Torra pide recusar al juez que lo ha imputado por presunta desobediencia a la JEC con los lazos amarillos
Torra ha sido encausado por el magistrado del TSJCat Carlos Ramos Rubio, instructor de la causa.

Torra pide recusar al juez que lo ha imputado por presunta desobediencia a la JEC con los lazos amarillos

Dice que podría haber incurrido en una falta de imparcialidad en las afirmaciones contenidas en el auto de acusación
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08/7/2019 12:45
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Actualizado: 08/7/2019 13:01
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La defensa del presidente catalán, Quim Torra, ha pedido hoy la recusación del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) que lo ha imputado por presunta desobediencia a la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar los lazos amarillos y las ‘esteladas’ de los edificios públicos durante la campaña electoral.

Se trata del juez instructor del caso, Carlos Ramos Rubio, quien el pasado 27 de junio dio por concluida la fase de instrucción del caso y abrió la fase de procedimiento abreviado, paso previo al juicio.

Determinó que los hechos investigados pueden ser un presunto delito de desobediencia o, subsidiariamente, de denegación de auxilio a la autoridad competente.

El artículo 410 del Código Penal prevé para el delito de desobediencia por parte de una autoridad pública a resoluciones judiciales multa de tres a 12 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años.

Entonces, el magistrado dio diez días a las partes para que solicitasen la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el archivo de la causa. El juez desestimó la petición anterior a este trámite de sobreseimiento presentada por el abogado de Torra.

Según Gonzalo Boye, letrado del presidente catalán, el juez Ramos debe ser apartado del caso «al haber quedado acreditado que le mueve un especial interés» en que Torra «sea sentado en el banquillo de los acusados», por encima de su «obligado interés de impartir Justicia».

Argumenta que el juez podría haber incurrido en una falta de imparcialidad en las afirmaciones contenidas en el auto de acusación, tales como que Torra «pretendió (…) persistir en la desobediencia».

«Se trata de frases, razonamientos y manifestaciones rotundas y de evidente culpabilidad que reflejan, en toda su intensidad, la posición ya asumida por parte del instructor», que Boye considera que están atentando contra el derecho a la presunción de inocencia de Torra, según expone en el escrito.

«No habiéndose dictado aún sentencia condenatoria, dichas manifestaciones le atribuyen un responsabilidad que, entendemos, aún está por determinarse… ¿o no?», plantea el letrado.

También señala que el magistrado ha «infringido el principio de legalidad», algo que argumenta cuando el juez considera a la JEC autoridad superior a la Generalitat.

El juez Ramos considera que Torra es «un subordinado de la JEC» y, por tanto, debió de haber obedecido sus órdenes, mientras que Boye destaca que el Parlamento catalán había rechazado dos proposiciones de ley que instaban a la prohibición de exhibición de lazos amarillos en espacios públicos e institucionales.

«No duda el Magistrado Instructor en retorcer el derecho a fin de que los hechos investigados encajen en el tipo penal» del presunto delito de desobediencia o de denegación de auxilio, afirma Boye.

Este procedimiento contra Torra se abrió a raíz de una querella presentada por el fiscal superior Francisco Bañeres Santo el pasado de marzo 27, ordenada por la fiscal general del Estado, María José Segarra.

Fue admitida a trámite por el tribunal de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCat, formado por los magistrados Jesús M. Barrientos Pacho,Mercedes Armas Galve y Carlos Ramos Rubio.

Los hechos investigados se remontan al 21 de marzo, cuando la Generalitat cubrió la pancarta del lazo amarillo con otra con un lazo blanco.

Las pancartas con el lazo amarillo y con el lazo blanco con el lema ‘Libertad presos políticos y exiliados’ que colgaban de la fachada del Palacio de la Generalitat.

El supervisor electoral se reunió el 21 de marzo por la tarde y decidió abrir un expediente sancionador al presidente catalán ante el «incumplimiento» de los acuerdos del organismo los días 11 y 18 de marzo, que le ordenaban retirar de los edificios públicos de la Generalitat las ‘esteladas’ y lazos amarillos por ser contrarios a la neutralidad que se exige a los poderes públicos en periodo electoral.

La JEC trasladó el caso a la Fiscalía General del Estado, y ésta a su vez lo remitió a la Fiscalía de Barcelona, dado que el caso le compete a ella por tratarse de un aforado y de un presunto delito cometido en esa comunidad autónoma.

El presidente catalán declaró ante el tribunal el pasado 15 de mayo por esta causa, donde fue acompañado de sus abogados Gonzalo Boye y Jaume Alonso-Cuevillas.

«Sí, desobedecí, porque yo me debo a un mandato superior de la ciudadanía de defensa de los derechos humanos», manifestó Torra ante el juez, según ha trascendido recientemente.

En paralelo, a finales de ese mes, el Tribunal Supremo archivó la querella del presidente catalán contra la JEC por los acuerdos que le ordenaron la retirada de lazos amarillos y esteladas de los edificios públicos en la campaña de las generales del 28-A.

Torra se había querellado contra la JEC por presunta prevaricación.

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