Condenados dos tuiteros por injurias graves a los guardias civiles supuestamente asesinados por Igor el ruso
Norbert Feher, alias 'Igor el ruso', se enfrentará a 8 peticiones de prisión permanente revisable por el triple crimen de Andorra. Foto: EP

Condenados dos tuiteros por injurias graves a los guardias civiles supuestamente asesinados por Igor el ruso

La Audiencia Provincial de Teruel les ha impuesto una multa de 4.320 euros a cada uno
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10/7/2020 10:12
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Actualizado: 06/4/2021 11:29
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La Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a dos tuiteros a una multa de 4.320 euros a cada uno por un delito de injurias graves a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por sus tuits injuriosos hacia los guardias civiles presuntamente asesinados por Norbert Feher, alias Igor el Ruso, en diciembre de 2017 en Andorra (Teruel), Víctor Romero, de 30 años, y Víctor Jesús Caballero, de 38, que pertenecían al puesto de Alcañiz.

Uno de los condenados publicó en Twitter al conocerse los asesinatos: “Pues que hubieran estudiado en vez de alistarse en un cuerpo militar de matón y ablandaabuelas”. “Me cago en la memoria de estos perros bastardos”, publicó en Facebook el otro de los condenados.

En otros mensajes compararon a la Guardia Civil con «los heroinómanos de los 80», y decían que todos los guardias civiles «deben estar muertos».

El tribunal, presidido por el magistrado Fermín Hernández Gironella, ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Jorge Piedrafita, abogado de Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), que representa a la viuda e hija del agente Víctor Romero, y ha revocado la absolución a dos de los cuatro investigados por sus tuits injuriosos hacia los agentes fallecidos, vertidos en redes sociales al poco de conocerse su asesinato a tiros.

El tribunal considera que sus comentarios suponen “un descrédito sin fundamento hacia los miembros de la Guardia Civil que pueden llegar a dañar la confianza de todos en esta institución a la que injuriaron y ofendieron, y más teniendo en cuenta el contexto en que se vertieron”.

En la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Teresa Rivera y que cuenta con un voto discrepante de una de las integrantes del tribunal, se destaca que al penalizar las injurias a las Fuerzas de Seguridad se intenta proteger los valores de las instituciones públicas, “la dignidad, el prestigio y la autoridad moral”, habiendo “sobrepasado” los dos condenados “el límite de la libertad de expresión con locuciones que atentan gravemente contra dichos valores”.

Los magistrados subrayan que entre los límites a la libertad de expresión está el “necesario respeto a la honorabilidad y reputación de la Institución de la Guardia Civil, evitando que éstas queden a merced, sin límite, de cualesquiera ultrajes de quien actúa en el escenario público”.

El tribunal considera que la “gravedad de dichas expresiones es reprochable tanto a nivel vulgar como social y jurídico, pues las palabras vertidas por ambos acusados conllevan una inmensa falta de respeto por la especial denigración que suponen para la Institución de la Guardia Civil a la que hacen desmerecer en la consideración ajena”.

«Los dos sabían que sus manifestaciones llegarían a la sociedad en general y que acabarían siendo conocidas por sus familiares y por el cuerpo policial en general, dado, como se ha indicado, que el momento puntual y de especial sensibilidad social en que fueron vertidas suponía una mayor intensidad aflictiva», añade.

En su voto particular discrepante, la magistrada María de los Desamparados Cerdá defiende que se debieron confirmar todas las absoluciones. Señala que para condenar por injurias a las Fuerzas de Seguridad “no basta con que se pueda apreciar una especie injuriosa, por repugnante y ofensiva que sea”, pues lo que se protege penalmente “no es el honor de una persona ni la dignidad de un grupo de ciudadanos vulnerable”, sino que es necesario que esas expresiones injuriosas “se viertan en circunstancias que permitan apreciar perjuicio al prestigio y la confianza de los ciudadanos en el Instituto Armado”.

Para la magistrada, la “elevada consideración de prestigio y legitimación democrática” de la que goza la Guardia Civil “difícilmente puede verse afectada por manifestaciones como las comprendidas”.

La AEGC había recurrido la sentencia dictada el pasado diciembre por el Juzgado de lo Penal de Teruel, al considerar que «los cuatro investigados habían cometido tres delitos contra los guardias civiles y sus familiares: delito de odio por ser víctimas de delito violento, delito de injurias graves por ser miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y delito de injurias graves a funcionarios públicos».

«El Juzgado de lo Penal no reconoció ninguno de ellos y ahora la Audiencia Provincial nos da la razón en el delito de injurias por parte de dos de los tuiteros condenándolos a una multa», ha señalado la AEGC en un comunicado.

Según señala a Confilegal el letrado Jorge Piedrafita, «los magistrados mantienen la sentencia del Juzgado de lo Penal que consideró que los miembros de la Guardia Civil no pueden ser víctimas del delito de odio y que las injurias personales vertidas contra los agentes no tienen relevancia penal al haber fallecido y pueden ser perseguidas por la vía civil».

Por ello, Jorge Piedrafita está «medianamente satisfecho» con esta sentencia.

«Se corrige una errónea decisión del Juzgado de lo Penal, que implicaba que injuriar gravemente a estos dos agentes ejemplares de la guardia civil fallecidos en acto de servicio quedara impune, y de esta forma asienta lo defendido por esta acusación de que la libertad de expresión no es un derecho absoluto ni implica patente de corso para insultar e injuriar gravemente sin ninguna justificación a los guardias civiles, servidores públicos que salvaguardan los derechos de toda la ciudadanía, incluidos los de aquellos que los injurian», señala Piedrafita.

No está satisfecho del todo con esta nueva sentencia. Denuncia que «deja a los guardias civiles completamente indefensos ante cualquier ataque de odio contra ellos».

Por ello, la AEGC estudia recurrirla en casación ante el Tribunal Supremo «para salvaguardar los derechos de los guardias civiles».

«Lo que venimos pidiendo desde AEGC no es una trivialidad porque implica pasar de una condena máxima de 4 años de prisión a una simple multa. En la AEGC no entendemos que verter insultos o injurias contra un ciudadano sí tenga una consideración de delito de odio y en cambio si esas mismas injurias e insultos se hacen contra un miembro de esta Institución se considere que van incluidas en el sueldo», manifiesta la asociación.

IGOR EL RUSO, CONDENADO RECIENTEMENTE A 8 AÑOS DE CÁRCEL Y EL PASADO ENERO A 21 AÑOS

Igor el ruso ha sido condenado recientemente a 8 años de cárcel por robar en casas de campo y matar a un perro.

El Juzgado de lo Penal de Teruel le ha impuesto como autor de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas y en casa habitada, con la agravante de reincidencia, se le ha impuesto cinco años de prisión; como autor de un delito continuado de daños una multa de veinte meses, con una cuota diaria de 10 euros, y por el delito de maltrato animal dieciocho meses de prisión.

En uno de los ‘masicos’ que entró fue en el del ganadero José Luis Iranzo, el 13 de diciembre de 2017, situado en el paraje ‘El Saso’ de Andorra’.

Al día siguiente, el 14 de diciembre, Feher presuntamente disparó contra José Luis Iranzo, y los guardias civiles Víctor Romero y Víctor Jesús Caballero, causando la muerte a los tres.

Por estos hechos, se encuentra a la espera de juicio.

En febrero de este año también fue condenado por la Audiencia Provincial de Teruel a 21 años de cárcel por dos delitos de tentativa de homicidio y tenencia ilícita de armas.

Como responsabilidad civil, le impuso que indemnizara a los dos perjudicados con 82.618,76 euros a uno, y con 26.605,99 euros al otro, y al Hospital Comarcal de Alcañíz, con 7.596,59 euros.

Estos hechos ocurrieron días antes del triple crimen de Andorra.

Norbert Feher disparó varias veces contra dos vecinos de Albalate del Arzobispo (Teruel), Manuel Andreu y Manuel Marcuello, resultando heridos, tras entrar a robar a la casa de uno de ellos.

LA FISCALÍA PIDE PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE POR EL TRIPLE CRIMEN EN ANDORRA

El 14 de diciembre de 2017 José Luis Iranzo acudió a una explotación agrícola en el paraje de ‘El Saso’, propiedad de la familia, para recoger a su padre. Fue al entrar en la vivienda cuando, al parecer, Norbert Feher le disparo con una pistola causándole la muerte.

Poco después, y tras recibir el aviso, cinco agentes de la Guardia Civil guiados por un vecino de Andorra, se dirigieron al ‘Mas del Saso’, lugar donde supuestamente se habían oído los disparos.

Cuando los cinco guardias civiles rastreaban la zona encontraron en el masico ‘Mas de Zumino’ el vehículo utilizado por Feher para huir.

Tres de ellos continuaron la búsqueda en dirección a ‘Mas el Saso’, mientras que otros dos se quedaron inspeccionando el vehículo.

En ese momento, los dos agentes fueron sorprendidos por el encausado quien presuntamente les disparó varias veces por la espalda, de forma indiscriminada, utilizando las dos pistolas que llevaba, una en cada mano.

Como resultado de los disparos los dos agentes, Víctor Jesús Caballero y Víctor Romero resultaron heridos mortalmente.

Según consta en el auto, el fiscal considera que los hechos ocurridos son constitutivos de tres delitos de asesinato con alevosía en concurso con dos delitos de atentado, tres delitos de robo con violencia y un delito de tenencia ilícita de armas.

Por los asesinatos, el Ministerio Público pide que se imponga al acusado la pena de prisión permanente revisable, por los delitos de robo con violencia 4 años de prisión por cada uno de ellos y por tenencia ilícita de armas la pena de 3 años de prisión.

Se enfrentará a 8 peticiones de prisión permanente revisable.

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