14 años después la Justicia absuelve a los propietarios de una empresa que fue acusada de exportar material militar a Irán
La empresa cerró en 2007 tras la acusación de un delito de contrabando. Foto: EP.

14 años después la Justicia absuelve a los propietarios de una empresa que fue acusada de exportar material militar a Irán

El abogado de esta empresa va a interponer una reclamación al Estado por encima de los 15 millones de euros por daños y perjuicios
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09/9/2021 02:00
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Actualizado: 09/9/2021 02:00
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Fin de la pesadilla tras catorce años de infortunios. La sentencia 322/2021, 30 de junio dictada por la magistrada María José Cáncer del juzgado de lo Penal 1 de Madrid, que ya es firme al no haber sido recurrida, absuelve a los propietarios de la empresa familiar Winter Aircraft de un delito de contrabando por el que se les pedía seis años de cárcel.

La magistrada en su fallo señala que “la falta de prueba de todos los elementos del tipo impide subsumir los hechos en el delito objeto de acusación, no siendo posible considerar acreditado, de forma inequívoca, que J. A D, M. C G , R. S. L. y M. C F hayan cometido los hechos con trascendencia penal por los que han sido acusado”.

La defensa llevada por el abogado Marcelino Tamargo, socio director de Espacio Legal, ya prepara el siguiente paso. “Es un tema grave, ya estamos trabajando en una demanda de responsabilidad contra la administración, en concreto contra el Ministerio del Interior, por valor de unos 15 millones de euros”.

“La cantidad viene dada por el volumen de negocio que tenía en aquel momento y así se valoró en su día, la empresa ya consolidada en el sector aeronáutico alcanzaba facturaciones superiores a los 15 millones de euros. La empresa se cerró y lo perdieron todo”.

En la sentencia, la magistrada recuerda que “el artículo 24 de la Constitución Española consagra el principio de presunción de inocencia. Dicho principio no es meramente retórico sino que tiene una proyección práctica evidente. En suma lo que nuestro legislador pretende no es que se haga difícil condenar a nadie o que se pidan situaciones de certeza imposibles, sino que llegue al convencimiento de quien tiene que juzgar, a través de pruebas objetivas, directas o indirectas, la realidad de lo ocurrido más allá de toda duda razonable.»

También indica que “si hay dudas y estas son razonables, es decir, lógicas, de sentido común, no absurdas o derivadas de planteamientos maximalistas o imposibles, se ha de absolver. Es preciso, por tanto, que obren en la causa pruebas claras, precisas, concluyentes de la realidad de lo ocurrido”.

En el presente caso, tal como se ha expuesto, el resultado de la prueba practicada impide dictar sentencia condenatoria. Por lo tanto, «es procedente absolver a las personas investigadas”, afirma.

Tamargo ha llevado la defensa de esta empresa familiar en estos catorce años de batalla judicial.

Los propietarios de Winter Aircraft S.A. llevaban años exportando material a Irán de todo tipo. “Sobre todo material aeronáutico de aviación civil, porque poseían licencia de exportación. Disponían de las licencias necesarias para la exportación. Era una empresa solvente en aquellos años, su principal negocio estaba en Irán».

Un procedimiento paralizado años

Este experto explica que el procedimiento estuvo paralizado varios años por la complejidad de la causa y ante la necesidad de encargar varios informes periciales que tardaron casi dos años.

“Los peritos aeronáuticos tuvieron que catalogar una por una 80.000 piezas. Hubo que buscar su referencia en bases de datos aeronáuticas lo que dilató el asunto”.

Al mismo tiempo recuerda que “hubo que pedir informes a la autoridad aduanera con el fin de analizar todos los DUAS que se habían emitido. Se trataba de comparar que el material que se exportaba es el que se declaraba. Así coincidió en el cien por cien de los casos. Otro año y medio perdido”.

En el relato de los hechos, Tamargo señala que hay tres pilares claves en este asunto, de un lado las resoluciones de la ONU, de otro la normativa nacional y de otro la normativa europea.

«La ley española aplicable, tras la transposición de varias directivas europeas definía claramente qué material de lo que exporta las empresas puede ser material de doble uso, se puede utilizar para armas químicas, nucleares o para servir a la industria armamentística”.

Señala que “la complejidad del tema es importante: los materiales en aviación civil y militar son diferentes, aunque se trate de las mismas piezas. Esta todo serializado y tienen distintos cogidos, pese a ello a alguien se le ocurrió que los empresarios de Winter Aicraft estaban cometiendo irregularidades”.

Marcelino Tamargo, socio director de Espacio Legal.

“La excusa una carta que autoridades de los EEUU enviaron a España indicando sospechas sobre posible exportación de material militar a Irán por parte de Winter Aircraft, esta información proveniente de aquel país fue dada por válida por la fuerza actuante española desencadenando unos acontecimientos que pusieron fin a la empresa familiar y les sumió en la más absoluta ruina”, señala.

