García-Castellón procesa a los 13 presuntos miembros de los CDR por pertenencia a organización terrorista
Imagen de la casa donde presuntamente preparaban los CDR los explosivos. Foto: Guardia Civil.

García-Castellón procesa a los 13 presuntos miembros de los CDR por pertenencia a organización terrorista

Y a 9 de ellos, además, por tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista
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14/9/2021 14:04
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Actualizado: 14/9/2021 14:04
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El magistrado de la Audiencia Nacional (AN) Manuel García-Castellón ha procesado por pertenencia a organización terrorista a los trece presuntos miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) vinculados con la denominada ‘Operación Judas’, practicada en septiembre de 2019, y a 9 de ellos, además, por tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista.

En concreto, procesa por pertenencia a organización terrorista y también por delito de tenencia, depósito así como fabricación de sustancias o apartaros explosivos e inflamables o de sus componentes, de carácter terrorista, a Eduardo Garzón Bravo, Esther Garcia Canet, Sonia Pascual Guiral, Queralt Casoliva Rocabruna, Germinal Tomas Aubeso, Alexis Codina Barberan, Jordi Ros Sola, Guillem Xavier Duch Palau y Rafael Joaquín Delgado López, mientras que por el primero de los delitos procesa a Ferrán Jolis Guardiola, Xavier Buigas Llobet, David Budria Altadill y Clara Borrero Espejo.

El magistrado instructor ha dictado hoy el auto de procesamiento. Considera que este grupo formaba dentro de los CDR el denominado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una célula integrada por los investigados, integrada por grupo reducido de individuos de diferentes CDR, que “evidencian una gran radicalidad”.

García-Castellón indica que la creación de esta célula viene motivada por la necesidad de contar dentro de la estructura de los CDR con un grupo clandestino de individuos de la máxima confianza y que se muestran totalmente entregados a “la causa”, habiéndole sido encargadas la realización de las acciones más sensibles.

Expone que los investigados, todos ellos, comparten principios ideológicos favorables a la independencia y el activismo radical para conseguirla; su objetivo final como organización era conseguir la independencia de Cataluña, empleando para ello la violencia en su máxima expresión, forzando con ello, de modo coercitivo, a las instituciones a conceder por la vía de los hechos la separación de Cataluña del resto de España.

PLANES PARA LA OCUPACIÓN DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA

Según se desprende del auto de procesamiento, contra el que cabe recurso de reforma, los miembros del ERT han tenido participación activa en la materialización de algunas de las acciones más contundentes que han llevado a cabo los CDR hasta la fecha (cortes de carretera, vertido de aceite la calzada de la C-55 en un lugar de paso obligatorio de la comitiva que trasladaba los presos desde el Centro Penitenciario de Lledoners, levantamiento de las barreras de los peajes, etc.)

García-Castellón señala que los investigados, como miembros del ERT, participaron en la creación y desarrollo de los CECOR (centro de coordinación) para las acciones de los CDR, asumiendo el encargo recibido de un denominado “CNI Catalán” para que aportasen la infraestructura logística necesaria con el objeto de acometer una acción en la que se pretendía ocupar el Parlamento de Cataluña y defenderlo posteriormente.

Todo ello, dada la capacidad técnica y humana del citado grupo, debido a que para realizar los mismos, serían necesarias importantes conocimientos en redes ilícitas y clandestinas securizadas de telecomunicaciones, así como una importante capacidad de movilización, agrega el magistrado.

Como detalles acreditados del citado plan, explica, la ocupación se realizaría por la puerta principal del Parlament ya que, supuestamente, se les facilitaría el acceso desde el interior. El magistrado señala que junto a un reducido grupo de personas, cooperarían con el tal grupo denominado “CNI”, y se encargarían del alquiler de inmuebles y locales que les proporcionasen seguridad y el establecimiento de bases de “intendencia”, para permanecer en el interior del edificio al menos una semana, montando antenas de larga distancia para mantener las comunicaciones, todo ello bajo un presupuesto estimado en 6.000 euros.

Para ello, según el juez, serían esenciales los servicios del investigado Ferrán Jolis, debido a sus amplios conocimientos en el apartado informático y de telecomunicaciones, a efectos de confeccionar una red securizada e indetectable que permitiese las comunicaciones entre el interior y exterior del Parlament.

El instructor asegura que de este modo, los investigados, aprovechándose de los contactos propiciados en el seno de la militancia en los CDR, “se constituyeron en una célula que elevaba la intensidad y la naturaleza de las acciones llevadas a cabo, a un nivel superior”.

CONSTITUYERON UNA ORGANIZACIÓN TERRORISTA

El magistrado también señala que los investigados, como miembros del ERT, “habrían superado la actividad dentro del respectivo CDR y conformado una organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería el de llevar a cabo acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para ello los explosivos y/o sustancias incendiarias fabricados en los dos laboratorios clandestinos que la propia organización tenía instalados en dos domicilios particulares”.

La organización terrorista, en el momento de su desarticulación, ya había llevado a cabo informaciones precisas de sus posibles objetivos. En concreto, el juez apunta que Jordi Ros y otros miembros de la organización habrían desarrollado actos preparatorios, consistentes en una labor de reconocimiento de objetivos, vigilancia y control de instalaciones policiales, toma de fotografías y vídeos de los objetivos predeterminados.

Indica que en las fotografías de los objetivos seleccionados se recogen determinados aspectos de las instalaciones, como accesos, cámaras de vigilancia, localización de torres eléctricas (entre otros), agentes policiales y placas de matrículas de vehículos policiales.

El auto del Juzgado de Instrucción 6 relaciona los objetivos de los que se han obtenido evidencias en distintos soportes de imagen sobre los que el grupo pretendía perpetrar algún tipo de acción o atentado, entre ellos, la Comandancia Naval de Barcelona,  Gobierno Militar de Barcelona, la Delegación de Gobierno de Barcelona, la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la sede de la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia de Barcelona, miembros, vehículos e instalaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, torres de alta tensión, instalaciones en autopistas, peajes o el Parlament de Cataluña.

Destaca particularmente, subraya el juez, el reconocimiento del perímetro del acuartelamiento de la Comandancia de la Guardia Civil de Barcelona, sito en el municipio de San Andreu de la Barca, que Jordi Ros habría llevado a cabo el día 18 de mayo de 2019, en compañía de su pareja sentimental, Montserrat Casas Climent.

Además de los anteriores objetivos, el magistrado sostiene que Jordi Ros Solá habría realizado diferentes búsquedas en Internet a través de sus dispositivos, de datos relativos a personas vinculadas a partidos políticos contrarios a la independencia y de un agente del cuerpo de ‘Mossos d’Esquadra’.

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