La AN cita al Estado como responsable civil subsidiario de los delitos de Villarejo cometidos en activo
Villarejo con el edificio de la jurisdicción penal de la Audiencia Nacional, de fondo, donde se están instruyendo las causas abiertas contra su persona. Foto: EP.

Villarejo recusa otra vez a los tres magistrados que lo están juzgando invocando la llamada «doctrina Otegui»

19 / 06 / 2022 06:47

El comisario jubilado José Manuel Villarejo ha formulado un nuevo incidente de recusación contra los tres magistrados que le juzgan por sus negocios privados. Considera que de los comentarios vertidos por la presidenta del tribunal, Ángela Murillo, en la última sesión, se puede deducir que cabe deducir que está plenamente convencida de su culpa.

Por ello, ha invocado la ‘doctrina Otegi’, que llevó a repetir un juicio contra el coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi.

En un escrito del pasado viernes, al que ha tenido acceso Europa Press, Villarejo recusa a Murillo y a sus compañeros de tribunal, Fermín Echarri y Carmen Paloma González.

Alega que han perdido la imparcialidad exigida para juzgar los proyectos ‘Iron’, ‘Land’ y ‘Pintor’, tres de los muchos trabajos de espionaje que el comisario habría hecho con su grupo empresarial, CENYT, para particulares valiéndose de los medios policiales a su alcance.

Villarejo refiere la sesión del 9 de junio en la que se produjo una discusión sobre si era necesario reproducir íntegramente dos conversaciones grabadas por Villarejo. En las mismas se aludiría a ‘Pintor’, un encargo que habría consistido en que el comisario investigara al empresario Mateo Martín Navarro y a su abogado, el exmagistrado Javier Urquía, para resolver a favor de los hermanos Juan y Fernando Muñoz Támara un conflicto que tenían por el pago de una deuda fiscal.

El fiscal anticorrupción Miguel Serrano se opuso a que se escucharan las conversaciones completas, argumentando que «solo unos pasajes limitados de ambos audios tenían relación con la pieza 6» (‘Pintor’), mientras que «el resto de la amplísima conversación versaba sobre cuestiones estrictamente privadas», advirtiendo asimismo de que estaba plagada de «groseros comentarios».

El abogado del policía retirado, Antonio José García Cabrera, insistió en que se reprodujeran aunque fuera «a puerta cerrada», aduciendo que «esta defensa tiene derecho a conocer en qué términos se expresó el señor Villarejo» en las citadas conversaciones.

Al recordó que «si él hubiera podido tener copia de ese material, hubiera podido seleccionar los pasajes», pero «no se le ha dado».

El fiscal replicó que el principal acusado podía hacer esa criba igualmente porque «Villarejo sabe perfectamente (lo que hay), porque grabó el contenido de ese audio, y nos debería y nos podría señalar cuál es el contenido no incriminatorio o exculpatorio que tiene».

«Su cliente, efectivamente, como dice el Ministerio Fiscal, conoce perfectamente lo que dice esos vídeos porque los ha grabado él (…). Sabe lo que se grabó porque lo grabó él», dijo Murillo zanjando el asunto.

Villarejo defiende que esos archivos de audio son «meras copias digitales» cuya autenticidad e integridad cuestiona porque asevera que habrían sido grabadas de forma remota por el CNI, al que junto a la Unidad de Asuntos Interno atribuye haber fabricado esta macrocausa en su contra por una venganza personal.

DENUNCIA QUE ANTICIPÓ PARTE DE LA SENTENCIA

Por ello, cree que el tribunal, mediante este comentario de Murillo, anticipó el pronunciamiento sobre cuestiones que son objeto de este juicio y que deberían resolverse en la sentencia.

«En función a tales grabaciones va a justificarse su condena, que ya se anticipa notoriamente, no solo por las expresiones objetivamente utilizadas por la presidenta del tribunal, sino por la forma de expresarlas, que denota una convicción plena de la culpabilidad del acusado, cuando aún no ha terminado la fase de práctica de la prueba», afirma.

Para la defensa del comisario, cabe aplicar la doctrina por la que el Tribunal Supremo (TS) anuló la sentencia dictada en marzo de 2010 por un tribunal de la Audiencia Nacional presidido también por Murillo que condenó a Otegi a dos años de cárcel e inhabilitación absoluta durante 16 años por un delito de enaltecimiento del terrorismo por participar en un homenaje al etarra José María Sagarduy.

Villarejo recuerda que dicho juicio fue anulado porque Murillo «se dirigió al acusado preguntándole si condenaba la violencia de ETA y, al responder que no contestaría a esa pregunta, la magistrada comentó, de malas formas: ‘Ya sabía yo que no me iba a contestar a esta pregunta’; a lo que el acusado respondió: ‘Y yo que iba a hacerla'».

«UN PREJUICIO» CONTRA VILLAREJO

Recuerda asimismo que el TS determinó que «existían razones objetivas para poder sostener que en ese momento la presidenta del tribunal y ponente de la sentencia estaba expresando un prejuicio en contra del acusado acerca de cuál era el sentido que debía otorgarse a las frases y expresiones que se le atribuían y al valor que podía reconocerse a sus explicaciones, y, por lo tanto, que exteriorizaba un prejuicio acerca de la culpabilidad (…) antes de que el juicio llegara a su fin».

El comisario reivindica que «es plenamente de aplicación para la resolución de este incidente (de recusación) la doctrina legal allí establecida», enfatizando que «aquellas expresiones allí proferidas eran objetivamente mucho menos lesivas para el derecho a un tribunal imparcial y a un juicio justo» que las formuladas por Murillo el 9 de junio.

No es la primera vez que Villarejo, que se enfrenta a 109 años de cárcel por estas tres piezas separadas –de las más de 30 que componen ‘Tándem’–, intenta apartar a los magistrados de este tribunal, aunque sin éxito. En un último movimiento, también ha formulado recusación contra el instructor de la macrocausa, Manuel García Castellón, al estimar que dio un trato de favor al denunciante del caso, el empresario Francisco Menéndez, durante las declaraciones del 2 de junio.

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