La Audiencia de Madrid confirma la absolución de Villarejo de injurias y denuncia falsa al exdirector del CNI
Este fue el primer juicio a Villarejo desde su detención en 2017 en la operación Tándem, el próximo mes de octubre será juzgado por tres piezas de esta macrocausa. Foto: EP

La Audiencia de Madrid confirma la absolución de Villarejo de injurias y denuncia falsa al exdirector del CNI

Desestima el recurso de apelación de la Fiscalía
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13/5/2021 11:33
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Actualizado: 13/5/2021 12:13
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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la absolución del comisario jubilado José Manuel Villarejo de los delitos de injurias y denuncia falsa al exdirector del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Félix Sanz Roldán.

La Audiencia ha rechazado el recurso de apelación que presentó la Fiscalía de Madrid contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid que lo absolvió el pasado 20 de enero. El Ministerio Público pedía que se declarase nula la sentencia y se dictase una nueva condenándole a un año de prisión.

La sentencia de la Audiencia es la número 236/21, de 11 de mayo.

La firman los magistrados de la Sección 16 Pilar Alhambra Pérez (presidenta y ponente), Francisco Javier Tejeiro Dacal y Carlos Águeda Holgueras.

La resolución no es firme. Puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

Villarejo fue juzgado por denunciar al CNI por, según sostiene, haber filtrado a ‘El País’ una fotografía suya obtenida en una operación antiterrorista en la que había participado como agente encubierto, y por afirmar en el programa ‘Salvados’, de La Sexta, que Sanz Roldán amenazó de muerte a la examiga del Rey emérito Corinna Larsen.

La Audiencia de Madrid señala que el hecho de que la denuncia de Villarejo contra Sanz Roldán «fuera archivada, no por falsa, sino por carecer de suficiente sustento para dar inicio a un procedimiento penal, que ahora dé lugar» a un delito de denuncia falsa «es un salto cualitativo que carece de sustento probatorio, como bien analiza la sentencia recurrida».

Indica que Villarejo «pudo muy bien pensar que quien filtró aquella fotografía fue el propio director o alguien a sus órdenes y, por tanto, no concurre el elemento subjetivo específico del delito de acusación o denuncia falsa, es decir, conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad».

El tribunal coincide con el abogado de Villarejo, Antonio José García Cabrera, que al impugnar el recurso insistió en que no se ha acreditado que su cliente al interponer la denuncia estimara que los hechos denunciados fueran falsos, «ni que presentara su denuncia pudiendo averiguar previamente de manera sencilla que eran en su caso falsos».

Villarejo junto a su abogado, Antonio José García Cabrera, y el magistrado Jesús de Jesús, en una instantánea tomada el pasado 15 de enero, cuando se celebró el juicio en el Juzgado de lo Penal 8 de Madrid. Foto: TSJM.

La Audiencia recuerda, además, que tanto la jurisprudencia del Tribunal Constitucional como la última modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, «recogen la imposibilidad de revocar sentencias absolutorias cuando la argumentación se basa en error en la valoración de las pruebas», salvo que el juez «haya omitido valorar alguna prueba de especial relevancia para la causa, haya incurrido en insuficiencia o falta de racionalidad en la motivación o vaya en contra de las máximas de experiencia».

Los magistrados destacan que la única posibilidad es acordar la nulidad de la sentencia en el caso de que el razonamiento empleado fuera ilógico o irracional, «lo que no es el caso, pues la sentencia se encuentra bien construida con un constructo argumentario que no adolece de ningún vicio de nulidad».

Les «sorprende que, bajo la apariencia de solicitar la nulidad de la sentencia, lo que se inste realmente de este tribunal es que se acuerde su revocación y la petición de que se condene al acusado por el citado delito de acusación y denuncia falsa».

Este fue el primer juicio al que se enfrentó Villarejo desde su detención en 2017 en la operación Tándem.

El próximo mes de octubre será juzgado por tres de las 30 de piezas que tiene esta macrocausa, estando ya en libertad provisional tras más de tres años en prisión preventiva.

En ese juicio se juzgará al comisario y a otros procesados por las piezas 2, 3 y 6 –Iron, Land y Pintor–, que se acumulan, y que son las primeras que serán juzgadas de la treintena que conforman Tándem. Por ellas, la Fiscalía pide más de 109 años de cárcel para Villarejo.

En ‘Iron’ Anticorrupción reclama 57 años de cárcel y una multa de más de 700.000 euros para el Villarejo por el supuesto encargo de un despacho de abogados de espiar a un bufete de la competencia.

En ‘Land’, donde se ha investigado el encargo de labores de espionaje por la disputa en torno a la herencia del fundador de la urbanización de lujo ‘La Finca’, el Ministerio Público reclama 38 años y 10 meses de cárcel y una multa de 252.000 euros.

En ‘Pintor’, que versa sobre el encargo que habrían hecho al comisario jubilado unos empresarios para extorsionar a un exsocio y al abogado de este último, el exjuez Francisco Javier de Urquía, pide para Villarejo 14 años de cárcel.

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