La sentencia del Supremo favorable a Berberoff será recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional
El nombramiento de Dimitry Berberoff fue apoyado por 3 magistrados frente a 2 que se pronunciaron en contra, ese voto particular es la base del recurso de amparo que Jesús Calderón presentará ante el Tribunal Constitucional. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

La sentencia del Supremo favorable a Berberoff será recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional

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14/6/2020 00:50
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Actualizado: 12/4/2021 10:54
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El nombramiento de Dimitry Berberoff Ayuda, de 50 años, como magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, tras la sentencia favorable, está lejos de ser un caso cerrado.

Todo lo contrario.

Va a ser recurrido en amparo ante el Tribunal Constitucional, según confirmó ayer a Confilegal Jesús María Calderón, de 66 años, presidente de la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que fue quien impugnó el nombramiento de Berberoff.

Calderón considera que el tribunal, en el fallo favorable a Berberoff, no ha respondido de forma satisfactoria ni a la valoración del mérito y la capacidad de los candidatos –Berberoff, con 47 años, era el último de los 22 candidatos, por edad y experiencia– y porque no vale una motivación genérica como la que se ha argumentado en una sentencia tan profundamente dividida: 3 a 2.

«Voy a recurrir en amparo ante el Constitucional porque lo que está en juego es el sistema objetivo de nombramientos de los magistrados del Tribunal Supremo», explica el magistrado, cuyo preparador fue Javier Delgado Barrio, quien fuera presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo y magistrado del Tribunal Constitucional, y uno de los grandes referentes, por su «auctoritas», en la historia reciente de la carrera judicial. 

El magistrado considera que el voto particular, suscrito por dos de los magistrados, Nicolás Antonio Maurandi Guillén Segundo Menéndez Pérez, expresa crudamente la realidad de lo sucedido y es la base de su recurso de amparo.

Y cita uno de los párrafos de ese voto particular: La sentencia «asume la tesis de que se trata de una libertad tan extensa que se viene a traducir en la posibilidad de nombrar libremente a quien se decida, con tan sólo constatar que la persona elegida posee un nivel de excelencia jurisdiccional; y sin necesidad de justificar que fue analizada la trayectoria jurisdiccional de los restantes candidatos siguiendo las mismas pautas cualitativas de evaluación, ni de reflejar cuál fue el resultado que cada uno de ellos obtuvo en ese examen comparativo».

Esa idea supone admitir que un poder del Estado, en lo que se refiere a cargos de contenido profesional y ajenos a cualquier elemento de confianza política, como son estos nombramientos, puede saltarse el derecho fundamental a la igualdad, opina Calderón. 

«Un derecho que impone que cualquier nombramiento regido por los criterios de mérito y capacidad, constitucional y legalmente establecidos, vaya precedido del examen contrastado de todos los candidatos», lee literalmente.

«No es lo que ha ocurrido en este caso. Esto es, precisamente, sobre lo que pretendo que entre el Tribunal Constitucional y que se pronuncie», añade.

El tribunal ha estado formado por el presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo Giménez, Eduardo Espín Templado, Jorge Rodríguez-Zapata Pérez –los tres votaron a favor de Berberoff–, Nicolás Maurandi Guillén y Segundo Menéndez Pérez, que votaron en contra. 

Se da la curiosa circunstancia de que tanto Díez-Picazo como Espín Templado eran catedráticos y Rodríguez-Zapata letrado del Consejo de Estado y se convirtieron en magistrados por el llamado quinto turno, juristas de reconocida competencia con 15 años de ejercicio profesional, mientras que Maurandi Guillén y Menéndez Pérez son del turno general, accedieron a la carrera por oposición. 

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