Montserrat Junyent (CGCOAPI): ‘La tolerancia ha dado pie al auge de la okupación ilegal de viviendas’
La responsable del área de Asesoría Jurídica del Consejo General de los COAPI de España se ha pronunciado así en el I Congreso de ocupación ilegal, celebrado la semana pasada en Málaga, que organizó la Abogacía de Málaga, el Colegio de la Abogacía de Barcelona y el de Mataró.

Montserrat Junyent (CGCOAPI): ‘La tolerancia ha dado pie al auge de la okupación ilegal de viviendas’

Destaca que las políticas y leyes impulsadas desde la Administración "dieron amparo a la 'okupación' al dar un alto nivel de protección a los 'okupas' basándose en la supuesta vulnerabilidad de exclusión social de algunos colectivos”
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25/5/2022 02:00
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Actualizado: 25/5/2022 02:05
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Montserrat Junyent, responsable del área de asesoría jurídica del Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (CGCOAPI) de España, destaca el efecto negativo que ha tenido la tolerancia a la hora de legislar sobre vivienda en España, la cual ha dado pie al auge de la okupación ilegal de viviendas al amparo de la supuesta vulnerabilidad de algunos colectivos”.

Esta experta indica que las políticas y leyes impulsadas desde la Administración “dieron amparo a la ‘okupación’ al dar un alto nivel de protección a los ‘okupas’ basándose en la supuesta vulnerabilidad de exclusión social de algunos colectivos”.

Así lo ha puesto de manifiesto en el I Congreso de ocupación ilegal, celebrado el pasado jueves y viernes en Málaga. Organizado por la Abogacía de Málaga, el Colegio de la Abogacía de Barcelona y el de Mataró, contó con la colaboración del Consejo General de COAPI, que representa a 46 colegios y a unos 10.000 agentes y preside Gerard Duelo -también presidente del COAPI de Barcelona-, y el colectivo API en Cataluña.

Una de las conclusiones alcanzadas en este congreso es que los vaivenes jurídicos registrados en los últimos años en materia de ‘okupación’ de viviendas, tanto públicas como del ámbito privado, no ayudan a determinar un marco legislativo «claro y estable» que prevenga de manera definitiva esta tendencia que vulnera un derecho tan importante como es el de la propiedad privada.

En las jornadas participaron expertos de distintos ámbitos que han analizado el fenómeno de la ‘okupación’ de viviendas desde las perspectivas legal, política, social, económica y de seguridad. Además de la ministra de Justicia, Pilar Llop, el acto contó con la presencia del presidente de la Diputación de Málaga, Francisco Salado; el alcalde de la capital, Francisco de la Torre; y la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Victoria Ortega.

Jueces, fiscales y abogados coinciden en que hay que reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para terminar con la ocupación de viviendas, como propuso en 2018 el magistrado del Tribunal Supremo Vicente Magro Servet, que fue uno de los ponentes del congreso y que en su intervención señaló que es preciso fijar criterios de actuación y definir las pautas de lo que tienen que hacer todos los operadores que intervienen en esta práctica. 

Junyent participó en la mesa redonda ‘Ocupación de vivienda pública’, presentada por Federico Fernández Rodríguez, decano del Colegio de Abogados de Jerez y presidente del Consejo Andaluz, y moderada por Juan Jesús Bernal Ortiz, director provincial de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) en Málaga. Como ponentes también intervinieron José María López Cerezo, gerente del Instituto Municipal de la vivienda de Málaga y Nuria Moreno Romero, teniente de alcalde de Mataró.

La responsable del área de Asesoría Jurídica del Consejo General de los COAPI de España explicó que en el ámbito catalán, el Decreto-ley 1/2015, de 24 de marzo, de medidas extraordinarias y urgentes para la movilización de las viviendas provenientes de procesos de ejecución hipotecaria, incorpora una disposición adicional 24 a la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, que “supuso dar amparo a la ‘okupación’ al dar un alto nivel de protección a los ‘okupas’”.

Además, indicó que en la Ley 24/2015, del 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética en Cataluña, se especifica que, en situaciones de emergencia social de las personas en riesgo de exclusión residencial, el alojamiento de estas personas se podría efectuar con «carácter provisional», pero no se podía regularizar la ‘okupación’ perjudicando los derechos de otras personas sobre esa vivienda ocupada por haber seguido los cauces adecuados para tener derecho a una vivienda social, si esa vivienda es patrimonio de la Generalidad, en el caso catalán.

Atendiendo a esta problemática, en el ámbito estatal, tal y como indicó Junyent, la ley 5/2018, de 11 de junio, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento “amplió la legitimación a las Administraciones Públicas para instar el procedimiento de ‘desahucio exprés’ y poder corregir esta tendencia peligrosamente benevolente con la ocupación ilegal” al añadirse un párrafo al artículo 250.1.4 que dice así:

«Aquellas personas que pretendan la tutela sumaria de la tenencia o de la posesión de una cosa o derecho por quien haya sido despojado de ellas o perturbado en su disfrute podrán pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella, siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento, la persona física que sea propietaria o poseedora legítima por otro título, las entidades sin ánimo de lucro con derecho a poseerla y las entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social».

