Foro Judicial Independiente denuncia que el vicepresidente Pablo Iglesias ‘no respeta la separación de poderes’
Concepción Rodríguez, presidenta de FJI, destaca que "la separación de poderes debe ser respetada por todos, especialmente por quien encarna uno de los poderes del Estado como es el vicepresidente". Foto: EP

Foro Judicial Independiente denuncia que el vicepresidente Pablo Iglesias ‘no respeta la separación de poderes’

Se pronuncia así por el tuit de Iglesias sobre la condena impuesta a Isabel Serra
|
23/4/2020 12:47
|
Actualizado: 23/4/2020 12:59
|

La asociación Foro Judicial Independiente (FJI) ha denunciado hoy que el vicepresidente Pablo Iglesias, y el portavoz de Podemos en el Congreso de los Diputados, Pablo Echenique, «no respetan la separación de poderes».

Se pronuncia así ante las declaraciones efectuadas ayer por ambos tras conocer que la diputada de Unidas Podemos en la Asamblea de Madrid Isabel Serra Sánchez ha sido condenada a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, y a una multa de 2.400 euros por un delito de leve de lesiones y un delito de daños, una pena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Iglesias reaccionó así en Twitter:

Echenique, por su parte, manifestó que el TSJM ha condenado «sin pruebas« a Serra «por manifestarse pacíficamente para intentar parar un desahucio de una persona con discapacidad».

«Obviamente recuriremos, pero yo pensaba que los jueces estaban para impartir justicia. Qué vergüenza», añadió.

«La separación de poderes debe ser respetada por todos, especialmente por quien encarna uno de los poderes del Estado como es el vicepresidente del Gobierno», destaca en Confilegal la presidenta de Foro Judicial Independiente, la magistrada Concepción Rodríguez.

Denuncia que las manifestaciones de Iglesias «suponen una clara injerencia del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial».

También señala que las declaraciones de Echenique afirmando que Serra fue condenada «sin pruebas» podrían ser incluso «un delito de calumnias, a la vista de la sentencia dictada por el TSJM».

Foro Judicial Independiente ha publicado hoy un comunicado en el que hace hincapié en que pese a la declaración del estado de alarma, «la separación de poderes es consustancial en todo Estado democrático, y debe ser respetada por todos, especialmente por quien encarna uno de los poderes del Estado».

Esta asociación recuerda que Serra ha sido condenada por un delito de atentado, un delito leve de lesiones y un delito de daños, mientras que ha sido absuelta de un delito de desórdenes públicos.

También recuerda que la sentencia no es firme y que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Destaca que «sin perjuicio del derecho a la crítica a las resoluciones judiciales, esta sentencia, de 70 páginas, está «claramente motivada».

Además, indica que Isabel Serra ha sido enjuiciada por la Sala de lo Penal del TSJM como aforada «de forma especial y privilegiada, dada su condición de diputada de la Asamblea de Madrid, condición adquirida con posterioridad a los hechos».

Esta asociación insiste en que «la Ley es igual para todos los ciudadanos, dado que sin distinción alguna de condición, cargo u oficio nos encontramos sujetos al principio de legalidad».

ISABEL SERRA: ‘ME CONDENAN POR MANIFESTARME CONTRA UN DESAHUCIO. ES UNA SENTENCIA DESPROPORCIONADA E INJUSTA’

Isabel Serra dijo ayer que la condenan «por manifestarme contra un desahucio».

Afirma que es una sentencia «desproporcionada e injusta».

«Isa Serra ayudó a parar un desahucio de una persona con discapacidad. Actuó en defensa de los Derechos Humanos y del Art.47 de la Constitución, que protege el derecho a la vivienda. Ni Isa ni ninguna persona que en España luche contra las injusticias estaréis solas. Somos más», publicó la ministra de Igualdad, Irene Montero.

LA SENTENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a Isabel Serra a un año y siete meses de prisiónpor un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en una protesta contra un desahucio en enero de 2014 en el madrileño barrio de Lavapiés.

También la ha sentenciado por un delito leve de lesiones a una multa de 1.200 euros (cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros) y por un delito de daños con otra multa de 1.200. 

La ha absuelto del delito de desórdenes públicos del que también fue acusada, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.

Además, Isabel Serra tendrá que indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle 4.850 euros y a otro 400 euros.

Esta sentencia, número 66/2020, de 10 de marzo de 2020, la firman los magistrados Celso Rodríguez Padrón (presidente del tribunal y del TSJM), Eduardo de Urbano Castrillo, y Francisco José Goyena Salgado, que ha sido el ponente.

Los magistrados consideran que en el juicio, celebrado el pasado febrero, ha quedado acreditado que Serra formaba parte del grupo de personas que al término del citado desahucio del 31 de enero de 2014 increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

Según manifiestan, Isabel Serra “integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’.

Señalan que a otra agente de Policía le lanzó frases como: “Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales”; y“vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro”.

Los magistrados exponen que “además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Explican que como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos: Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

El tribunal señala que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa.

Ahora bien, destaca que al igual que otros derechos fundamentales, “su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial