La Justicia concluye que el Ayuntamiento Getafe (Madrid) violó derechos fundamentales al repartir en colegios unas guías de educación sexual que atacaban a la Virgen
“Atacar no es educar. Adoctrinar es ilegal y la alcaldesa de Getafe debería dimitir por vulnerar derechos fundamentales con el único objetivo de imponer su ideología”, señala la presidenta de Abogados Cristianos, la abogada Polonia Castellanos. Foto: EP

La Justicia concluye que el Ayuntamiento Getafe (Madrid) violó derechos fundamentales al repartir en colegios unas guías de educación sexual que atacaban a la Virgen

Dictamina que el reparto de dichas guías ha vulnerado el derecho de los alumnos a no ser discriminados ni ridiculizados por razón de sus creencias religiosas, y el de los padres a decidir la educación de sus hijos
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13/12/2021 15:44
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Actualizado: 10/5/2023 13:49
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid ha dado la razón a la asociación Abogados Cristianos al considerar que el Ayuntamiento de Getafe violó varios derechos fundamentales con el reparto de unas guías sexuales para niños, en las que, según esta asociación, «se ataca la figura de la Virgen y se anima a las menores a masturbarse».

La magistrada titular del Juzgado, Berta María Gosalbez Ruiz, ha estimado en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por esta asociación, «al apreciar las vulneraciones de derechos fundamentales denunciadas en relación con la distribución» por parte del Consistorio de las Guías ‘Rebeldes de Género’ en los centros educativos del municipio, y declara que «dicha distribución vulnera el derecho fundamental de los alumnos cristianos a no sufrir discriminación alguna por razón de su religión o creencias y el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones».

La sentencia es la número 331/2021, de 10 de diciembre.

Contra la misma cabe recurso de apelación.

Según informa Abogados Cristianos, estas guías fueron impulsadas por el Ayuntamiento de Getafe y financiadas por el Ministerio de Igualdad. La Justicia ya había obligado al Consistorio a retirar cautelarmente las guías a petición de esta asociación.

Abogados Cristianos exponía en su recurso que «se trata de seis guías financiadas con dinero público desde el Ministerio de Igualdad, en las que se anima a las jóvenes a masturbarse con frases como ‘apaga la tele y enciende tu clítoris’ y en las que, además, se ridiculiza a la Virgen María asegurando que es un modelo de «madre abnegada» «sin vida propia y asexual”.

Esta asociación, que preside la abogada Polonia Castellanos, también alegaba que «las guías cuestionadas establecen una serie de estereotipos sexistas y animan a rebelarse» ante una sociedad «genitalista, andocéntrica, falocéntrica, penetrocéntrica y heteronormativa”, siendo la número 6, ‘Despatriarcando cuerpos’, «la más explícita, toda vez que en ella se incita a las menores a que exploren zonas íntimas tales como su vulva o su clítoris, con frases breves, concisas y directas enmarcadas en bocadillos con colores brillantes como ‘la masturbación mola'».

La Fiscalía solicitó la estimación parcial de la demanda respecto a esa guía titulada ‘Despatriarcando cuerpos’ y circunscrita al hecho de haber sido remitida al personal docente para ser impartida a los alumnos, al considerar que sólo en relación a esta guía existía vulneración constitucional de los artículos 27.3 y 16.1 de la Constitución.

La magistrada señala que la tesis municipal acerca de que las guías sólo iban dirigidas a los profesores «no se concilia» con la carta dirigida por el propio Ayuntamiento a los centros del municipio, en la que expresamente manifiesta “queremos compartir con los educativos”, esto es, no sólo con los profesores.

Además, apunta que una mínima diligencia obliga a considerar que cuando un material se quiere distribuir “solo a los profesores” de un centro educativo, «debe especificarse así porque, de lo contrario, lo normal es que pase a nutrir los ejemplares de la biblioteca del centro, de acceso libre a todos los alumnos». Y añade que la expresión “queremos compartir con los centros educativos” es una expresión de deseo inequívoca de compartir el material con todo el centro educativo, el cual no se integra solo por profesores, sino por profesores y alumnos.