En este sentido, los profesionales del poder jurídico siguen lamentando que la jurisprudencia actual todavía no es capaz de acabar de forma rápida y eficaz con una tendencia al alza como es la ocupación ilegal de viviendas que pisotea el derecho a la propiedad privada y no es solución alguna al problema de acceso a la vivienda.

En el congreso se celebraron ocho mesas redondas, en las que participaron profesionales de diversas áreas, como magistrados, abogados, fiscales, alcaldes, representantes de las Fuerzas de Seguridad, de colegios profesionales, así como la Confederación de Constructores, de Empresarios de Andalucía, la Asociación de Promotores de Cataluña o la Confederación de vecinos, entre otras entidades.

Este plantel de expertos abordó temas de actualidad como el derecho a la vivienda versus a la propiedad privada, comunidades de propietarios; actuaciones de los ayuntamientos, jurisdicción civil, supuestos prácticos, acciones penales, ocupaciones delincuenciales y mafiosas, medidas cautelares, impacto de la ocupación en la inversión, ocupación de vivienda pública o actuaciones tras la notitia criminis, entre otras cuestiones.

LAS CLAVES DE VICENTE MAGRO PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE LA ‘OKUPACIÓN’

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Vicente Magro ha propuesto unas medidas para solucionar el problema de la ‘okupación’, que ha detallado en Confilegal, como son la introducción en la LECrim de un artículo nuevo, el que llevaría como número el 544 sexies, «para que se pueda adoptar en cualquier caso de ocupación inmobiliaria, una medida cautelar urgente por parte del juez instructor para que en un plazo máximo de 72 horas se ordene la inmediata expulsión del ocupante, lo que evitaría los retrasos actuales que pueden llegar hasta año y medio en casos de usurpación de bienes inmuebles que no constituyan morada». 

También propone modificar la Ley de propiedad horizontal, ya que hoy en día las comunidades de propietarios no tienen legitimación para plantear la expulsión de un ocupante ilegal si el propietario no ha tenido conocimiento de la ocupación o está en el extranjero o ilocalizable.

Este magistrado destaca que «no se puede descargar en las espaldas de los propietarios de inmuebles el problema de la carencia de vivienda que existe y el evidente derecho a la vivienda que tienen algunos ciudadanos que carecen de ella». 

No obstante, señala que «debe ser la administración pública la que provea de vivienda social a las personas que con hijos menores no tienen donde habitar, evitándose que se tenga que recurrir a ‘okupación’ de viviendas que son propiedad de ciudadanos que tienen derecho a ocuparlas ellos, alquilarlas, o simplemente hacer lo que deseen con una vivienda que es de su propiedad». 

Por ello, la solución, según este magistrado, pasa por reformar la ley para proteger más el derecho de propiedad y adoptar medidas para dotar de vivienda a personas sin recursos económicos y necesidad que carecen de un lugar donde residir con su familia, y en muchos casos con hijos menores.

«Es importante contar también con la solidaridad de los vecinos en las comunidades de propietarios para que denuncien de forma inmediata los hechos de la ocupación ilegal y, además, otorgar legitimación a las comunidades de propietarios para que puedan denunciar ellas mismas los hechos de la ocupación al existir problemas a veces para localizar de forma urgente a los propietarios», manifiesta Vicente Magro.

Afirma que «con la legitimación a las comunidades se podría actuar de forma más urgente y rápida, sobre todo para solucionar los supuestos de la flagrancia cuando los ‘okupas’ entran inmediatamente en el inmueble y si son detectados por los vecinos puedan alertar a las Fuerzas de Seguridad de que se ha producido un fenómeno de ocupación».

«Y de esta manera, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden actuar ante la comisión de un delito flagrante que no exige la intervención de la orden judicial y permite actuar a la Policía mediante la expulsión al tratarse de flagrancia en la ocupación ilegal, lo que es importante a la hora de ser efectivos ante este drama que sufren muchos propietarios evitando retrasos innecesarios en la solución del problema», concluye.

VOX DEFIENDE AUMENTAR LAS PENAS PARA LOS ‘OKUPAS’ Y QUE LA POLICÍA PUEDA DESALOJAR DE FORMA PREVENTIVA

Recientemente, VOX también ha defendido en el Congreso de los Diputados aumentar las penas a ‘okupas’ y que la Policía pueda desalojar de forma preventiva. En concreto, la formación liderada por Santiago Abascal solicita modificar el artículo 245 del Código Penal para «agravar las penas a los delitos de usurpación de inmuebles, ofrecer mejores herramientas a los agentes y ampliar la protección de los legítimos titulares de derechos reales».

En su propósito de «sancionar con más dureza» la ‘okupación’, propone penas de prisión de uno a tres años para quienes accedan ilegalmente a una vivienda, de dos a cuatro años si se trata de la vivienda habitual de los propietarios, y condenas de cuatro a seis años para quienes lo hagan además con violencia o intimidación. Pero el Congreso rechazó esta iniciativa con la mayoría parlamentaria que apoya al Gobierno.

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