A raíz de esta denuncia “se iniciaron unas actuaciones en el juzgado 21 de instrucción de Madrid. La Guardia Civil empieza a investigar entendiendo que estaban exportando material de defensa a Irán, sin cotejar debidamente la información con autoridades aeronáuticas”, cerrando la empresa e incautando todo el material del que disponían.

«Al final hemos tardado catorce años en demostrar que el material que se estaba exportando con licencia era material legal, con todas las licencias al día, pasando por el control de aduanas y el Ministerio Hacienda”.

Este jurista destaca que “a lo largo de estos catorce años la instrucción fue un despropósito total. Hay una noticia en la 2 en el 2007 donde se habla del tema de forma tendenciosa, vulnerando los derechos de mis representados y la presunción de inocencia recogida en la Constitución. En los próximos días vamos a pedir a TVE que rectifique dicha información. Contaron algo que no sucedió nunca”.

Tamargo lo recuerda como uno de los asuntos más exigentes de su carrera profesional, “los informes periciales tenían entre 5.000 y 6.000 folios. Al final se pudo demostrar al tribunal que no se exportaba material militar a Irán, tras un trabajo ingente».

Lo grave de esta situación es que “cuando se interviene la empresa, sin más, se cierra en junio del 2007. La compañía se hunde y al poco el dueño víctima de un infarto falleció”. Ese daño ya es irreparable.

«El trabajo de la guardia civil reflejaba en distintos informes señalaba a esta familia impulsora de un complot internacional como grupo de delincuencia organizado. Al final la absolución se produce catorce años después pero han destrozado a esta familia”.

Catorce años de infierno

Estos catorce años han sido muy duros “de una pelea constante, donde se han contratado peritos y presentado diferentes informes periciales. Se trataba de intentar que fiscalía viera que la situación era otra a la fijada por los informes de la guardia civil”.

La citada instrucción duró siete años. «La Fiscalía presentó un escrito de acusación en función de los informes de la guardia civil, informes que como se ha visto eran gravemente erróneos. En esa instrucción no hubo presunción de inocencia».

En defensa de la fuerza actuante, Tamargo justifica que entiende que siendo una materia tan compleja, «con los medios que tiene la justicia era imposible abordar una solución sencilla”.

“Si la guardia civil hubiera contado con peritos aeronáuticos desde el principio, el asunto se hubiera aclarado en el 2008 y la empresa no habría desaparecido”, indica.

El asunto al final fue resuelto por el juzgado penal número uno de Madrid que resolvió rápido, “a primeros de año se celebró el juicio. En él mismo un perito aeronáutico desveló todo y aclaró la situación”.

“Ahí utilizamos tres peritos para desmontar la idea de la conspiración internacional. Que de ninguna manera se sostenía, la fuerza actuante mantuvo desde un inicio una ensoñación basada en un informe en nada vinculante a las autoridades nacionales, proveniente de la inteligencia Americana”, subraya.

Este juicio duró cinco días, Tamargo recuerda que comparecieron todos los procesados que estaban en libertad condicional con cargos y donde se jugaba cada uno de ellos una pena de seis años de cárcel por varios posible delitos (contrabando, delincuencia organizada), y una responsabilidad económica que ascendía de los 6 millones de euros.

En el juicio declararon los tres guardias civiles que instruyeron la causa, sin cualificación aeronáutica, que se ratificaron en su investigación, incidiendo en que eran una trama organizada pese a que era una empresa familiar. Con posterioridad comparecieron los peritos. Al final la sentencia aclara la situación.

Para Tamargo la sentencia es bastante contundente, “establece la falta de prueba que hay. Que estas personas tenían licencia para hacer su trabajo porque su actividad era licita y que tampoco era comprensible que solventara en catorce años”.

“La sentencia se ha hecho firme el pasado mes de julio. Nuestros representados ya conocen el fallo absolutorio, en breve se procederá a iniciar la acción contra el Ministerio del Interior porque la actuación de la guardia civil ha sido de falta de diligencia absoluta”, apunta.

Tamargo vuelva a insistir en que “un sencillo informe de un ingeniero aeronáutico hubiera evitado estos catorce años de padecimiento y muy posiblemente el fallecimiento del empresario principal de la firma. De la noche a la mañana una empresa solvente se hundió, con todos sus miembros en la calle, acusados de un presunto delito. La ruina total”.

De forma complementaria, este jurista va a ponerse en contacto con los medios de comunicación que se hicieron eco de dicha noticia para requerirles la rectificación de dicha información que ha resultado ser equivocada en su esencia. “Se llegó a decir que se había desmontado una red de colaboradores de Bin Laden, algo que además de absurdo, no es cierto en absoluto”.

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