«Saltarse las garantías constitucionales hace más fáciles las investigaciones de los hechos», según el abogado de los periodistas
Nicolás González-Cuéllar es catedrático de derecho procesal y socio director de González-Cuéllar Abogados, un conocido e influyente despacho de Madrid. Carlos Berbell/Confilegal.

«Saltarse las garantías constitucionales hace más fáciles las investigaciones de los hechos», según el abogado de los periodistas

Nicolás González-Cuéllar es el representante legal de los dos informadores y de las dos empresas informativas en cuyo nombre ha presentado la querella contra el juez
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14/12/2018 06:15
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Actualizado: 14/12/2018 02:57
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Así de claro se expresa el abogado y catedrático de derecho procesal penal sobre la decisión del titular del Juzgado de Instrucción 6 de Palma de Mallorca, Miguel Jesús Florit Mullet, de incautar los teléfonos móviles de los periodistas José Francisco Mestre y Blanca Pou, el primero de El Diario de Mallorca y la segunda de la Agencia de Noticias Europa Press.

Y añade: «Pero la verdad no se puede descubrir a cualquier precio. Y mucho menos al precio de ponerse por montera garantías tan básicas para un estado democrático de derecho como es el secreto profesional de los periodistas que, en buena medida, es parecido al secreto profesional de la abogacía. Tampoco se entendería que para investigar un delito se accediera a un bufete para incautar los ordenadores del abogado en los que hubiera tomado nota sobre las confidencias de sus clientes. Lo mismo sucede con los periodistas».

González-Cuéllar, junto al abogado Javier Crespo Bonachona, son los letrados que han armado conjuntamente la querella  interpuesta contra el magistrado Florit, en nombre de los dos periodistas y en representación de Editora Balear, S.A., que publica el Diario de Mallorca, y de Europa Press Delegaciones, S.A., por los supuestos «delitos de prevaricación judicial (artículo 446 del Código Penal), contra la invioabilidad del domicilio (artículo 534 1.1º y 2º del  mismo Código) y contra el ejercicio del derecho al secreto profesional del periodista (artículo 542 CP), y por cualesquiera otros que se descubran durante la instrucción».

Miguel Jesús Florit Mullet, el juez de instrucción que ordenó la incautación de los teléfonos de los periodistas. Diario de Mallorca.

«En este conflicto no sólo nos estamos jugando la libertad de información y el secreto profesional de los periodistas, que es esencial para que pueda tener vida el derecho a comunicar información veraz; también nos estamos jugando que las garantías constitucionales se tomen en serio», señala. 

De acuerdo con el abogado, el juez tiene muchos mecanismos para investigar un supuesto delito de revelación de secretos, «pero lo que no puede hacer, de ningún modo, porque así lo prohíbe el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de forma clara, es incautar el material de trabajo de los periodistas. El magistrado ha querido ‘jibarizar’ el derecho al secreto profesional del periodista a una posibilidad de rehusar el testimonio, cuando des mucho más amplio. Cuando es mucho más amplio, porque cubre los papeles de trabajo y los dispositivos donde se almacena la información. Doctrinalmente esto está muy claro».

«Su Señoría no ha querido respetar el derecho al secreto profesional en toda su integridad. Realizar un registro en una agencia de noticias y en la sede de un periódico, incautar los teléfonos móviles, que son herramientas de trabajo de los redactores es un hecho tan grave que consideramos prevaricador y contra los derechos fundamentales. Todo ello está tipificado en el Código penal. El magistrado tendrá que asumir las consecuencias de sus actos».

LA FISCALÍA MERECE UN REPROCHE ABSOLUTO

Para González-Cuéllar, es evidente que la Fiscalía Anticorrupción ha ocasionado que el juez adopte esta precisión.

«Pero es evidente que el garante de los derechos fundamentes es el juez de instrucción y la decisión es suya. Sin embargo, consideramos que la actuación de la Fiscalía ha sido absolutamente errónea. Otra cosa es que el delito lo cometa el juez y no eso fiscal. Tanto la Fiscalía General del Estado como la Fiscalía Anticorrupción merecen, si no en el ámbito penal, pero sí en el ámbito jurídico y ético, un reproche absoluto en este tema», apunta.

Respecto al Consejo Fiscal, González-Cuéllar cree que  su competencia no es la de opinar sobre decisiones que afectan a procesos en concreto. «No tenemos nada que decir».

Y sobre el Consejo General del Poder Judicial, le parece obvio que al tratarse de un órgano gubernativo tampoco tiene que opinar sobre algo que en estos momentos es competencia de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.

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