La Abogacía del Estado defiende que puede acusar por sedición aunque se personara por la malversación
Rosa María Seoane./Foto: EP

La Abogacía del Estado defiende que puede acusar por sedición aunque se personara por la malversación

Reprocha a las defensas que hayan utilizado de forma "impropia" el derecho comunitario, en su "afán de internacionalizar este asunto
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13/2/2019 16:56
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Actualizado: 21/2/2019 12:57
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La Abogada del Estado Rosa María Seona López ha defendido hoy en la segunda jornada del juicio por el ‘procés’ su potestad para acusar en este procedimiento por el delito de sedición, aunque se personase en representación del Gobierno como perjudicada por la presunta malversación de caudales públicos por parte del Govern de Carles Puigdemont.

La defensa del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, señaló ayer que la Abogacía del Estado no tenía competencia para acusar de un delito por el que no se había personado en la causa.

La responsable del área penal de la Abogacía del Estado, que ha intervenido tras los fiscales Javier Zaragoza y Jaime Cadena, ha hecho una exposición centrada en argumentos estrictamente jurídicos para impugnar las cuestiones previas presentadas ayer por las defensas, que intentan anular el procedimiento antes de que comiencen los interrogatorios de los acusados.

Seoane ha explicado que la primera intención de la Abogacía del Estado era defender que el supuesto uso de fondos públicos por parte de la Generalitat para organizar y realizar el referéndum ilegal del 1 de octubre perjudicó al Ministerio de Hacienda, y que por ello se personó en la causa casi tres meses después de que el Tribunal Supremo comenzase a investigar.

Ha indicado que no hay nada que impida poder atribuir otros delitos a los acusados.

Además, la abogada del Estado ha denunciado que la mayoría de los abogados de los 12 acusados afirmasen que éste es un juicio político, que se esté intentando juzgar el independentismo y «criminalizando las distintas actuaciones» relacionadas con las libertades fundamentales como el derecho a la protesta.

«Nos encontramos en esta Sala y ante este tribunal única y exclusivamente porque se han producido hechos que encajan en conductas delictivas», ha destacado Rosa María Seoane.

La abogada del Estado ha defendido la competencia del Supremo para juzgar a los líderes independentistas, aunque no exista la «doble instancia», la posibilidad de recurrir la sentencia que resulte, como ha ocurrido en otros casos.

Ha subrayado que los magistrados del Alto Tribunal son los «que mayor conocimiento tiene de todas las índoles» jurídicas.

«Es un juicio penal con todas las garantías», ha expresado.

La abogada del Estado también rechazado que algunas defensas insistan al tribunal en que planteen cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea relacionadas con la presunción de inocencia.

Para Seone, la verdadera intención de acudir a este tribunal europeo es el «afán de internacionalizar el procedimiento», pues ya el Supremo explicó que no se cumplen los requisitos para hacer una pregunta de este tipo.

Ayer, algunas defensas plantearon que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de los acusados cuando la secretaria de Estado responsable de la campaña ‘España Global’, Irene Lozano, se refirió a ellos como condenados («convicted») en unas declaraciones a la BBC.

Seoane ha empleado gran parte de su alegato en respaldar a Irene Lozano por estas críticas a sus declaraciones.

Ha indicado que ésta «no pretendía trasladar ningún perjuicio» cuando aludió a los procesados como «condenados» en unas declaraciones en inglés y ha recordado que no hablaba en su lengua materna.

Ha indicado que las palabras de Lozano deben entenderse «en el sentido real» y en el contexto en las que se dijo y no con «el tenor literal».

Frente a la tesis de las defensas de que este juicio supone una criminalización de derechos fundamentales como los de expresión, manifestación y reunión, ha dicho que «estamos ante un ejercicio del derecho penal democrático frente al ayer tan invocado derecho penal del enemigo».

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