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¿Ha muerto la presunción inocencia en España?

¿Ha muerto la presunción inocencia en España?
Mariano Durán Lalaguna es abogado. Fue decano del ICAV entre 2011 y 2015.
29/12/2018 06:15
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Actualizado: 28/12/2018 23:40
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Hace ya algún tiempo me referí al grave problema que, en mi opinión, padece este país, España, en relación a la pérdida de derechos y garantías.

No sólo en el ámbito de los procesos penales, también en los administrativos, o en el del ejercicio de derechos básicos, como el del acceso al atestado, antes de que el detenido preste declaración (pese a dos Directivas que ya son derecho aplicable en España), o el traslado solo parcial de diligencias procesales penales a los letrados (pese al derecho a la defensa, y las Directivas y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea).

O las limitaciones impuestas por la Ley de Seguridad Ciudadana, bautizada al nacer como “Ley Mordaza”.

El ”secreto de las actuaciones” que ha pasado de ser un mecanismo extraordinario, a lo común.

Peor aún su prórroga.

La prisión preventiva que de ser excepcional, se convierte en no sólo habitual sino prolongada.

Sólo quien “padece” un proceso (penal o administrativo) sabe bien de lo que hablo.

Es como si en Medicina sólo quien precisa de asistencia médica, conociera de las muchas enfermedades que hoy se atienden en nuestros servicios médicos.

Sin embargo, todos tenemos la percepción de que tenemos un buen sistema sanitario.

No sucede lo mismo en el campo del derecho, y de las garantías de las que goza cualquier ciudadano al que le afecte un proceso.

LA JUSTICIA ES LA HERMANA POBRE DEL SISTEMA

La opinión general es que, en todos los sentidos, en este país la Justicia es la “hermana pobre” del “sistema” cuando debería ser la garantía (con mayúsculas) del Estado mismo.

Cabe recordar que España lleva sólo en 2.018, 27 condenas del TEDH precisamente por faltar a la garantías del proceso.

Un mal síntoma.

Esa pérdida de derechos y garantías (que no son de los abogados sino de los ciudadanos), cobra especial importancia en el principio esencial de la presunción de inocencia.

Se dice por los responsables de los distintos partidos políticos que, una cosa es la responsabilidad penal y otra la política, de modo que, olvidando la presunción de inocencia, “apartan” a cualquier responsable político que sea citado como investigado (antes imputado: no sé para que ha servido el cambio de denominación).

Si la condición de investigado es una “garantía” no se entiende muy bien, desde el punto de vista de un abogado como yo, que a un político por el hecho de ser citado como investigado (sin más) se le “aparte” del partido.

Sea el que sea.

EJEMPLOS DE MALDAD SOBRE INVESTIGADOS

Hay ejemplos de la “maldad” de este “invento político”: Cuando a Pepe Blanco se la abrieron diligencias, siendo ministro, su partido no lo “apartó”, pero la imagen pública que se trasladaba es que, el entonces Ministro, paraba su coche en una gasolinera y allí recibía “bolsas”…

Cuando por fin pudo defenderse (como ministro y diputado estaba aforado) y prestó declaración en el Tribunal Supremo, el Alto Tribunal (me consta que con deliberación y debate en la Sala), decidió el archivo de las diligencias.

Afortunadamente para el señor Blanco su “calvario” o “martirio” duró poco (si es que se puede decir así).

Bien es verdad que en la “mente colectiva” y en la memoria de Google continúa esa “foto”, pese al claro pronunciamiento del Tribunal Supremo.

El exministro de Justicia Juan Fernando López Aguilar fue objeto de una denuncia de violencia de género.

Palabras “mayores” en un tema de tanta trascendencia social.

Fue “apartado” de su partido.

Sufrió comentarios de toda clase y condición.

El sólo (y sus cercanos) sabrá lo que debió padecer.

Finalmente su “proceso” se archivó: no había delito.

Son sólo dos ejemplos de cómo el principio esencial, el derecho a la presunción de inocencia, fue “maltratado”.

Insisto en que no me sirve el argumento de los diferentes grupos políticos de “asumir las responsabilidades políticas”.

Hacerlo supone anticipar un “juicio de valor” que quiebra y rompe y rasga el derecho a la presunción de inocencia.

En el caso de Rita Barberá no tuvo ocasión de acreditar su inocencia: falleció antes.

EL CASO ZAPLANA

En el caso del expresident y exministro Eduardo Zaplana, se encuentra en un proceso que se inició en 2.015 (sin conocimiento del interesado: como se decreta el secreto de las actuaciones, y pese a que la Ley exige dirigirse y comunicar al interesado la existencia del proceso, desde que se tiene conocimiento de la “noticia criminis”), y que continua con el secreto de las actuaciones.

A ello se añade la prórroga de su prisión preventiva, aún a riesgo de su salud.

Hoy sigue ingresado en el Hospital La Fe de Valencia y por lo que relatan los medios, en grave riesgo.

Hasta representantes políticos de diferentes ideologías a Eduardo Zaplana, se han pronunciado: Pablo Iglesias, el president Ximo Puig, la vicepresidenta Oltra, están apoyando el cambio de  su régimen de limitación de derechos y que no siga en prisión.

Confiemos en que pueda salir bien de los tratamientos a que lo están sometiendo en La Fe, y no tengamos que lamentar una mala noticia.

Los partidos políticos deberían aprovechar esta lamentable situación para reflexionar y para dejar de hablar de “responsabilidades” políticas ajenas a las judiciales.

Si un proceso penal, donde rigen (en principio) las mayores garantías para el investigado, y hasta que no hay sentencia firme, no hay condena, no sé en base a qué fundamento jurídico los partidos y algunos medios, exigen “cumplir la sentencia” y condenan anticipadamente a cualquiera, propio o ajeno.

Y deberían aprovechar también para reflexionar y dejar de personarse, unos y otros, en los procesos del “contrario” político, y dejar que los Jueces, y las garantías de un proceso justo, determinen, cuando las haya, si hubo o no conducta reprobable.

Eso sí, respetando también los jueces los límites de las medidas de restricción de derechos,  so pena de que España siga siendo condenada por el Tribunal Europeo por la falta de garantías en los procesos.

Bien que los abogados seguiremos hasta la extenuación defendiendo los derechos de los ciudadanos.

Mientras tanto, ¿ha muerto la presunción de inocencia?.

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