La magistrada del Instrucción 1 de Lleida rechaza las medidas del nuevo confinamiento en varios municipios decididas por la Generalitat

La magistrada del Instrucción 1 de Lleida rechaza las medidas del nuevo confinamiento en varios municipios decididas por la Generalitat

EL GOBIERNO AUTONÓMICO NO TIENE POTESTAD PARA TOMARLAS, SON UNA COMPETENCIA ESTATAL Y SE EJERCE CON GARANTÍA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

13 / 07 / 2020 06:35

Actualizado el 13 / 07 / 2020 09:52

La magistrada del Juzgado de Instrucción 1 de LLeida, Elena García-Muñoz Alarcos, rechazó en la madrugada de ayer las nuevas medidas especiales decididas por las autoridades sanitarias catalanas para contener el brote epidémico del COVID-19 surgido en Lleida ciudad y en las localidades de Alcarrás, Aitona, La Granja d’Escarp, Massalcoreig, Serós, Soses i Torres de Segre, i a las entidades municipales descentralizadas de Sucs y Raimat.

De acuerdo con el auto dictado por la magistrada, dicha decisión excede sus competencias.

«Esta es una competencia estatal y se ejerce, además, con la garantía de la intervención del Congreso de los Diputados», dice en su auto.

«En todo caso, el Presidente de la Generalidad, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, ‘podrá solicitar del Gobierno la declaración de estado de alarma'».

Y añade que las medidas medidas acordadas en la Resolución de 12 de julio de 2020, de los Departamentos de Interior y de Salud de la Generalitat «no pueden ser objeto de convalidación por la vía de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril al ser manifiestamente contrarias a derecho». 

Previamente, el fiscal jefe de Lleida, Juan F. Bone, también se había opuesto por las mismas razones.

La Generalitat no tiene potestad para tomar dicha decisión.

El Gobierno autonómico tiene 15 días para interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. 

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