y compuesta por los magistrados José Díaz Delgado, Francisco José Navarro Sanchís, Jesús Cudero Blas, Dimitry Berberoff Ayuda y Ángel Aguallo Avilés, dictara una sentencia, el pasado 18 de octubre, que anulaba el artículo 68.2 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones y Actos jurídicos Documentados (ITP y AJD).

Una sentencia -a la que siguieron dos más idénticas- que cambiaba en 180 grados la jurisprudencia que la Sala había venido manteniendo hasta ahora y cuyos efectos, sin duda, tendrían consecuencias graves en la economía pues establecía que el sujeto pasivo de dicho impuesto eran los bancos y no los compradores, como venía ocurriendo hasta ahora.

Una sentencia que es firme y no se puede modificar y que fue un gol por toda la escuadra de la portería del presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo Giménez, quien, al día siguiente, a toro pasado, convocó este Pleno por la «enorme repercusión económica y social».

El objetivo de tal convocatoria era para para aclarar los cabos sueltos.

La decisión de Díez-Picazo provocó una catarata de críticas en los medios de comunicación y desde la política porque lo lógico era que lo hubiera hecho antes de que se dictara. También por parte de sus compañeros de Sala. 

Lo había hecho mal.

Prueba de ello fue la intervención pública del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes Serrano, quien pidió perdón, el 25 de octubre, durante la inauguración de la Semana de Puertas Abiertas del Alto Tribunal.

“Todo esto, sin duda, no lo hemos gestionado bien lamentablemente, y se ha producido una desconfianza indebida en el Alto Tribunal, y no puedo más que sentirlo”, declaró Lesmes ante las cámaras de televisión y los micrófonos.

La disculpa no cayó nada bien entre los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Porque ninguno de ellos se siente culpable de lo sucedido, según ha podido saber Confilegal.

Lesmes debió evitar la primera persona del plural porque implica que la responsabilidad es general, de todos ellos.

De esto se va a hablar hoy en ese Pleno. Lesmes, que no puede estar presente en ese Pleno porque no le corresponde, no se librará de las recriminaciones de sus compañeros de Sala, a la que volverá después del 3 de diciembre, si el proceso de renovación del CGPJ sigue su curso natural.

«En el Pleno va a salir de todo. Lo primero, si está bien convocado o no. Hay muchas posibilidades de que los magistrados de la Sección Segunda, la autora de las sentencias mencionadas, lo planteen«, explicaron fuentes jurídicas a este diario.

Lo que no se va a plantear es si el artículo del Reglamento anulado puede volver a tener vigencia. «El artículo es nulo, está fuera del ordenamiento jurídico y ya no está. Ya no existe», añaden. «Lo que ocurre es que quién es el sujeto pasivo se tiene que sacar de la ley».

RETROACTIVIDAD

Los 31 magistrados tienen muy presente que la ley dice que el ciudadano tiene cuatro años para rectificar una autoliquidación, salvo que Hacienda la revisa, la confirme o la ratifique.

«El problema es que si se dice que la retroactividad se aplique en los últimos cuatro años la Sala de lo Contencioso-Administrativo se está metiendo en el terreno de la jurisdicción civil. ¿Por qué? Se estaría dando a entender que las anteriores a cuatro años no tienen derecho a reclamar. Y eso no es competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa sino de la jurisdicción civil«, señalan las mismas fuentes.

De aplicarse una retroactividad de 4 años, la factura ascendería a unos 2.300 millones de euros, en opinión de Moody’s.

Algunos magistrados de la Sala Tercera posiblemente sostengan que la sentencia del 18 de septiembre pasado sólo tiene efectos para las sentencias posteriores a esa fecha, lo cual equivaldría a decir que no sería aplicable para las anteriores.

Y posiblemente echen mano a alguna sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que han dicho que existen condiciones imperiosas de seguridad jurídica que pueden oponerse a que se cuestionen las relaciones pasadas entre partes de buena fe si ello pudiera crear problemas graves.

En este caso, al sector le supondría un desembolso de 640 millones de euros.

En dicho Pleno se tratarán tres recursos nuevos, idénticos a los anteriores fallados, pendientes de sentencia. Es el puente para abordar el asunto.

EL DESAFÍO DE LA UNANIMIDAD

El reto que tienen ante sí los 31 magistrados de lo contencioso-administrativo es conseguir la unanimidad en los acuerdos a los que pudieran llegar que básicamente será tomar una decisión sobre el alcance de los efectos de las sentencias. Una división -17 a 14 votos, que se podría producir- enviaría una mala señal de inseguridad jurídica a la sociedad.

¿Qué ocurrirá? «Plenos como estos son como los juicios, o los partidos de fútbol, se sabe cómo empiezan pero no cómo van a acabar», concluyen las mismas fuentes. Es muy probable que el resultado no se conozca mañana.

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