García Castellón dicta un nuevo auto de apertura de juicio oral de la pieza Land admitiendo todos los delitos perseguidos en la instrucción
Con la rectificación del auto de apertura de juicio oral deja el camino expedito para la celebración del proceso de la pieza 3 del caso Tándem.

García Castellón dicta un nuevo auto de apertura de juicio oral de la pieza Land admitiendo todos los delitos perseguidos en la instrucción

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04/12/2020 06:47
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Actualizado: 04/12/2020 02:36
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El magistrado del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, se ha visto obligado a recular y a dictar un auto rectificando el auto de apertura de juicio oral de la pieza Land, la número 3 de las 25 de que se compone el caso Tándem en el que solo había  contemplado los delitos imputados por el Ministerio Fiscal y no los de las acusaciones particulares.

En un nuevo auto, de 24 de noviembre, reconoce que se debió a «un error material».

«El auto [de apertura de juicio oral] de 24 de agosto de 2020, tras referirse en los Hechos a los diferentes escritos de acusación presentados, se limita a abrir juicio oral solo por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos y extorsión, omitiendo la apertura de juicio oral con respecto al resto de delitos por los que las partes habían solicitado la apertura de juicio oral y respecto de las que no se justifica, ni se concreta las razones de su exclusión», afirma el magistrado.

El  magistrado, sin embargo, se justifica citando la jurisprudencia del la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que dice que esa ausencia «no impide condenar por delito distinto del calificado en el auto».

No obstante, García Castellón finalmente rectifica el párrafo final introduciendo la línea «por los delitos que han sido objeto de acusación por el Ministerio Fiscal y resto de las partes acusadoras personadas». 

Este auto ha sido la consecuencia del incidente de nulidad de actuaciones, interpuesto por los abogados de Yolanda García-Cereceda, acusación particular, contra otro auto posterior, de 13 de octubre en el que se decía que no había lugar a aclaración alguna al auto de apertura de juicio oral.

En el incidente de nulidad de actuaciones se consideraban vulnerados el derecho de defensa y la tutela judicial efectiva, protegidos por el artículo 24 de la Constitución. Palabras mayores.

ACUSADOS

Los acusados son Susana García-Cereceda López, el socio y administrador de la mercantil Procisa, Francisco Lorenzo Peñalver Sánchez y el exjefe de seguridad, David Fernández, y las empresas La Finca Global Assets SL, La Finca Somosaguas Golf, SL, y la Finca Promociones y Conciertos Inmobiliarios, SL, de las que es propietaria García-Cereceda, por una parte.

Y por otra, el comisario jubilado en prisión preventiva desde noviembre de 2017, José Manuel Villarejo, su socio en la empresa Cenyt, Rafael Redondo, la esposa de Villarejo, Gemma Alcalá, y el exnúmero 2 de la Comisaría General de Información de la Policía, el comisario Enrique García Castaño. 

La Fiscalía Anticorrupción había acotado los delitos a dos concretos: descubrimiento y revelación de secretos y extorsión.

La representación de Yolanda García-Cereceda, que ha sido quien ha forzado la rectificación, consideraba que en dicho auto de apertura de juicio oral debían figurar los delitos de cohecho continuado, descubrimiento y revelación de secretos continuado, falsedad en documento mercantil continuado y un último delito societario, también continuado, de falseamiento de cuentas.

Precisamente, esta representación legal ha criticado duramente el pacto de conformidad al que ha llegado la Fiscalía, reduciendo sensiblemente las penas de prisión solicitadas inicialmente para los acusados Susana García-Cereceda López, Francisco Lorenzo Peñalver Sánchez y David Fernández Aumente.

Pasando de 17 años de prisión a otras de apenas 24 meses, «en un claro ejercicio de imaginería jurídica, dicho sea en estrictos términos de defensa».

Para el comisario Villarejo, sin embargo, no solicitan reducción alguna. Se queda con los 38 años de cárcel, por un delito continuado de cohecho, múltiples delitos de descubrimiento y revelación de secretos y un delito continuado en falsedad en documento mercantil.

La «magnanimidad» tampoco afecta a ninguno de su colaboradores.

Con esta modificación deja el camino expedito para la celebración del juicio que, con toda seguridad, será el primero de los 25 del caso Tándem.

ESCRITO A LA SALA DE LO PENAL

En esta línea, los abogados de Yolanda García-Cereceda han dirigido un escrito al tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, informando de que el Ministerio Fiscal presentó su escrito de acusación fuera de plazo –el 19 de junio–, con una alteración grave del relato de los hechos. 

De acuerdo con los mismos, los fiscales Anticorrupción no se han atenido, en su pacto de conformidad con Susana García-Cereceda y sus dos hombres de confianza, al protocolo de actuación que suscribió el fiscal general del Estado, para los juicios de conformidad, con el Consejo General de la Abogacía Española, ni con la Instrucción 2/2009, sobre la aplicación del protocolo de conformidad, ni con los artículos 655 y 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Porque, desde su punto de vista, se han atendido a razonamientos más voluntaristas que legales, «especialmente en la alteración de la verdad de los hechos probados en la instrucción y en la concreción última del quantum penológico». 

Ambos fiscales fueron denunciados ante el Servicio de Inspección de la Fiscalía General del Estado y al jefe de la Fiscalía Anticorrupción.

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