Ordenan investigar a la Diputación de Orense por un posible delito de prevaricación en la compra de mobiliario urbano
El particular llevó a cabo un suministro continuo y constante, entre 2005 y 2011, de diverso material a favor de la Diputación Provincial. Foto: EP.

Ordenan investigar a la Diputación de Orense por un posible delito de prevaricación en la compra de mobiliario urbano

Deberá pagar 190.000 euros a particular que le suministró el mobiliario
|
16/1/2021 06:47
|
Actualizado: 15/1/2021 22:42
|

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Orense ha condenado a la Diputación Provincial a abonar 193.093 euros a un particular que le suministró mobiliario urbano, como bancos y marquesinas, en 2011.

En la sentencia, con fecha de este miércoles, el magistrado José Andrés Verdeja Melero ordena además remitir testimonio de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que se practiquen las diligencias que considere necesarias.

De esta forma, el magistrado lo que pretende es determinar si procede el ejercicio de la acción penal por la posible comisión de un delito de prevaricación cometido por los responsables del encargo de los suministros, sin perjuicio de cualesquiera otros en los que hubiesen podido incurrir los partícipes.

Según consta en la sentencia, el particular llevó a cabo un suministro continuo y constante, entre 2005 y 2011, de diverso material (bancos, marquesinas, refugios, porterías…) a favor de la Diputación Provincial de Orense. Estos materiales fueron recibidos y debidamente abonados mediante transferencia bancaria.

Sin embargo, en el año 2011, pese a seguir suministrando los materiales que la Administración le iba requiriendo, esta no procedió a su abono, ascendiendo las facturas del año 2011, vencidas, líquidas y exigibles, a un total de 193.093,30 euros.

La Diputación se opuso a la reclamación de la deuda alegando que, si bien no se negaba el suministro, al no haber un presupuesto aceptado previamente, no puede fijar unilateralmente los precios el recurrente, siendo notorio que en el presente caso son excesivos, más aún cuando algunos de los productos suministrados, como los bancos, no han sido adecuadamente tratados, con el consiguiente menoscabo de su estado.

«Suministros encargados a dedo»

El magistrado analiza el informe pericial judicial elaborado a instancias de la Diputación Provincial y concluye que no se desprende ninguna falta de diligencia por parte del recurrente, siendo el deterioro de los bancos algo normal por el paso del tiempo, por estar a la intemperie y, en consecuencia, a las circunstancias climatológicas de la provincia de Orense.

Así, «a fin de evitar un enriquecimiento injusto por parte de la Administración, que ha percibido los bancos y marquesinas y, sin embargo, no ha abonado su precio, debe procederse a la estimación del recurso en cuanto al principal reclamado».

Sin embargo, no estima procedente el abono de cantidad alguna en concepto de intereses de demora, más allá del ordinario.

Y es que, según explica, «la parte recurrente se ha beneficiado de una forma grosera de unos suministros encargados a dedo, sin presupuesto, contrato o formalidad alguna y, lo que es más grave, saltándose la normativa en materia de contratación, impidiendo que otras empresas pudiesen presentar sus propuestas, de modo que finalmente se encargasen los suministros a la que mejor oferta hiciese, con el consiguiente beneficio para los administrados y para las arcas públicas».

En este sentido, agrega, «ni siquiera se ha tratado de eludir la aplicación de la normativa acudiendo a sucesivos contratos inferiores al mínimo legal para esquivar, en fraude de ley, la aplicación de la normativa contractual, sino que no se hizo contrato alguno, pese a que se los suministros encargados han supuesto para el erario público cientos de miles de euros».

Por este motivo, acuerda deducir testimonio de particulares al Ministerio Fiscal por si, en el caso de que no se estimase que se ha producido la prescripción, se pudiese apreciar la comisión de un delito de prevaricación.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales