El TSJ de Cataluña ordena a Mossos, Guardia Civil y CNP precintar sedes electorales
Esta decisión no anticipa posicionamiento sobre el fondo del asunto.

El TSJCat suspende cautelarmente el aplazamiento de las elecciones catalanas del 14F

Estima sendas medidas cautelarísimas solicitadas por un particular y un partido contra el decreto del gobierno catalán que las retrasaba al 30 de mayo

19 / 01 / 2021 12:35

Actualizado el 20 / 01 / 2021 16:30

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha suspendido de forma cautelar y provisional el decreto del gobierno catalán del pasado viernes que trasladaba las elecciones autonómicas catalanas del 14 de febrero al 30 de mayo.

El tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Quinta) ha estimado sendas medidas cautelarísimas solicitadas contra ese decreto por un particular y por el partido Izquierda en Positivo, cuya cabeza de lista es la abogada y exsenadora Celia Cánovas, impugnando el decreto del ejecutivo catalán que acordaba suspender las elecciones por la pandemia y fijar una nueva convocatoria electoral para mayo.

Se mantiene en vigor el que las convoca para el 14 de febrero.

La Sala ha acordado la suspensión provisional del decreto, sin esperar a resolver sobre el fondo del asunto, para evitar que su decisión final tenga efectos «irreversibles» sobre la convocatoria electoral del 14F, que exige poner ya en marcha el proceso para llevar a cabo la votación.

Contra esta decisión no cabe recurso alguno.

La abogada Celia Cánovas, candidata a la Generalidad de Cataluña por ‘Izquierda en Positivo’, quien también lleva la dirección letrada en el recurso.

Sendos autos, dictados hoy, los firman los magistrados Javier Aguayo Mejía (presidente), Francisco José Sospedra Navas, José Manuel de Soler Bigas, Pedro Luis García Muñoz, Eduardo Paricio Rallo, Elsa Puig Muñoz y Rosa María Muñoz Rodón.

Del recurso del particular ha sido ponente Sospedra Navas y del interpuesto por el partido, Soler Bigas.

Esta decisión no anticipa posicionamiento sobre el fondo del asunto.

El tribunal ha dispuesto que se dé traslado a la Administración demandada y al Ministerio Fiscal a fin de que puedan instar lo oportuno en cuanto al levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida adoptada, debiendo presentar sus alegaciones antes de las 10 horas del jueves.

Ordena que se comunique esta resolución de forma inmediata a la Junta Electoral Central (JEC) y a la Diputación Permanente del Parlamento de Cataluña.

La Sala de lo Contencioso ha recibido en total seis recursos relacionados con la convocatoria de elecciones. Solo dos incluyen la petición de medidas cautelarísimas.

Los otros son de ‘Lliga Democràtica’, ‘Federalistes d’Esquerres’, Pacma, y de José Domingo, Rafael Arenas, María Isabel Fernández, María Pilar Armengol y Ana María Losada, miembros de la Junta directiva de Impulso Ciudadano.

Según ha informado el TSJCat, cuatro de las demandas incluyen petición de medidas cautelares. Para estas, el TSJCat ha dado margen hasta las 10 horas del jueves para que la Generalitat y la Fiscalía presenten sus alegaciones.

Una vez agotado el plazo, la Sala empezará la deliberación sobre las medidas cautelares.

Izquierda en Positivo considera que el decreto de convocatoria del 14F no preveía el aplazamiento, sino la anulación de los comicios, lo que, a su juicio, «implicaría reiniciar los trámites y hacer nuevas listas y nuevas recogidas de firmas de partidos extraparlamentarios».

Los miembros de Impulso Ciudadano han recurrido alegando «vulneración de derechos fundamentales».

Según han explicado, han planteado la demanda «a título personal por razones de legitimación activa, dado que son los derechos individuales de los ciudadanos los que han sido vulnerados por la decisión del Vicepresidente de la Generalitat».

Impulso Ciudadano señala que «si la situación sanitaria impide la celebración de las elecciones para el día 14 de febrero, deben arbitrarse soluciones que respeten el mantenimiento del período electoral y, en su caso, la prórroga de los plazos, pero no cabe la desconvocatoria de las elecciones».

Sostiene que el decreto «atenta contra principios democráticos básicos, dado que el Gobierno de la Generalitat no puede seguir actuando con el Parlamento disuelto y sin fecha fijada para las elecciones».

Afirma que «el derecho de los ciudadanos a un proceso electoral conforme a las normas se ha conculcado» y que «se ha vulnerado su derecho de participación política en el proceso electoral convocado y su derecho a la participación política a través de sus representantes en el Parlamento, al convertir en indefinida la situación de Parlamento disuelto».

«Dejar pasar este atentado a principios esenciales de nuestro sistema político sería sentar un peligrosísimo precedente que podría ser aprovechado por otros gobiernos para convertir en indefinida la disolución de los Parlamentos, algo a lo que debemos oponernos con firmeza como ciudadanos y como asociación que tiene por objeto la defensa de los valores democráticos y del Estado de Derecho», concluye.

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