La Audiencia de Navarra confirma la apertura de juicio al expresidente del Osasuna Pachi Izco por la salida de 926.611 euros sin justificar
El tribunal ratifica los indicios de delito apreciados por el juez instructor en su resolución del pasado junio.

La Audiencia de Navarra confirma la apertura de juicio al expresidente del Osasuna Pachi Izco por la salida de 926.611 euros sin justificar

También serán juzgados el exgerente Ángel Vizcay y el exauditor Adolfo Suárez Lopetegui
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02/3/2020 14:19
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Actualizado: 02/3/2020 14:33
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La Audiencia de Navarra ha confirmado la existencia de los indicios de delito apreciados por el juez instructor para juzgar al expresidente del Osasuna Pachi Izco, por la salida de las cuentas del club de 926.611 euros sin justificar.

En sendas resoluciones, contra las que no cabe recurso, el tribunal de la Sección Primera también ratifica los motivos esgrimidos en junio de 2019 por el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona para enjuiciar al exgerente Ángel Vizcay y al exauditor Adolfo Suárez Lopetegui.

Asimismo, en otra resolución también ya firme, rechaza el recurso interpuesto por el Osasuna, que reclamaba que tanto a Izco como a Vizcay se les imputase por un supuesto delito de administración desleal o, en su caso de apropiación indebida, por importe de 7.105.057 euros.

Tras la investigación, el juez instructor concluyó que entre los años 2003 a 2012, Izco “dispuso o autorizó” que se dispusieran de 500.000 euros aproximadamente extraídos en metálico de las cuentas del club sin que se hubieran hallado “evidencias del destino dado a esa cantidad de dinero”.

El magistrado expuso que existen indicios de que parte de ese dinero fue recibido por el investigado, que firmó los correspondientes recibos “en su propio beneficio o en el de terceras personas no identificadas”, así como de que otra parte de esa cantidad fue usada “por el investigado para gastos propios no relacionados con su actividad” de presidente del Osasuna.

Según relató, otra parte fue usada por el imputado, en España y en el extranjero, para gastos propios en hoteles, tiendas de ropa de hombre, mujer y niño, tiendas de lencería, vinotecas y
otros establecimientos de alimentación, perfumerías, restaurantes, un crucero por el Caribe e, incluso, en una ITV, gastos no relacionados con su actividad como presidente del Osasuna y para los cuales no contaba con autorización de los órganos de representación de la entidad; y que otra parte de dicho dinero fue incorporado por el mencionado investigado a su
patrimonio a modo de sueldo mensual, cuando ningún precepto estatuario le autorizaba a percibir sueldos de la entidad ni ningún acuerdo social autorizó el pago de dichas cantidades.

El magistrado también estimó que había indicios de que en elverano de 2011, Izco “cogió de la caja del club 76.611 €”, que fueron contabilizados bajo el concepto de “pago a agente”, conforme a la indicaciones dadas por el mandatario, “sin que exista ninguna justificación documental del destino dado a dicha cantidad”.

Con la finalidad de ocultar las “irregularidades”, según el juez instructor, Izco “ordenó e impulso la realización de actuaciones necesarias para esconder dicha realidad de forma que la contabilidad del club no reflejara la imagen fiel de la situación económica y financiera”.

325.000 EUROS ‘COMO GRATIFICACIÓN’

El magistrado instructor también apreció que el auditor nombrado por Izco, el también investigado Adolfo Suárez Lopetegui, quien conocía la existencia de esas salidas de dinero sin justificación, “aceptó encubrir dichas irregularidades en las sucesivas auditorías que realizó a la entidad».

El juez consideró que por este motivo percibió «como gratificación» 325.000 euros de las arcas del club el año en que Izco cesó como presidente.

Según relató el juez en el auto, esta cantidad fue recibida por el auditor a través de una entidad mercantil de nacionalidad holandesa, Castelino BV, con la que Suárez tenía fuertes vinculaciones.

En total, el Osasuna habría pagado 350.000 euros, de los que 25.000 -el 7%- fueron detraídos por parte de la entidad mercantil en concepto de comisión por la intermediación
prestada.

