La juez archiva el caso contra el fotógrafo de El Mundo y recuerda a la Policía que la libertad de información es un derecho
Latifa Dailal, con el niqab, comprobando un DNI durante la jornada electoral. Foto: A.S./El Mundo.

La juez archiva el caso contra el fotógrafo de El Mundo y recuerda a la Policía que la libertad de información es un derecho

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11/7/2019 06:15
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Actualizado: 10/7/2019 23:22
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La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta, María Luz Lozano, ha archivado las diligencias incoadas contra un colaborador del diario El Mundo, el fotoperiodista local, A.S., por la comisión de supuestos delitos de injurias, coacciones y revelación de secretos.

Todo ello según la denuncia formulada ante la Policía Nacional por Latifa Daila., la mujer que presidió una mesa electoral en los comicios de mayo vestida con un niqab, que le cubría totalmente la cara, dejando sólo ver sus ojos, y que posteriormente apareció sin esa prenda en un reportaje publicado en citado periódico. 

«Máxime cuando asimismo esta última (la reserva de sus fuentes) no es solo un derecho, sino también una obligación de todo informador«, añade.

Por ello, en su auto recalca que la fuerza policial no puede, «bajo ningún concepto», extraer datos alguno de los terminales ni hacer «examen» o «análisis del contenido de los mismos».

LA POLICÍA SE PASÓ

La juez no aprecia que concurra indicio alguno «que justifique la perpetración de los presuntos delitos denunciados» además de que «falta como condición objetiva de perseguibilidad de las presuntas injurias la presentación de querella».

Los agentes le incautaron sus dos teléfonos móviles y le dejaron en libertad con cargos sin devolvérselos después de que Latifa Dailal, la presidenta de una mesa electoral, lo denunciara, molesta por que este periódico hubiera publicado una foto de ella a cara descubierta.

«Entrando en los hechos objeto de investigación por la Policía», añade, «no se aprecia base indiciaria para iniciar una instrucción penal toda vez que [el fotoperiodista] informó en el marco de una relación fluida y cordial de comunicación por vía Whatsapp«.

«Esto ante la negativa de la denunciante a conceder la entrevista que entendía perfectamente que declinara y ni él mismo sabía el contenido de lo que eventualmente el medio periodístico llegara a publicar, ya que los compañeros de Madrid eran los que hacían la labor de redacción».

En relación con el objeto del trabajo periodístico entiende, tras el choque entre la mujer y el secretario general de Vox en Ceuta, que tuvo lugar en un colegio electoral, que «es de todo punto incontrovertible el interés público de un proceso electoral y de las circunstancias en que el mismo transcurre».

Y añade «indubitado el derecho fundamental de información de la prensa al respecto y en general en relación con todo evento o cuestión de interés público y general, como no puede ser de otro modo en un estado social y democrático de derecho, como es España».

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