La AN condena a 33 años de cárcel a Txapote y a otros tres etarras por el asesinato del funcionario de prisiones Máximo Casado
Destaca que el exjefe militar de ETA, Xavier García Gaztelu, 'Txapote'., Señala que Txapote fue el inductor del asesinato, y los otros tres, los autores materiales. Foto: EP

La AN condena a 33 años de cárcel a Txapote y a otros tres etarras por el asesinato del funcionario de prisiones Máximo Casado

Los otros condenados son José Ignacio Gurirdi Lasa, Asier Arzalluz Goñi y Aitor Aguirrebarrena Beldarrain
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01/10/2019 16:10
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Actualizado: 14/7/2023 12:52
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La Audiencia Nacional (AN) ha sentenciado a 33 años de cárcel al exdirigente de ETA Xabier García Gaztelu, alias ‘Txapote’, y a los etarras José Ignacio Gurirdi Lasa, Asier Arzalluz Goñi y Aitor Aguirrebarrena Beldarrain, alias ‘Pelo’, por el asesinato del funcionario de prisiones Máximo Casado Carrera el 22 de octubre del 2000, en Vitoria.

Señala que Txapote fue el inductor del asesinato, y los otros tres los autores materiales.

Máximo Casado tenía 42 años. Trabajaba en el centro penitenciario de Nanclares de Oca, en Álava. 

El tribunal de la Sala de lo Penal (Sección Primera) ha condenado a estos cuatro etarras a 30 años de cárcel por un delito de atentado terrorista con resultado de muerte, y a otros tres años de prisión por otro delito de daños con finalidad terrorista.

Aplica el agravante de alevosía por la forma en que se produjo el asesinato, mediante una bomba lapa en el vehículo de Casado, que estaba equipada con un dispositivo de activación por movimiento, que sorprendió a Casado indefenso y sin posibilidad de reaccionar cuando arrancó el coche, a las 7:45 de la mañana de aquel 22 de octubre, en el garaje de su casa.

Les ha impuesto el pago de una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 305.000 euros para la viuda de Máximo Casado y la misma cantidad para su hija.

Lharán de manera conjunta y solidaria entre ellos, y con los ya condenados en esta causa, Juan Carlos Subijana y Zigor Bravo, que ya fueron juzgados y sentenciados a 28 años de cárcel por dar información sobre Máximo Casado a estos cuatro etarras.

Asimismo, tendrán que abonar de forma conjunta y solidaria al Consorcio de Compensación de Seguros 62.730 euros. 

El tribunal también les prohíbe comunicarse y aproximarse a la viuda y la hija de Máximo Casado, así como acudir a la ciudad de Vitoria, durante cinco años. 

La sentencia, con fecha de hoy, está firmada por los magistrados Francisco Javier Vieira Morante (presidente del tribunal), María Riera Ocáriz, y Jesús Eduardo Gutiérrez Gómez, que ha sido el ponente.

Contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El juicio tuvo lugar el 23 y el 24 de septiembre, y los cuatro etarras se negaron a declarar.

Uno por uno, los cuatro dijeron en euskera que no iban a responder a ninguna pregunta ni a participar en la vista oral. El fiscal, José Javier Polo Rodríguez, pidió al tribunal formular las cuestiones que quería plantear a los acusados, para que constaran en acta.

LAS PENAS SOLICITADAS

El fiscal reclamó para cada uno 25 años por asesinato terrorista, 15 años por estragos terroristas, y alternativamente, 3 años por daños terroristas.

La acusación particular, asistida por la letrada Vanessa María Santiago Ramírez, reclamó 27 años de prisión por asesinato terrorista, 17 años por estragos terroristas. Alternativamente, por el delito de daños terroristas solicitaba 3 años.

La acusación popular, que ejerce la Asociación de Víctimas del Terrorismo, pedía 30 años de prisión por asesinato consumado, y 3 años por daños terroristas.

La defensa reclamaba su absolución con toda clase de pronunciamientos favorables.

Los cuatro condenados están cumpliendo penas de prisión por otros crímenes.

Txapote, que fue detenido en Francia en 2001, también ha sido condenado, entre otros, por los asesinatos del concejal del PP de Ermua Miguel Ángel Blanco; el exdirigente socialista Fernando Buesa y su escolta, Jorge Diez Elorza; el dirigente socialista Fernando Múgica; el concejal del PP vasco Gregorio Ordóñez; el periodista José Luis López de Lacalle; y de los guardias civiles Irene Fernández Perera y José Ángel de Jesús Encinas.

‘LA VÍCTIMA FUE SELECCIONADA EXCLUSIVAMENTE POR SU CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE PRISIONES’

Máximo Casado.

El tribunal estima que debe aplicar la pena máxima para el delito de asesinato terrorista puesto que se trata de una muerte infligida sobre una persona de mediana edad, donde la víctima fue seleccionada exclusivamente en atención a su condición de funcionario de prisiones y dentro de la campaña que ETA había diseñado en aquella época de acciones contra “carceleros y poder judicial”.

Los magistrados relatan que a Máximo Casado se le había realizado un seguimiento y vigilancias precisas y concretas, y subraya que uno de los ya condenados anteriormente por estos hechos era vecino de la víctima, “lo que facilitó sobremanera la preparación del atentado”.

“Por otra parte, se trata de un atentado que se lleva a cabo como mecanismo para atemorizar al colectivo profesional y al conjunto de la sociedad, además de intentar obtener determinados fines políticos perseguidos por la banda terrorista ETA, a través del enorme dolor  que se causa con la muerte de una o varias personas”, indica el tribunal.

Y añade que se trató de un ataque con alevosía, una circunstancia agravante que deriva especialmente de la forma en la que se produjo el asesinato, mediante la colocación de una bomba lapa provista de un dispositivo de activación por el movimiento, que sorprendió indefenso y sin posibilidad de reaccionar a quien en ese momento iba a arrancar y poner en marcha su vehículo.

Según el relato de hechos probados, Txapote, Guridi Lasa, Arzalluz Goñi y Aguirrebarrena pertenecían al comando Ttotto de ETA que comenzó a actuar a finales de junio de 1999 en la zona de Álava.

Juan Carlos Subijana y Zigor Bravo, ya condenados, integraban el denominado comando de información.

Con los datos facilitados por Subijana y Bravo, Txapote -en aquel momento en Francia encuadrado en el aparato militar- ordenó a los otros tres condenados que atentaran contra este funcionario de prisiones en el curso de una campaña de la banda terrorista contra “el poder judicial y carceleros”.

Utilizando dicha información y cumpliendo las órdenes de Txapote, estos tres etarras colocaron un artefacto explosivo de tipo lapa a la altura del asiento del conductor del vehículo de la víctima, un Citroen Xsara de color azul, que se encontraba estacionado en el garaje comunitario de su vivienda.

El 22 de octubre del 2000, sobre las 7.45 horas, cuando Máximo Casado intentaba poner en marcha su coche, se produjo la explosión del artefacto que le ocasionó la muerte en los momentos inmediatamente posteriores.

La autoría de la acción fue reivindicada por ETA en comunicado, publicado en el diario ‘GARA’ el 19 de noviembre del 2000.

«Uno menos en la lista de casos sin resolver», ha señalado la abogada de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), Carmen Ladrón de Guevara, al conocer la sentencia.

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