Reclaman al Defensor del Pueblo que recurra ante el Constitucional el decreto que permite al Gobierno el control de Internet

16 / 01 / 2020 00:00

La llegada de Internet a España siempre ha generado recelos y episodios para coartar las libertades en la red.

Curiosamente siempre se ha ido a intentos de desjudicializar internet. Así pasó con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, con la Ley de Impulso de la Sociedad de información y diferentes leyes de propiedad intelectual.

“Siempre ha habido iniciativas de este signo por parte del Ejecutivo correspondiente y la sociedad civil ha sabido responder ante estos retos”, explica Carlos Sánchez Almeida, abogado experto en derecho tecnológico.

Este jurista es uno de los implicados en esta nueva iniciativa para frenar el RDLey 14/2019 de 31 de octubre.

Una coalición de organizaciones representativas de la defensa de derechos digitales, de internautas, consumidores y juristas presentaron este miércoles en el Defensor del Pueblo un escrito para que promover la nulidad por el Constitucional del RDLey 14/2019 de 31 de octubre que adopta medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.

Como ya anticipó hace unos días Confilegal este Real Decreto puede permitir por su redacción abierta el control de Internet por motivos de orden público. Entre los aspectos más preocupantes de esta norma se encuentra la modificación de la Ley General de Telecomunicaciones.

Dicha modificación podría permitir al Gobierno acordar la intervención de redes y servicios de comunicaciones electrónicas en supuestos excepcionales que pueden afectar al orden público, seguridad pública y seguridad nacional.

Una medida que según nos comentan podría afectar a cualquier infraestructura, recurso asociados o elemento o nivel de la red o del servicio que resulte necesario.

Tal y como está redactada la norma no haría falta la intervención judicial “pese a que el artículo 20 de la Constitución supedita el secuestro de cualquier publicación desde el control judicial”.

Las organizaciones firmantes como Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI); Asociación de Internautas (AI); Asociacion de Usuarios de Internet (AUI), Facua y juristas con una larga trayectoria en el mundo de la privacidad y regulación legal como David Bravo, Sergio Carrasco, Samuel Parra o Carlos Sánchez Almeida.

Junto a ellos también han participado los catedráticos en Derecho Constitucional Lorenzo Cotino de la Universidad de Valencia y Miguel Presno de la Universidad de Oviedo que han colaborado en la preparación del documento de forma conjunta hasta el documento final presentado este miércoles.

En una reunión que mantuvieron a continuación del registro del recurso con el propio Defensor del Pueblo en funciones Francisco Marugán, una representación de este colectivo formada por Miguel Pérez Subias de la AUI, Enric Luján de Criptica Asociación, Yolanda Quintana PDLI, Lorenzo Cotino, catedrático de derecho constitucional y el abogado experto en temas tecnológicos Carlos Sánchez Almeida “mostraron su preocupación por esta norma y las serias dudas en cuanto al ordenamiento constitucional vigente”.

Control judicial necesario

Para Sánchez Almeida “desjudicializar un espacio como Internet no es bueno ni da garantías a los ciudadanos. El poder judicial debe ser el supervisor que permita de forma restringida el secuestro de publicaciones o el pinchazo telefónico según marca la ley”.

Por su parte Lorenzo Cotino señalaba que “desde el punto de vista del derecho comparado el TEDH y los tribunales internacionales dejan claro que el acceso a Internet forma parte del derecho del acceso a la información y como una restricción grave de acceso requiere de garantías”.

A juicio de esta jurista “este tipo de garantías deberían ser judiciales e incluso en a nivel excepcional de otro tipo. En este caso que nos ocupa el problema que tenemos es que no contamos con una Ley clara. Esta norma no aclara a qué le da derecho el propio Gobierno».

«Y ese es uno de los más graves problemas”.

Cotino señala a Confilegal “que nadie discute que por motivos de seguridad los estados puedan tomar medidas sobre determinadas cuestiones».

