La Fiscalía se opone a que Bassa salga de la cárcel para cuidar a su madre
Dolors Bassa fue condenada el pasado octubre por el Tribunal Supremo a 12 años de cárcel y de inhabilitación por un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía. Foto: EP

Bassa saldrá de prisión para trabajar en una residencia

Hasta ahora tenía permiso de salida para cuidar de su madre, que fue suspendido por el confinamiento, ahora trabajará en servicios esenciales

24 / 04 / 2020 13:09

Actualizado el 24 / 04 / 2020 13:16

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La exconsejera catalana Dolors Bassa, condenada a 12 años de cárcel y de inhabilitación por el ‘procés’, podrá salir de prisión para trabajar en servicios esenciales.

Trabajará en una residencia de mayores.

La Junta de tratamiento de la cárcel de Puig de les Basses, en Figueres (Gerona), donde está interna, ha acordado modificar su uso del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que hasta ahora utilizaba para cuidar de su madre y que fue suspendido por el confinamiento.

La secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima ha detallado que Bassa podrá salir de la cárcel cinco días a la semana, de lunes a viernes, para una jornada laboral de seis horas diarias.

Usará los permisos de salida por el 100.2 para trabajar en una empresa que presta servicios esenciales. Los internos con estos permisos pueden disfrutarlos durante el confinamiento, mientras que no se les permite salir para cuidar de personas dependientes o hacer voluntariados.

Estas salidas son de aplicación inmediata aunque necesitan de una aprobación posterior del juez de vigilancia penitenciaria, previa consulta a la Fiscalía.

En el caso de Bassa, el juez ya ratificó el permiso para cuidar de un familiar, pero las salidas quedaron suspendidas para evitar contagios durante el estado de alarma.

Una vez se levantó el confinamiento para una parte de los trabajadores no esenciales, las prisiones también permitieron reanudar las salidas de los internos con permisos para trabajar, usando el artículo 100.2, si eran empleados de sectores que ya habían retomado la actividad.

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