El Supremo pide a Interior que traslade a los presos del 'caso procés' antes de febrero

El Supremo celebrará el juicio del ‘caso procés’ sobre el 5 de febrero

El magistrado Manuel Marchena se lo ha comunicado hoy al ministro del Interior para que se pongan en marcha los trámites para el traslado de los acusados presos en Cataluña

23 / 01 / 2019 14:37

Actualizado el 23 / 01 / 2019 15:12

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El magistrado Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que juzgará a los líderes independentistas catalanes, ha comunicado al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que el juicio del ‘caso procés’ se celebrará en fechas próximas al 5 de febrero, lo que tendrá que tener en cuenta para organizar el traslado de los nueve acusados que se encuentran en prisión preventiva en Cataluña.

Son el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull y Joaquim Forn, y los exresponsables de Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Ómnium Cultural Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, que están internos en la cárcel de Lledoners (Barcelona); de la exconsejera Dolors Bassa, que está en la cárcel de Puig de les Basses (Gerona); y la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell, que está en la prisión de Mas d’Enric ( Tarragona).

Mediante este oficio, Marchena ha matizado lo señalado en otro auto del 10 de enero a Interior, cuando le pidió que los presos estuvieran a disposición del tribunal la última semana de enero.

El Salón de Plenos del Tribunal Supremo, donde previsiblemente se celebrará el juicio.

En aquel escrito, el magistrado citó el artículo 664 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que, una vez señalada la vista oral, “los procesados que se hallen presos sean inmediatamente conducidos a la cárcel de la población en que haya de continuarse el juicio”.

Otro artículo de esta ley, el 33 del Reglamento Penitenciario, sustituye la inminencia a la que se refiere la Lecrim por una “antelación mínima de treinta días”.

El Tribunal Supremo entiende que ni la celeridad que impone el primero de los artículos ni la fijación reglamentaria del plazo mínimo de un mespueden ser concebidas como “exigencias temporales en detrimento de la seguridad que ha de presidir el traslado de los presos, de su derecho a que este traslado se verifique en condiciones que respeten su dignidad y del derecho de todo acusado a un proceso sin dilaciones indebidas”.

El juez Marchena advierte hoy al Departamento de Grande-Marlaska que cualquier retraso que pudiera venir impuesto por la práctica de diligencias indispensables para el desarrollo del juicio le será comunicado «oportunamente y con antelación precisa» para que pueda adoptar las decisiones que estime oportunas «para garantizar la presencia de los procesados que tengan que ser desplazados». 

Los escritos de defensa ya se han presentado -el plazo venció el pasado día 14-, y el tribunal trabaja ya en el auto por el que debe declarar la pertinencia de las pruebas propuestas y el señalamiento de la fecha concreta para el inicio de las sesiones del juicio oral.

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