La magistrada manifiesta que tampoco se concilia con la tesis municipal el lenguaje que emplean las guías. Tanto el Ayuntamiento como sus autoras sostienen “ex post”- una vez consumada la distribución- e interpuesto este recurso, que solo van dirigidas a los profesores, pero la juez pone el foco en que «utilizan un lenguaje que no resulta en absoluto adecuado si los destinatarios son realmente los profesores».

Sostienen ambos, prosigue, que el uso de un lenguaje juvenil es una herramienta metodológica, pero lo dicen cuando ya se ha interpuesto este recurso y «con absoluta desconsideración al hecho de que si, como sostienen, las guías se dirigen a profesores, a estos, desde luego se les supone sobradamente el conocimiento de las herramientas metodológicas precisas para conectar con sus alumnos, siendo tal lenguaje innecesario y si me apuran, ofensivo, en la medida en que se llegan a utilizar incluso palabros desconocidos en el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, como el que se emplea , sin sonrojo, en la frase “Un poquito de autocoñocimiento, por favor” que figura en la Guía 6″.

La magistrada explica que una lectura de las guías, en particular de la titulada ‘Despatriarcando el Sexo’, «evidencia que, tanto en su presentación como en su texto, se dirige a los niños en segunda persona, de tú a tú, con ejercicios para realizar directamente en la guía y no con la intermediación de un profesor, presentándose en forma de lectura directa y no de recomendación dirigida al profesor para comunicar a los alumnos».

Comparte por ello con la asociación recurrente que “parece que, dichas guías usan un lenguaje juvenil (zafio más bien) precisamente porque ese es el público al que se dirigen» y que la gran cantidad de guías enviadas- casi 600- avala tal conclusión.

«Desde luego, no se aprecia que contengan instrucciones dirigidas a los profesores, sino “supuestas enseñanzas” directamente dirigidas a los jóvenes, con imágenes muy particulares y elaboradas, sin la visión de las cuales no puede entenderse el sentido del texto, al menos para lo que parece querer comunicarse y sin distingo entre los posibles lectores de Primaria, Secundaria y Bachillerato, lo cual resulta llamativo atendida la materia de que se trata», razona la magistrada.

Y argumenta que la valoración de la prueba en su conjunto- en particular, la suministrada por el propio Ayuntamiento- «obliga a concluir que las Guías no se dirigen exclusivamente a los profesores, sino principalmente a los alumnos como destinatarios de las mismas, lo que significa que, de concluir que son vulneradoras de derechos fundamentales, la vulneración puede afectar tanto a los derechos de los escolares, como al derecho que asiste a sus padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, e incluso a los derechos de los profesores que sin duda tienen el mismo derecho a la libertad religiosa y a que a se respeten sus creencias, lo que incluye el derecho a no tener que soportar ofensas por razón de sus creencias religiosas, ni en el trabajo, ni fuera de él».

La juez también comparte con la recurrente que las guías concernidas «tienen un contenido ideológico evidente, adoctrinador y contrario, no a cualquier Religión sino, de forma innegable y francamente discriminatoria, a la Religión Católica».

En este sentido, afirma que «solo ridiculizan la castidad que promueve la doctrina cristiana, focalizándola de hecho en la figura de la Virgen María a quien, de modo directo, absolutamente innecesario y totalmente injustificado, ridiculizan, haciendo escarnio de lo que para los católicos no es una simple “creencia”, sino un auténtico dogma de fe –una proposición que se asume como principio innegable e irrefutable de una ciencia o doctrina, en este caso la católica- pues no otra cosa es “la virginidad perpetua de María” que constituye un dogma de fe y un ejemplo no solo para “las católicas”, sino para “los católicos todos”– no pudiendo apreciar desigualdad alguna por razón de género al respecto, más que la que las autoras de las guías, por desconocimiento o por las razones que sean, han querido inventar».

Agrega que «tal ridiculización afecta, no solo a las personas de vida consagrada, hombres y mujeres que hacen voto –entre otros -de castidad, sino de hecho a todos los católicos, ya sean profesores, alumnos padres o vecinos del municipio que ven como desde la Corporación municipal se promueve la difusión de un texto que, omitiendo cualquier debate racional y cualquier consideración y respeto a sus creencias, ridiculiza de forma pública -después de introducirse de forma atávica en las escuelas- sus dogmas».

