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Cartas desde Londres: «No es el derecho, es la economía, ¡estúpido!»

Cartas desde Londres: «No es el derecho, es la economía, ¡estúpido!»
El inglés, primero, y el "Common Law", segundo, son las bases sobre las que discurren los grandes litigios internacionales, de todo tipo en los que España no parece estar muy presente, según el columnista, Josep Gálvez.
13/10/2020 06:48
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Actualizado: 10/4/2023 18:00
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Uno de los factores esenciales que deben tener en cuenta aquellos que deseen profundizar en los negocios internacionales es que, la gran mayoría de los contratos mercantiles en este ámbito, se encuentran sometidos al derecho inglés (y de Gales, que después se me quejan por Linkedin).

Esto supone, en primer lugar, una barrera infranqueable para el abogado español que no conoce, ni tiene experiencia, con este derecho del precedente judicial propio del “Common Law”.

En otras palabras: en la mayor parte de los contratos internacionales un abogado español no puede intervenir.

Así de triste, así de claro.

En segundo lugar, esta circunstancia provoca un claro efecto: los conflictos y litigios en el ámbito internacional se sitúan en plazas relacionadas con el “Common Law”.

Es decir: ante tribunales compuestos por jueces expertos en derecho inglés o ante instancias arbitrales del mismo carácter.

De esta manera, Londres se sitúa como el centro mundial de litigios comerciales transfronterizos.

Según las últimas estadísticas, actualmente, más del 75% de los litigantes ante los tribunales mercantiles ingleses, son extranjeros. Y me imagino que ya saben que litigar en Londres no es precisamente barato, lo que determina que sean grandes pleitos con enormes cuantías.

La prevalencia del derecho inglés en el entorno internacional, el gran tamaño de su mercado jurídico y el prestigio internacional de la judicatura inglesa, procedente de “barristers” con larguísima experiencia profesional, entre muchos otros factores, contribuyen a esa condición de líder mundial indiscutible de los servicios legales.

EL SECTOR JURÍDICO APORTA EL 1,5% DE LA ECONOMÍA DEL REINO UNIDO

Así, el sector jurídico del Reino Unido contribuyó en 2018 a la economía, con un total estimado de 25.700 millones de libras esterlinas (28.421 millones de euros).

En total, los servicios jurídicos constituyeron el 1,5% de la economía del Reino Unido, empleando a más de 311.000 personas en todo el país, dos tercios de los cuales están fuera de Londres.

Como anécdota, no hace tampoco demasiado tiempo, uno de los responsables de los tribunales del “Dubai International Financial Centre” (“DIFC Courts”) me decía, sorprendido, que, ante esa jurisdicción había muchos ingleses, algunos franceses, muy pocos alemanes, pero que yo era el primer español que recordaba por ahí.

La razón es evidente: estos tribunales situados en Emiratos Árabes Unidos, que conocen de litigios comerciales a nivel internacional, funcionan únicamente en lengua inglesa, se encuentran compuestos por jueces ingleses y aplican el “Common Law”.

Consecuencia: ni rastro de “Spaniards”.

Ahora ampliemos el zoom. De forma semejante al “DIFC”, están apareciendo en todo el mundo nuevos tribunales, “Courts”, con vocación internacional, que ofrecen gestionar pleitos comerciales en lengua inglesa, con jueces especializados en transacciones transfronterizas aplicando “Common Law”, tal como lo harían en Londres.

Véase la qatarí “Qatar International Commercial Court”, en funcionamiento desde 2009, de forma parecida al “DIFC”.

En Asia y, desde el año 2015, cuentan con la “Singapore International Commercial Court”.

O más recientemente, en Kazajistán, ha entrado en funcionamiento el “Astana International Financial Centre”.

Todos estos tribunales coinciden en ofrecer sedes alternativas para resolver grandes controversias comerciales internacionales de forma ágil bajo derecho inglés.

Y ojo, que no son tribunales arbitrales sino jurisdicción ordinaria.

UNIÓN EUROPEA

En el entorno de la Unión Europea la cosa no es diferente y, viendo el enorme tsunami que será el Brexit, varias jurisdicciones se han puesto las pilas para aprovechar la oportunidad y atraer grandes pleitos comerciales internacionales a sus tribunales. Es decir, ven que esos litigios son auténticos activos para sus jurisdicciones.

Y cuantos más pleitos, mejor.

De esta manera, desde el día 7 de febrero de 2018, Francia cuenta con dos órganos jurisdiccionales internacionales. Uno, la “Chambre Internationale du Tribunal de Commerce de Paris” y el otro, la “Chambre Internationale de la Cour d’appel de Paris”.

Para ello, estos tribunales parisinos se han dotado de un innovador conjunto de normas procesales y están integrados por jueces bilingües en francés e inglés, conocedores del “Common Law” y que, además, cuentan con experiencia profesional en transacciones internacionales.

Para ser más eficientes, aunque el idioma del procedimiento es el francés por motivos constitucionales, los testigos, los peritos y los abogados extranjeros pueden intervenir en sala en lengua inglesa.

Además, admiten la aportación de documentación en inglés sin traducciones.

Y lo más importante: estos nuevos tribunales aplican el derecho francés y muy especialmente el “Common Law” mediante sentencias razonadas bajo el modelo clásico de “judgements” ingleses.

Si Napoleón levantara la cabeza…

Pero esto no acaba aquí. En Países Bajos, y desde 2019, funciona la “Netherlands Commercial Court (NCC)”, un tribunal en Amsterdam de dos instancias, especializado en casos mercantiles internacionales complejos, y compuesto por jueces especializados y procedimientos enteramente en inglés.

Por su parte, Bélgica tiene en marcha la creación de la “Brussels International Business Court” (la “BIBC”), un tribunal también especializado en litigios comerciales internacionales en inglés, para aprovechar que Bruselas es la capital “de facto” de la UE y sede de muchas empresas, instituciones y universidades internacionales.

En Alemania y concretamente en Frankfurt, desde 2018, cuentan con la “Chamber for International Commercial Disputes” en el “Landgericht Frankfurt am Main”, un tribunal para litigios transfronterizos con procedimientos enteramente en lengua inglesa.

Este tribunal cuenta con tres jueces. El juez que preside es un profesional de larga experiencia, pero los otros dos jueces son empresarios nombrados por recomendación de la Cámara de Industria y Comercio por un período de cinco años.

Y en España les invito a que busquen.

Se sorprenderán…

O tal vez no.

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