Las defensas de Izco, Vizcay y Suárez recurrieron las resoluciones del magistrado instructor ante la Audiencia de Navarra, que ha desestimado sus alegaciones.

Respecto al recurso de Izco, el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia se remite al relato de hechos imputados por el juez instructor, que, según el tribunal, sesustentó en “indicios suficientes del ahora recurrente en las disposiciones patrimoniales referidas”.

“A tal efecto debe decirse que incluso se reconoce por el propio investigado que existen recibos que reflejan retiradas en efectivo de dinero, y que
fueron firmados» por Izco, «lo que ha sido ratificado por prueba pericial caligráfica”, explica el tribunal.

Abunda en la existencia de evidencias en relación a lo que se denomina salario mensual, “pues al margen de la tarjeta corporativa, existen indicios de la retirada por parte del investigado de una cantidad mensual en efectivo”, que no está justificada.

En relación con la partida correspondiente “a pago a agente”, la Audiencia asegura que no hay “contrapartida o justificante alguno de ese gasto”.

Respecto a la transferencia de 350.000 euros a Castelino, los magistrados se basan en las declaraciones de dos exresponsables económicos del club para asegurar que, aunque Izco no firmó dicha entrega, “se dispuso su pago por orden expresa del mismo”.

Para no levantar sospechas sobre la posible ilicitud del pago, el juez explicaba en su resolución que Castelino emitió un contrato falso que recogía unos supuestos servicios «realmente no prestados» para la contratación del jugador Jukka Raitala, cedido gratuitamente a Osasuna por su club de origen.

Estos documentos, según el tribunal, fueron utilizados por el club y por el auditor para justificar el pago de 350.000 euros, que se efectuó por orden de Izco, previa firma del presunto contrato por parte del entonces gerente, el investigado Ángel Vizcay, «respecto del cual existen indicios racionales de que era conocedor de la finalidad última de dicha transferencia».

APROPIACIÓN INDEBIDA O DELITO SOCIETARIO 

El tribunal concluye que las disposiciones patrimoniales no están debidamente justificadas, “ante lo cual es evidente la existencia de indicios de responsabilidad criminal que refleja” el juez
instructor, que bien pueden ser constitutivos de un delito de apropiación indebida o de un delito societario.

Respecto a Adolfo Suárez Lopetegui, el tribunal ratifica la investigación del juez instructor al considerar que su conducta podría ser constitutiva de un supuesto delito de administración desleal o de apropiación indebida o de blanqueo, “a título de cooperador necesario o de cómplice”.

En relación al recurso interpuesto por la defensa de Vizcay, el tribunal aprecia indicios de la participación del mismo en el contrato de 20 de julio de 2011 con el que se pretendía
amparar el pago de 350.000 € de Osasuna a Castelino BV.

El tribunal afirma que “la realidad de la firma es un hecho indiscutido y con su firma se permitió la salida de dinero” de Osasuna, y rechaza, debido a su cargo de gerente, la alegación del
investigado de que desconocía el destino dado al dinero.

TAMBIÉN HA SIDO JUZGADO EL SUCESOR DE IZCO EN LA PRESIDENCIA POR EL ‘CASO OSASUNA’

El pasado viernes quedó visto para sentencia el juicio en la Audiencia de Navarra a seis exdirectivos del Osasuna, tres exjugadores del Betis y dos agentes inmobiliarios por el supuesto amaño de dos partidos en la temporada 2013-14.

Entre ellos está el sucesor de Izco en la presidencia del Osusana, Miguel Archanco, para quien la Fiscalía pide 5 años y 11 meses de cárcel, y el exgerente Ángel Vizcay, para quien reclama la misma pena.

El tribunal ha absuelto al exjugador del Betis Jordi Figueras del delito de corrupción deportiva del que le acusaban el Ministerio Fiscal y la Liga de Fútbol Profesional.

Antes de dejar visto para sentencia el juicio, la presidenta del tribunal, Raquel Fernandino Nosti, tomó la palabra para adelantar el fallo respecto a Figueras.

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