Para la juez también «resulta incomprensible la necesidad de ridiculizar a la Virgen María por su virginidad -y ante un público tan sensible y merecedor de tan gran protección como son los escolares-, menos aun cuando, tal virtud, ni se predica sólo como tal por la Iglesia Católica, ni se refiere sólo a las mujeres, sino a mujeres y hombres por igual, lo que quiebra absolutamente la pretensión de incluir la distribución de las guías concernidas entre las actuaciones de promoción de la igualdad entre géneros previstas en el Convenio que invoca el Ayuntamiento, incluso aunque dicho Convenio estuviera en vigor y aunque la Consejería de Educación hubiera podido tener la oportunidad que no ha tenido, de intervenir y dar su visto bueno, razón por la cual no se comparte con el Ministerio Fiscal que la estimación deba limitarse a la guía no 6-«.

Y concluye que «efectivamente», la distribución de dichas guías por el Ayuntamiento de Getafe a los centros escolares del municipio «ha vulnerado el derecho de los alumnos a no ser discriminados ni ridiculizados por razón de sus creencias religiosas, el de los padres a decidir la educación de sus hijos y el deber que le impone al Ayuntamiento el artículo 27.3 de la Constitución cuando declara que los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones».

Y ello, «al distribuir en centros educativos -excediendo sus competencias- unas guías ideológicas moralmente controvertidas en las que, además, se ataca a la religión católica -y solo a la religión católica- en la figura de la Virgen María, so pretexto de la denominada ‘ideología de género’, de modo innecesario e incluso errado en cuanto a su fundamento, vulnerando el deber de objetividad y neutralidad de las administraciones públicas», añade.

La magistrada también destaca que «el daño de todo tipo -moral, de ridiculización o de exclusión- que la lectura de estas guías puede causar a los menores en periodo de formación, puede ser enorme y puede ser, además, irreversible, lo que justifica sobradamente que sus Religiones y creencias deban protegerse desde el mismo texto constitucional».

«Atacar no es educar. Adoctrinar es ilegal y la alcaldesa de Getafe debería dimitir por vulnerar derechos fundamentales con el único objetivo de imponer su ideología», ha manifestado en un comunicado la presidenta de Abogados Cristianos.

«Los ciudadanos no merecemos pagar con nuestros impuestos a los que incumplen la ley y utilizan el dinero de todos para imponer su ideología, sobre todo cuando se trata de nuestros hijos», concluye.

Castellanos recuerda que su asociación también ha conseguido recientemente ha conseguido que volviera a su puesto de trabajo un profesor de biología que «había sido apartado por decir que sólo existen dos sexos”.

EL PP TAMBIÉN PIDE LA DIMISIÓN DE LA ALCALDESA

El PP de Getafe ha pedido hoy la dimisión de la alcaldesa, la socialista Sara Hernández «por vulnerar derechos fundamentales al distribuir estas guías sexuales en los colegios».

Para el portavoz del PP de Getafe, Carlos Pereira, esta sentencia refrenda lo que su partido ya había denunciado en el Pleno: “El grave ataque por parte de la alcaldesa de Getafe a la libertad y a los derechos fundamentales de los niños menores y de las familias, en su objetivo de imponer su ideología comunista desde la más tierna infancia al distribuir estas Guías sexuales”.

Apunta que se trata de “otro revés judicial” para la alcaldesa, «que se suma a su imputación por un delito medioambiental y al reciente fallo en contra por el caso de las maestras interinas de las escuelas municipales a las que echó”.

“Getafe no se merece una alcaldesa imputada, radical y que pisotea la libertad y los derechos fundamentales. No puede ser que la máxima autoridad política de Getafe ultraje los derechos fundamentales de los vecinos lo que ha sido constatado por la Justicia. No está legitimada para seguir ejerciendo su cargo de alcaldesa y por ello pediremos en el próximo Pleno su dimisión”, declara Pereira.

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