La consejera de Justicia de Cataluña opina que el Supremo «coacciona» a las Juntas de Tratamiento de las prisiones en las que están los condenados por el «procés»
En la foto, la actual consejera de Justicia de la Generalitat de Cataluña, Ester Capella. Foto: EP.

La consejera de Justicia de Cataluña opina que el Supremo «coacciona» a las Juntas de Tratamiento de las prisiones en las que están los condenados por el «procés»

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01/4/2020 06:35
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Actualizado: 03/4/2020 12:45
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Ester Capella, consejera de Justicia de la Generalitat de Cataluña, opina que el Tribunal Supremo ha amenazado y coaccionado a los funcionarios que conforman las Juntas de Tratamiento de los centros penitenciarios en los que están cumpliendo sus condenas los condenados por el «caso del procés».

«No podemos tolerar amenazas y coacciones a las juntas de tratamiento de los centros penitenciarios de Cataluña», afirmó ayer la exdiputada nacional de ERC. 

En un vídeo recogido por Europa Press, la consejera defendió que los funcionarios de cárceles y los que forman parte de las Juntas de Tratamiento actúan «con independencia, con criterios objetivos y siempre teniendo en cuenta lo que dice la ley».

La  Sala que enjuició a los condenados, pocas horas antes advirtió que si dichas Juntas de Tratamiento acordaban la excarcelación de los condenados para que cumplieran el confinamiento en sus domicilios, se dirigiría a cada una de esas Juntas y al director de las prisiones “para que a la mayor brevedad expliquen el fundamento jurídico que justifica esa decisión e identifiquen de forma nominal a los funcionarios que han apoyado ese acuerdo”.

Y añadió que “ello se enmarcaría en la exigencia de responsabilidades penales por la posible comisión de un delito de prevaricación”.

El Supremo hizo esta advertencia tras escuchar las declaraciones de Capella, realizadas por la mañana, quien dijo que las Juntas de Tratamiento estudiarían ese día si la situación de emergencia por el Covid-19 permitía que más presos pasen el confinamiento en su casa, entre ellos a los que se les aplica el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

Los nueve presos por el ‘procés’, los condenados por sedición, obtuvieron antes de la pandemia la flexibilización del segundo grado en aplicación de este artículo, lo que les permitió ir a trabajar fuera de la prisión, cuidar de algún familiar o ejercer labores de voluntariado durante la semana.

Capella criticó después que, de los 101 presos que gozan del artículo 100.2 y están en segundo grado, el Supremo solo se refiera a los dirigentes independentistas encarcelados: «¿Es que no tienen los mismos derechos que todos? ¿No es igual la ley para todo el mundo? En un estado de derecho resulta inaudito que un tribunal se pronuncie de forma anticipada sin que tenga una resolución por resolver y a través de una nota de prensa».

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