Calderón presenta un incidente de nulidad de actuaciones ante el Supremo para ir en amparo ante el Constitucional contra el nombramiento de Berberoff
Sobre estas líneas, el magistrado Dimitry Berberoff, de 50 años, cuyo nombramiento impugnó Jesús Calderón y que llevará finalmente al Tribunal Constitucional en un recurso de amparo. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Calderón presenta un incidente de nulidad de actuaciones ante el Supremo para ir en amparo ante el Constitucional contra el nombramiento de Berberoff

Es el paso previo a la interposición de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
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11/7/2020 06:50
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Actualizado: 12/4/2021 10:54
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Jesús Calderón, magistrado de la Audiencia Nacional, interpuso ayer –era el último día– ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, un incidente de nulidad de actuaciones por vulneración de derechos fundamentales en relación a la sentencia que recientemente dio validez al nombramiento de Dimitry Berberoff Ayuda, como magistrado de esa Sala, realizado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial.

Este era un paso obligado para Calderon de cara a la interposición, ante el Tribunal Constitucional, de un recurso de amparo contra ese nombramiento, sobre el que ya avanzó su intención.

El pasado mes de junio, el Supremo se pronunció, por los pelos –3 votos contra 2–, por dar validez al nombramiento de Berberoff.

Votaron a favor el presidente de la Sala Tercera, Luis María Díez-Picazo Giménez, Eduardo Espín Templado y Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, que fue el ponente del tribunal.

En contra lo hicieron Nicolás Antonio Maurandi Guillén y Segundo Menéndez Pérez.

A pesar de un resultado tan corto, en la sentencia se optó por castigar a Calderón con el pago de 4.000 euros de costas.

Calderón considera que el tribunal, en el fallo favorable a Berberoff, no ha respondido de forma satisfactoria ni a la valoración del mérito y la capacidad de los candidatos –Berberoff, con 47 años, era el último de los 22 candidatos, por edad y experiencia– y porque no vale una motivación genérica como la que se ha argumentado en una sentencia tan profundamente dividida.

El magistrado considera que el voto particular, suscrito por dos de los magistrados, Nicolás Antonio Maurandi Guillén Segundo Menéndez Pérez, expresa crudamente la realidad de lo sucedido y es la base de su recurso de amparo.

Y cita uno de los párrafos de ese voto particular: La sentencia “asume la tesis de que se trata de una libertad tan extensa que se viene a traducir en la posibilidad de nombrar libremente a quien se decida, con tan sólo constatar que la persona elegida posee un nivel de excelencia jurisdiccional; y sin necesidad de justificar que fue analizada la trayectoria jurisdiccional de los restantes candidatos siguiendo las mismas pautas cualitativas de evaluación, ni de reflejar cuál fue el resultado que cada uno de ellos obtuvo en ese examen comparativo”.

Esa idea supone admitir que un poder del Estado, en lo que se refiere a cargos de contenido profesional y ajenos a cualquier elemento de confianza política, como son estos nombramientos, puede saltarse el derecho fundamental a la igualdad, opina Calderón.

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