Belén García Sindicato-de-Abogados Alcalá

La AN desestima la demanda del Colegio de Abogados de Alcalá de Henares contra el Sindicato de Abogados Venia

28 / 02 / 2022 06:49

En esta noticia se habla de:

La Sala de lo Social Única de la Audiencia Nacional ha tumbado la impugnación interpuesta por el Colegio de Abogados de Alcalá de Henares (ICAAH) contra los estatutos del Sindicato de Abogados Venia.

En la sentencia número 17/2022, que tiene fecha de 9 de febrero pasado, el tribunal. formado por José Pablo Aramendi Sánchez, Ramón Gallo Llanos y Anunciación Núñez Ramos, le dice al Colegio de Alcalá de Henares que no tiene legitimación activa para impugnar unos estatutos sindicales de ámbito nacional.

Además, le recuerda que existe un claro mandato constitucional que protege la libertad sindical, por lo que debe respetar el derecho a la sindicación de los abogados por cuenta propia, de acuerdo con el artículo 28 de la Constitución Española.

La resolución determina de forma nítida que el ICAAH (y por ende cualquiera de los 83 colegios de abogados existentes) no ostenta el exclusivo monopolio en la defensa de los intereses de sus colegiados más allá de la defensa organizativa.

Por ello, no puede entenderse que sólo a él le corresponda defender los derechos de los abogados que vienen ejerciendo por cuenta propia en el turno de oficio.

No consta que se haya interpuesto recurso alguno, por lo que salvaguarda la posibilidad de afiliación de los abogados por cuenta propia. Reconoce, así, que desde el Sindicato de Abogados Venia se pueda trabajar en la defensa de los intereses de los abogados frente a terceros y Administraciones, protegiendo el derecho fundamental a la libertad sindical que tienen los letrados, así como el resto de trabajadores.

La resolución determina de forma nítida que el Colegio de Alcalá de Henares (y por ende cualquiera de los 83 colegios de abogados existentes) no ostenta el exclusivo monopolio en la defensa de los intereses de sus colegiados más allá de la defensa organizativa

La secretaria general de este sindicato, Belén García, está «muy satisfecha con el fallo judicial porque avala nuestra legalidad y las funciones sindicales en defensa de los derechos de nuestros compañeros abogados».

«Además», añade, «desactiva el equivocado intento de eliminar o limitar el papel sindical en el sector de la abogacía sobre la base de una caduca visión de los operadores de la justicia. Sindicatos y colegios deben trabajar cada uno desde sus competencia para la mejora de la justicia».

La representación legal del Sindicato de Abogados Venia ha estado a cargo de Sarai Becerril Ramírez, delegada del sindicato en La Rioja.

Tanto esta letrada, como el Ministerio Fiscal (interviniente por ser una materia de Derecho Fundamental), solicitaron que la demanda debía desestimarse ya que, “el sindicato con su registro ha adquirido personalidad jurídica propia y la LOLS permite la afiliación de trabajadores por cuenta propia”, situación que afecta a multitud de profesionales de la abogacía española.

Noticias relacionadas:

El Sindicato Venia solicita al CGAE mayor implicación ante las sanciones a abogados del turno de oficio que han secundado la huelga

Opinión | ¿Por qué cuesta tanto luchar juntos?

El Sindicato de Abogados Venia convoca una huelga general de dos días en toda España para el 11 y el 12 de julio

Un Estatuto para el turno de oficio: una relación laboral «especial», vacaciones, seguridad social y jubilación

El sindicato Venia asegura que el 8% de subida del turno de oficio prometida por Bolaños es absolutamente insuficiente

Opinión | La injusticia del turno de oficio: una crisis que no puede ser ignorada

Lo último en Tribunales

pse vitoria

El TSJPV confirma el despido improcedente de una trabajadora del PSE-EE con 34 años de antigüedad

Villarejo

El juicio de la ‘Operación Kitchen’ afronta esta semana los informes finales antes de quedar visto para sentencia

ChatGPT Image 24 jul 2026, 17_53_33

El TSJ de Asturias anula el despido de un gerente de Mercadona por su reducción de jornada para cuidar a un hermano

pensión alimenticia

La Justicia condena en costas a un hombre por «temerario» al recurrir la pensión de 1.200 € a su exesposa enferma tras 40 años de matrimonio

Reconstrucción de accidente

Sin casco y con culpa compartida: el Supremo fija en el 50% la responsabilidad de una motorista fallecida en Lorca