El juez revoca el tercer grado de los presos del ‘procés’ en Lledoners
La decisión afecta a Oriol Junqueras, los exconsejeros Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, y Raül Romeva y 'Los Jordis'. Foto: EP

El juez revoca el tercer grado de los presos del ‘procés’ en Lledoners

Como pidió la Fiscalía en su recurso
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09/3/2021 12:08
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Actualizado: 09/3/2021 13:05
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El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Cataluña ha revocado el tercer grado que la Generalitat concedió el pasado mes de enero al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras, los exconsejeros Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, y Raül Romeva y ‘Los Jordis’, como pedía la Fiscalía en su recurso.

El magistrado-juez del Juzgado David García Esteban, en sustitución, ha estimado los recursos del Ministerio Público, y en sendos autos ha retirado el régimen de semilibertad a los siete presos por el ‘procés’ internos en el centro penitenciario de Lledoners (Barcelona), quienes ahora deberán reingresar en prisión para volver al segundo grado.

Contra esta resolución cabe recurso de reforma en el plazo de tres días o recurso de apelación directo, dentro del plazo de cinco días ante este mismo Juzgado, ambos en un solo efecto.

«Nos quitan el tercer grado. Nos lo acaban de comunicar. De nuevo nos cierran en la cárcel. No nos harán callar ni renunciar a seguir trabajando para construir un país independiente, plenamente libre, democrático y próspero. Seguimos sin desfallecer», ha manifestado en Twitter el secretario general de Junts y expresidente de la ANC, Jordi Sànchez.

Minutos antes, el exconsejero Raül Romeva había abandonado un debate al recibir una comunicación no oficial sobre este asunto. «Sabíamos que en cualquier momento podría llegar, parece que nos lo comunicarán ahora. Estoy esperando a que nos digan algo. De momento es una comunicación no oficial, pero es posible que sea inminente», ha expresado.

Esta decisión anula la concesión de tercer grado, que propusieron por segunda vez los funcionarios de Lledoners y ratificó la Generalitat, y al que la Fiscalía se opuso usando los mismos argumentos que ya esgrimió con la primera propuesta, hace seis meses, y que finalmente revocó el Tribunal Supremo (TS) al considerar que se trata de una medida prematura.

Además, el Supremo anuló la aplicación a todos ellos de las medidas de semilibertad que disfrutaban en aplicación del artículo 100.2 del Régimen Penitenciario por no estar dirigidas a un proceso de reinserción.

Hace dos semanas, el magistrado rechazó suspender cautelarmente la progresión a tercer grado como pidió la Fiscalía, y les mantuvo en tercer grado hasta tomar la decisión sobre el fondo del asunto, acordada hoy.

El juez considera, como sostiene el Ministerio Público, que la semilibertad es «incompatible con los fines retributivos y de prevención» que se asocian a las penas de cárcel y mantiene que, con condenas de hasta 13 años, es pronto para concederles el tercer grado aunque ya hayan cumplido una cuarta parte de la pena.

Además, afirma, «como igualmente pone de manifiesto el Ministerio Público», que «la progresión a tercer grado en fases tan iniciales de cumplimiento de la pena se traduce de facto en un modo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento», y tacha de prematura la propuesta de las prisiones.

Subraya que «tiene que transcurrir tiempo suficiente para que el tratamiento penitenciario produzca sus efectos, lo que se entiende que no ha ocurrido» en el caso de los presos del ‘procés’.

También admite el argumento de Fiscalía al criticar que los informes de la Junta de Tratamiento de Lledoners «sólo hacen referencia asépticamente a que el interno reconoce haber realizado los hechos declarados en la sentencia y asume su responsabilidad, lo que no implica que el interno tenga conciencia de que con dichas acciones se haya cometido un delito», y considera que no han asumido ni un poco el delito por el que fueron condenados.

Este martes también se ha conocido que el Parlamento Europeo ha retirado la inmunidad europarlamentaria del expresidente catalán Carles Puigdemont, y los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí para que puedan ser juzgados en España, tal y como solicitó el TS y ha avalado la comisión de Asuntos Jurídicos de la Eurocámara.

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