«Pero esas medidas deben ser claras y definir bien qué se puede hacer, quién puede hacerlo y en qué condiciones y bajo qué circunstancias. En este caso este RDecreto Ley no es nada claro”.

Además, considera que no se dan las circunstancias de extraordinaria necesidad como señala el artículo 86 de la Constitución que justifique el uso de esta Decreto-Ley.

“Un decreto ley no puede regular una medida tan drástica como ésta. El texto es muy abierto y no deja claro hasta qué punto se podría intervenir Internet”. 

Las reacciones a este decretazo digital no se han hecho esperar desde que fue publicado el pasado 5 de noviembre en el BOE, a juicio de los demandantes de carácter arbitrario al no haber pasado por el preceptivo debate parlamentario ni enmiendas e intrusivo por su notable repercusión que tiene dicho RDecreto Ley para derechos fundamentales y las libertades públicas.

En opinión de Sánchez Almeida, uno de los portavoces de esta iniciativa “sería bueno que esta nueva legislación, hoy en vigor, se someta a un análisis detallado del Tribunal Constitucional para que valore las profundas implicaciones que este pie legal tiene”.

En ese documento al que ha tenido acceso Confilegal se detallan los argumentos legales de cara a que el Defensor del Pueblo interponga un recurso de inconstitucionalidad para que la norma sea declarada nula.

“Creemos que hay sólidos argumentos jurídicos para que se recurra y se declara inconstitucional”, aclara Yolanda Quintana, secretaria general de la PDLI.

En opinión de esta plataforma “este Real Decreto Ley podría vulnerar los artículos 18.3; 20.1, 20.2, 20.5 y 86.1 de la Constitución Española”.

Como medida alternativa, este colectivo va a mantener en los próximos días reuniones con los nuevos responsables del Gobierno a nivel de sociedad digital, adscritos a la Vicepresidencia de Nadia Calviño para analizar este tema y otros retos a nivel digital que están sobre la mesa.

Una plataforma ciudadana similar, también coordinada por la PDLI se puso en marcha hace algo menos de un año para frenar la interpretación del articulo 58.1 de la Ley Orgánica Electoral (LOREG) que facilitada a los partidos políticos el perfilado de los datos de los ciudadanos.

El Tribunal Constitucional tumbaría dicho artículo tras la intercesión del Defensor del Pueblo. De nuevo, la sociedad civil se pone en marcha para frenar las ansias del Ejecutivo de controlar Internet.

Noticias relacionadas:

El TC digitaliza el recurso de amparo: un solo documento electrónico sustituirá al actual sistema en septiembre

«Jubilarse o tener médico»: el dilema imposible que MUFACE impone a la mujer de un cónsul español en Argentina

El Tribunal Constitucional avala la Ley de Vivienda y rechaza el recurso del Parlament de Cataluña

El TC valorará si la negativa de Sánchez a declarar por el accidente de Adamuz vulnera la Constitución

Opinión | Un tribunal de amparo… que no ampara: Yo acuso

Hipotecados Activos pide al Defensor del Pueblo que recurra ante el Constitucional las sentencias del Tribunal Supremo sobre el IRPH

Lo último en Política

abuso sexual menores

La UE acuerda ampliar los delitos de abuso sexual infantil, endurecer las penas y prolongar los plazos de prescripción

Víctor e Isabel

Afianza Legal refuerza su músculo en Familia integrando la firma Winkels Abogados

Concepción Pilar Barrio Del Olmo + Teresa López López

Fundación Notariado y FADEMUR sellan un convenio para llevar asesoramiento jurídico a las mujeres del medio rural

Félix Bolaños

Bolaños señala un «retroceso muy importante» del catalán, euskera y gallego en la Administración de Justicia

Pirateo

Una empresa multinacional de ciberseguridad detecta más de 4.000 webs falsas creadas para influir en las elecciones de noviembre en EE.UU.