A prisión una mujer de Salamanca por impedir reiteradamente que su expareja viera a la hija

A prisión una mujer de Salamanca por impedir reiteradamente que su expareja viera a la hija

Tras denegarle el Ministerio de Justicia el indulto que pidió tras ser condenada a 6 meses por desobediencia

1 / 07 / 2020 10:48

Actualizado el 02 / 06 / 2021 14:29

Una mujer de Salamanca, Alicia Espinosa Martín, ingresó el pasado lunes en la cárcel de Aranjuez, en Madrid, donde cumplirá una condena de 6 meses por un delito de desobediencia impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca, tras no permitir a su expareja ver a la hija común conforme al régimen de visitas establecido por el Juzgado de Familia.

Su ingreso en prisión ha sido ordenado por el Juzgado, en cumplimiento de una condena aceptada por ella, y que la juez dejó en suspenso ante la ausencia de antecedentes penales, apercibiéndola de que si cometía cualquier delito o volvía a incumplir el régimen de visitas, se revocaría la suspensión del ingreso en prisión.

No obstante, la condenada siguió sin respetar la resolución judicial que fija el régimen de visitas, por lo que, tal y como había sido advertida, el Juzgado revocó la suspensión de la pena y ordenó su ingreso en prisión.

La condenada recurrió la decisión ante la Audiencia Provincial de Salamanca, que desestimó su recurso y confirmó la resolución del Juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca.

Entonces, la condenada solicitó el indulto al Gobierno, y pidió de nuevo que se suspendiera su ingreso en prisión hasta que el Ejecutivo resolviera, a lo que accedió el Juzgado.

Recientemente, el Ministerio de Justicia le ha denegado el indulto. Por ello, recibida la comunicación, la Justicia ha dado cumplimiento a la sentencia y ha ordenado su ingreso en prisión.

La condenada, madre de tres niñas, difundió el pasado 23 de junio un vídeo en el que lee una carta dirigida a su hija de 9 años, en el que anunciaba que el lunes entraría en prisión durante seis meses, a pesar de no tener antecedentes, y por negarse a facilitar que su expareja viera a una de las niñas, al que llama de maltratador.

“Espero que muy pronto la Justicia sea Justicia y en vez de ver en mí una madre nefasta por no obligar a su hija a estar con mi maltratador, vean a un maltratador que sigue maltratando”, manifiesta en ella.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), tras diversas informaciones publicadas en medios de comunicación y en redes sociales sobre el ingreso en prisión de esta individua, ha informado que la condenada ha incumplido de manera reiterada con los distintos regímenes de visitas que se han ido fijando desde 2012, obstaculizando la relación entre el padre y la menor, y haciendo imposible los encuentros entre ambos en el punto de encuentro familiar fijado en los términos acordados en distintas resoluciones judiciales.

Indica que esta actitud obstruccionista ha sido reflejada en sus informes por los profesionales del punto de encuentro familiar, en el que deben tener lugar los encuentros entre padre e hija, y del equipo psicosocial adscrito a los Juzgados.

Asimismo, informa que como consecuencia de los incumplimientos, la progenitora ha sido multada en varias ocasiones, requerida para que obedeciera las resoluciones judiciales, y advertida de que, de persistir en su comportamiento, podría estar incurriendo en un delito de desobediencia.

El TSJCyL informa que pese a las advertencias del Juzgado de Familia de Salamanca, la condenada ha incumplido el régimen de visitas.

Según explica, en 2015, y por la conducta obstativa de la madre que impedía cumplir las fases del plan de visitas establecido conforme a los criterios de los profesionales, el Juzgado dictó una providencia y reclamó un nuevo informe sobre la evolución de la relación paterno-filial.

Añade que en 2018, el Juzgado de Familia sumó una nueva sentencia en base al acuerdo alcanzado entre los progenitores, que pactaron entonces un nuevo régimen de visitas en el que el padre podría ver a su hija dos días entre semana, fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones.

La juez validó el acuerdo, pero estableció que se siguiese cumpliendo en el punto de encuentro familiar bajo la supervisión de los profesionales.

En octubre de 2019 hubo una nueva modificación de medidas, se mantuvo la guarda y custodia de la menor, y se acordó en ese momento remitir a la niña a terapia psicológica, explica el TSJCyL.

El TSJCyL informa que durante estos años varios de los incumplimientos del régimen de visitas han motivado que a la madre se le abran distintos procedimientos en los Juzgados de lo Penal por un supuesto delito de desobediencia.

Uno de ellos ya llegó a juicio, y tras alcanzar un acuerdo de conformidad con el fiscal por el cual reconoció los hechos y se benefició de una rebaja en la petición de pena, que fue ratificado ante la juez, fue condenada a esta pena de 6 meses de cárcel.

Informa también que la condenada tiene pendiente al menos otro juicio, también por otro supuesto delito de desobediencia.

El TJSCyL explica que cuando el Juzgado de Familia ha tenido conocimiento de su ingreso en el centro penitenciario, ha oficiado a los servicios sociales para que velen por la niña.

Por otra parte, el TSJCyL también destaca que en los Juzgados no constan denuncias por maltrato contra su expareja. 

Asimismo, indica que los expertos del equipo psicosocial, que han valorado a la menor tras entrevistarse con ella y con el resto de los miembros del núcleo familiar, no creen que la niña haya sido agredida por su padre.

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