Arriaga Asociados denuncia al Estado ante la Comisión Europea por ‘incumplir’ la normativa europea en defensa de los consumidores
"Los consumidores no pueden esperar otros tres años a la resolución de una nueva cuestión prejudicial y que, una vez más, el Supremo no aplique la normativa de la UE en materia de cláusulas abusivas, por lo que solicitamos a la Comisión Europea que intervenga ante tal incumplimiento que ocasiona un grave perjuicio a más de un millón de consumidores", explica Jesús María Ruiz de Arriaga, socio director de Arriaga Asociados.

Arriaga Asociados denuncia al Estado ante la Comisión Europea por ‘incumplir’ la normativa europea en defensa de los consumidores

Afirma que el Tribunal Supremo "vulnera" el principio de primacía del derecho de la UE al "no respetar" la doctrina del TJUE sobre la cláusula IRPH
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30/11/2020 09:33
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Actualizado: 30/11/2020 09:48
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Arriaga Asociados ha denunciado al Estado ante la Comisión Europea por «incumplimiento» de la normativa europea en materia de defensa de los consumidores y usuarios, tras las resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo (TS) el pasado 12 de noviembre sobre la falta de transparencia y abusividad de la cláusula del tipo de interés IRPH.

Se trata de las sentencias número 595, 596, 597 y 598.

Presentó la denuncia el pasado viernes.

Este bufete, dirigido por Jesús María Ruiz de Arriaga, ha publicado hoy un comunicado en el que señala que el TS determina que la falta de transparencia de la cláusula IRPH ante el incumplimiento de la obligación de las entidades bancarias de entregar la evolución pasada del índice, no implica que dicha cláusula sea abusiva.

Arriaga Asociados destaca que «la falta de transparencia conlleva que el consumidor no fue informado ni sobre el IRPH ni sobre las consecuencias económicas acerca del precio del contrato de préstamo, lo que comporta que necesariamente sea abusiva y, por tanto, nula».

«El hecho de no contar con toda la información disponible que debe entregar la entidad bancaria afecta directamente al consumidor, que no puede comparar con otras ofertas existentes en el mercado», indica.

Arriaga Asociados afirma que el Alto Tribunal «no está aplicando adecuadamente el derecho comunitario en materia de defensa de los consumidores y usuarios, vulnerando el principio de primacía del derecho de la Unión Europea, al no respetar la finalidad de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores ni la interpretación que de la misma ha realizado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en varias ocasiones ha manifestado la máxima protección al consumidor tal y como recoge el artículo 38 de la Carta de Derechos de la UE».

Este despacho de abogados subraya que el IRPH se inserta en millones de contratos de préstamo hipotecario en España y que la Comisión Europea el 31 de mayo de 2018, en el asunto 125/18–, «determinó que estos contratos tienen una gran trascendencia económica y social, ya que resultan clave para el ejercicio del derecho a la vivienda, reconocido en el artículo 7 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, derecho que ha de tenerse en cuenta a la hora de aplicar la Directiva 93/13″.

Además, Arriaga Asociados pone el foco en que en el propio seno del Tribunal Supremo «existen discrepancias sobre la abusividad de esta cláusula, como así ha manifestado uno de los magistrados en un acertado voto particular», en alusión a Francisco Javier Arroyo Fiestas, quien anterioremente también se adhirió al voto particular formulado por el entonces magistrado del Supremo Francisco Javier Orduña Moreno.

«Es más, el Alto Tribunal reconoce el efecto directo de la nulidad para las cláusulas no transparentes cuando se trata de una cláusula suelo o de una hipoteca multidivisa, pero no así cuando se trata de la cláusula IRPH, cuando la no transparencia afecta en el mismo sentido a cualquier cláusula impuesta», apunta.

Arriaga Asociados señala que con esta denuncia pretende «dotar de seguridad jurídica a más de un millón de afectados por esta cláusula abusiva y que se encuentran en una situación de incertidumbre e inestabilidad jurídica».

«Los millones de consumidores afectados por el IRPH no pueden continuar en esta situación», subraya.

Recuerda que el Tribunal Supremo ya se pronunció el 14 de diciembre de 2017 a través de una sentencia «controvertida» que motivó la presentación de una cuestión prejudicial ante el TJUE, que fue resuelta el pasado 3 de marzo.

El bufete señala que dicha resolución ha dado lugar a las citadas sentencias del 12 de noviembre que, según denuncia, contienen «incoherencias e incorrecciones sobre la interpretación de la exigencia de transparencia de la cláusula y de su abusividad con respecto a lo establecido por el TJUE en sus resoluciones».

«Los consumidores no pueden esperar otros tres años a la resolución de una nueva cuestión prejudicial y que, una vez más, el Tribunal Supremo no aplique la normativa de la UE en materia de cláusulas abusivas, por lo que solicitamos a la Comisión Europea que intervenga ante tal incumplimiento que ocasiona un grave perjuicio a más de un millón de consumidores«,  explica Jesús María Ruiz de Arriaga, socio director de Arriaga Asociados.

Además, según ha informado a Confilegal, próximamente presentará otra denuncia contra el Estado ante la Comisión Europea, también por «incumplimiento» del Tribunal Supremo de la jurisprudencia del TJUE, en esta ocasión en relación a pactos novatorios.

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